A continuación proporciono a usted, liga de acceso al documento «Régimen de Jubilaciones y Pensiones» válido para trabajadores que prestan sus servicios al Instituto Mexicano del Seguro Social.
IMSS Régimen de Jubilaciones y Pensiones
En caso de duda o alguna aclaración, nuestra sugerencia es que consulte primero con su Sindicato; nadie mejor que él para interpretar de la forma más correcta y precisa dicho ordenamiento; no obstante, nos tiene de sus apreciables órdenes.
Mi Retiro y Pensión crece en opciones de servicio para usted.
A partir de esta fecha, es posible atenderle en forma personal, en cualquier parte del mundo, de la siguiente manera:
En Mérida, Yuc., previa cita, marcando únicamente en el siguiente horario: Lunes a viernes, de 18:30 a 19:30 hrs., y Sábados, de 9:00 a 14:00 hrs., teléfono: 999 113 0131
Nota: no se proporcionan consultas por teléfono.
Para el interior del país y resto del mundo, la atención en forma personal se proporciona a través de Skype o Hangout, previa solicitud de cita y envío de una descripción resumida de su caso a [email protected].
Recibido y analizado los detalles de su consulta, recibirá instrucciones para el procedimiento de atención.
Disponible factura válida para efectos fiscales.
me pensioné en marzo de este año (2014) con 1432 semanas reconocidas por cesantia y vejez, afores XX1 no me dió completo lo que me correspondia ejemplo: se quedo una cantidad de $ 12,659.84 que correspondia a aportaciones al ISSTE, aunque me pensione con el IMSS trabaje para ambas, y del imss quedó una cantidad de $ 121,827.31 que en afores se contradicen y no me dan ninguna explicacion clara. Lic. puedes hacer algo al respecto.
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Necesito analizar documentos; si requiere asistencia o asesoría escriba a [email protected]
Tengo una hija de 22 años de edad cuando tenia 2 meses de edad sufrimos. Un accidente y quedó con discapacidad y apenas nos enteramos que podría pensionarse es posible hacerlo después de tanto tiempo
De requerir asesoria complementaria puede escribir a [email protected]
Hola Lic. Jaime,
Estoy por pensionarme por enfermedad general, tengo un crédito hipotecario con un banco con apoyo infonavit, me comentan en la STPS que mi credíto quedaría finiquitado por la pensión, pero en el banco me comentan, que no tiene nada que ver lo de la pensión; quien tiene la razón?; donde puedo encotrar información al respecto
En proceso de atención via consultorio
BUENOS DIAS SEÑOR ME PUEDE AYUDAR TENGO UNA DUDA ENORME MIRE LO QUE PASA ES QUE MI PAPA FALLECIÓ YA HACE ALGUNOS AÑOS LE DEJO LA PENSIÓN A MI MAMA PERO ELLA TIENE TRES MESES DE FALLECIDA MI DUDA ES COMO LE PUEDO HACER ACERCA DE LA PENSIÓN QUE TENGO QUE HACES ALGUIEN LA PUEDE SEGUIR COBRANDO O SE DA POR TERMINADA LA PENSIÓN O A QUE PROCEDE ESTO LE AGRDECERIA SI ME PUEDE ASESORAR Y ACLARAR MI DUDA O SI TIENE ALGÚN NUMERO TELEFÓNICO PARA COMUNICARME CON USTED MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN SALUDOS
Si requiere de información y/o asesoría adicional puede obtenerla a través de:
ver
BUENOS DIAS SEÑOR ME PUEDE AYUDAR TENGO UNA DUDA ENORME MIRE LO QUE PASA ES QUE MI PAPA FALLECIÓ YA HACE ALGUNOS AÑOS LE DEJO LA PENSIÓN A MI MAMA PERO ELLA TIENE TRES MESES DE FALLECIDA MI DUDA ES COMO LE PUEDO HACER ACERCA DE LA PENSIÓN QUE TENGO QUE HACES ALGUIEN LA PUEDE SEGUIR COBRANDO O SE DA POR TERMINADA LA PENSIÓN O A QUE PROCEDE ESTO LE AGREDECERIA SI ME PUEDE ASESORAR Y ACLARAR MI DUDA O SI TIENE ALGÚN NUMERO TELEFÓNICO PARA COMUNICARME CON USTED MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN SALUDOS
Todo derecho se ha extinguido ya…
Si requiere de información y/o asesoría adicional puede obtenerla a través de:
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Buenos Días Abogado:
Derivado del fallecimiento de mi madre iniciamos el trámite de pensión que ella venía recibiendo por parte del IMSS (Toda vez que ella tenía 20 años como jubilada por ser trabajadora del propio Instituto) hacia su beneficiario que es mi papa
Al iniciar los trámites ante el IMSS nos comentaron que mi Papa no tiene derecho al traslado de esa pensión y nos urgieron en dar el aviso de fallecimiento para realizar la suspensión del pago de esa pensión…por lo cual nos desistamos de hacer trámite alguno hasta no saber con exactitud lo que conviene hacer.
Al consultar los requisitos en el propio sitio del IMSS http://www.imss.gob.mx/tramites/imss01003 veo que esta SI considera el derecho a esa pensión hasta en un 90% de lo que mi madre venía percibiendo mensualmente refiere a que:
LA SOLICITUD DE PENSION POR VIUDEZ SE OTORGA.-Tratándose del Régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, aplica solamente si el viudo(a) o concubina(rio) se encuentra totalmente incapacitad
Lo que quiero saber es a que tiene derecho mi papa como su esposo y que podríamos hacer para que el siguiera cobrando el monto de esa pensión
Gracias por su asesoría
A su mama no le aplica la Ley del Seguro Social por estar regida su jubilación por el Régimen de Jubilaciones y Pensiones (plan privado del IMSS).
Si desea detalles complementarios escriba a mi consultorio ubicado en [email protected]
Hola Licenciado Gutiérrez…
Disculpe que distraiga su atención.
Mi caso es el siguiente:
Trabajé cotizando al IMSS durante 20 años y en el ISSSTE 5 años.
Trabajé últimamente en 2012 durante 1 año 3 meses.
Entré en Octubre de 2012 a la modalidad 40 y dejé de cotizar en Febrero de 2014 en ésta modalidad.
Mi pregunta es, ¿Qué es lo más conveniente para mi caso en cuanto a cómo debo hacer mis trámites para obtener la pensión más alta posible?.
Gracias y quedo en espera de sus comentarios.
Necesito datos adicionales puede escriba a mi consultorio ubicado en [email protected].
Mi padre fué medico en el IMSS, al jubilarse y recibir su pensión ¿Le dan aguinaldo y cuanto es el aguinaldo que se le dá?
Se le dara con apego al Regimen de Jubilaciones y Pensiones
BUENAS NOCHES: Disculpe yo necesito que me asesore con lo siguiente
mi esposo fallecio tenia las semanas cotizadas y dejo mucho tiempo de trabajar cotizando al seguro y volvio a cotizar 4 meses y fallecio al preguntar que si tenia derecho a pension por viudez me dijeron que si y empeze con los tramites y al solicitar la pension m e la negaron ,y un abogado me dijo que si tengo probalilidad que me la den por los derechos humanos deseo que me informe si procede o no la pension mucho le agradecere gracias
Con todo respeto, el colega está en un error, si al fallecer su esposo no estaba vigente en derechos, la pension no le corresponde; sin embargo, para poder precisar mas mi opinion necesitaría de mas datos y analizar documentos; mi consultorio es [email protected]
tengo 51 años y 30 años cotizando para el imss,tengo 10 años con diabetes,lo mas probable es que me desocupen en mi trabajo por la dificil situacion de la empresa,tengo buen salario y no creo que me ocupen con mi enfermedad y mi edad y quisiera seguir conservando mis derechos,segun lei en alguna parte por cada 4 años trabajados,tienes derecho a 1 de gracia,entonces segun yo podria conservar mis derechos y solo esperar la edad de pensionarme,es correcto esto o que es lo que podria pasar.
Sugiero leer ver
actual mente tengo 52 años llevo cotizando 29 años al seguro social acabo de quedarme sin empleo mi pregunta es la siguiente puedo pencionarme a esta edad por el tiempo de semanas cotisadas y con que ley gracias por su atención.
Puede hacerlo conforme a la Ley 1997 pero es muy seguro el ahorro acumulado en su cuenta individual se insuficiente para la compra de los seguros de rentas vitalicias y de sobrevivencia; si tiene mas de $5 millones puede acercarse al IMSS y solicitar una pensión en la modalidad de Retiro Anticipado.
DISCULPE MI TORPEZA NO SE SI MI COMENTARIO ANTERIOR LLEGO LIC. GUTIERREZ TENGO MIEDO COMO L E COMENTO ME JUBILE POR AÑOS DE SERVICIO EN EL IMSS YA CUMPLO 7 AÑOS DE JUBILADA PERO NECESITO TRABAJAR PUES TENGO 2 HIJOS EN FAC. Y NO TENGO OTRO SALARIO MAS QUE MI PENSION MI MIEDO ES SI TRABAJO EN UNA FABRICA DONDE TENGA SEGURO ME AFECTA EN MI PENSION GRACIAS POR SU ATENCION Y MUY BUENAS NOCHES.
Supongo se jubiló por edad y años de servicio del IMSS; nada le impide tener un nuevo trabajo aun y cuando sea dado de alta para cotizar al IMSS.
Abogado, aporte al imss 1050 semanas de 1970 hasta 1993 sin volver a hacer ninguna aportación. comencé a laborar para el issste en 1996 y en este año 2014 me pensionare con 19 años de servicio y 60 años de edad. me podría asesorar, para pedir pensión x parte del imss, yo pensaba reactivarme, pero por lo que he estado leyendo tal parece que no me toca nada, pues fue en el tiempo en que se quito a la moneda 3 ceros y mi ultimo sueldo fue de 31,900.00 pero sin los 3 ceros no queda nada. Y no se si me convenga reactivarme? x favor podría darme su opinión, o tal vez alcance la pensión segura del salario mínimo, y que pasaría con mi afore la tengo en Banorte, pero la tengo unificada imss con isssste. Muchas gracias
Requiero de datos adicionales para poder determinar el alcance de sus derechos pensionarios con el IMSS e Issste y asi asesorarle muy a detalle, adecuadamente; envie su pregunta a [email protected]
Licenciado, éste 31 de diciembre pensaba renunciar en mi empresa para tramitar mi pensión de cesan5ía, pero me dicen que el 5 de enero entra una reforma para las pensiones, me dicen que desaparecen las pensiones, usted puede sacarme de la duda? Le agradezco su atención, la verdad no sé si me convenga renunciar en mi empresa. Gracias
Nada de eso va a ocurrir, hasta donde se sabe… cuídese de falsos amigos y de personas mal informadas e intencionadas…
Hola, buen día, me gusto su página y quiero saber si usted me puede apoyar en relación con la jubilación de mi esposo, el se jubilo por el IMSS, de hecho tuvo dos jubilaciones en la UABJO el 20 de mayo de 2004 y gobierno del estado de Oaxaca el 16 de julio de 2014, pero aun no cumplía los 60 años, los cumplirá el próximo mes de enero, queremos saber el trámite para retirar su afore, ya que cuando se retiró se dio de baja en el IMSS.
Tiene algún número telefónico donde pueda contactarlo, me urge ya que el 16 de enero cumplirá 60 años, y como requisito piden que este dado de alta en el imss
Este es mi correo o whatsap 0449515694595
Muchas gracias por su atención, que Dios lo bendiga.
Espero su respuesta.
Con gusto puedo orientarle en el caso que nos ocupa; por favor, reenvíe su pregunta a [email protected]
nazi 1955 cotizo desde 1975 no e dejado de cotizar gano 8400 libres cuanto me corresponde de jubilación
Para una valoracion del monto de su pension puede contactarme al consultorio ubicado en [email protected], requerire de datos adicionales
Tengo una hija de 22 años de edad cuando tenia 2 meses de edad sufrimos. Un accidente y quedó con discapacidad y apenas nos enteramos que podría pensionarse es posible hacerlo después de tanto tiempo
Su hija directamente no tiene derecho a pension, pues no es trabajadora; dependiendo de las consecuencias del accidente (que nos las refiere), pudiera derivarse algun derecho a la atencion medica e incluso pension por orfandad, de cumplirse los requisitos legales.
De requerir asesoria complementaria puede escribir a [email protected]
Lic. Gutiérrez, mi papá tiene 61 años de edad y 27 años de laborar en su trabajo, pero le piden que redacte su renuncia para que le puedan dar de baja ante el imss y así tramite su pensión. Mi pregunta es ¿Es necesaria la renuncia para que lo den de baja ante el imss? ¿no perderia derechos en su trabajo por la renuncia voluntaria?
Le agradezco la atención.
La Ley establece que para tramitar pensioin se requiere no estar inscrito en el régimen obligatorio del IMSS; considero que necesitan una asesoría mas personalizada y amplia; me pongo de sus órdenes en mi consultorio ubicado en [email protected]; leer
ver
Una pregunta, mi mamá esta trabajando como comisionista de caseta telefónica de telmex desde hace más de 30 años. Algunas personas nos comentan que tenemos derecho a un tipo de liquidación o pensión. No se si me podría disipar esta duda.
Para asesoria necesito analizar documentos y mas datos; si lo estima conveniente, puede contactarme al email inciado en el siguiente articulo: ver
buenas noches licenciado
en el diciembre de 2013 sufri un accidente de trabajo estuve incapacitado por nueve meses por RT y tomaron la desicion de pensionarme por invalidez parcial permanente definitiva sin esperar el tiempo necesario para mi recuperacion me dictaminaron con el 70% hasta el momento no he firmado nada en dnd acepto la pension solo dnd me entrgan el dictamen autorizado para la pension tengo poco tiempo laborando en el imss y por lo consiguiente mi cuenta individual hasta el momento es de 226mil y a lo que he leido por internet si me pagan la pension sera en base a mi cuenta individual la cual es muy poca si se termina el recurso ya no percibire nada, es esto verdad? me gustaria saber si puedo declinar la desicion de la pension y pedir reubicacion antes de que empiecen a pagarme pension, pues no me gustaria que el dia de mañana que se acabe el recurso de mi cuenta de afore volver a batalar y buscar nuevamente trabajo ya que se dice que puedo seguir laborando en un futuro que me sienta recuperado, ademas quiero saber si infonavit cancela mi cuenta pendiente por este tipo de pension de riesgo de trabajo o debo continuar pagando, gracias espero me pueda ayudar
La pension que le dictamino el IMSS es una incapacidad permanente parcial no de invalidez, y si el Instituto asi lo hizo es porque de acuerdo a sus protocolos, asi procede; los riesgos de trabajo no se pagan de acuerdo al saldo de la cuenta individual, se pagan de acuerdo al salario registrado en el IMSS; acepte la pension que le dan.
Para asesoria complemnetaria necesitaria analizar documentos; si lo estima conveniente, puede contactarme al email inciado en el siguiente articulo: ver
Tengo 54 años y cotizando ante el IMSS desde 1976, solo deje de cotizar un año. Actualmente en mi trabajo existe el riesgo de quedarme sin empleo. Me podría indicar que debo hacer para conservar mis derechos para obtener mi pension. He leido que al cumplir los 55 años, puedo dejar de aportar los siguientes 5 hasta cumplir los 60 ? Agradezco de antemano sus comentarios.
Puede seguir laborando para otro patrón o bien, apegarse a la Continuación Voluntaria; leer
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Para contactarme y recibir asesoría complementaria leer:
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Lic. yo comence a trabajar en el imss hace 2 años,quisiera saber si cuando me jubile por sesantia por que tengo 42 años voy a quedar pensionado con el mismo sueldo como si estuviera trabajando,osea como los que ya se jubilaron con anterioridad ,agradesco su atencion y su informacion gracias.
Todo depende de lo que para el efecto le establezca el RJP; ver artículo en liga siguiente
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Lic. A mi hermana le faltan menos de dos años para solicitar su pension por cesantía y vejez, pero enfermo y al parecer le quieren dar una incapacidad definitiva, el formato del trámite es St-4 inicial definitiva. (IMSS). una asesora de afores le dijo que es mejor que la empresa la de de bajá y ella pague por su cuenta las aportaciones al imss para cuándo cumpla los 60 años trámite su pension por cesantía y vejez.
Esto será lo más conveniente? Ella tiene laborando 40 años sin interrupción.
Agradezco su atención.
Es una opción pero quedará sin atención médica del IMSS; para recibir atención médica pude contratar un seguro de salud; leer
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Para asesoría complementaria puede escribir al email indicado en el artículo siguiente.
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buenas tarde licenciado.
quisiera me sacara de unas dudas q tengo.
en junio de 2014 sufri un accidente de trabajo me operaron de la columna tengo 2 placas a nivel lumbar en salud en el trabajo de mi clinica me informaron q por el num.de días q llevo incapacitado(186 días) era necesario la valoración para incapacidad permanente parcial (por secuelas) me indico el medico q según la tabla de porcentaje de la ley federal del trabajo seria del 40% esta modalidad es por 2 años.
en el momento q yo decida regresar a trabajar antes de los 2 años. esto no me afecta para pensionarme a los 60 años ya q tengo 55 años
por otra parte con cual salario me deben pagar el 40% ya que las incapacidades q me pagaron fueron con un salario x y en el ultimo estado de cuenta de mi afore tengo reportado uno nuevo reportado durante mi incapacidad.
por su atención gracias.
Mientras esté pensionado no puede trabajar y/o de hacerlo debe tener las precauciones que marca la ley; de ser dado de alta pude seguir trabajando y cotizando para acumular semanas; al cumplir la edad de retiro y cumplir con los requisitos podrá cambiar la pensión si la nueva le resulta mas conveniente.
Para asesoría complementaria puede contactarme al email indicado en la liga siguiente:
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Buen dìa, cotizo actualmente al issste, tengo 7 años laborando, tengo un mes que me dializaron por lo que no creo poder volver a laborar en el mismo lugar (SSP) por razones obvias, què debo hacer para pensionarme, a donde me puedo dirijir? Yo vivo en Ecatepec edomex, gracias y reciba un cordial saludo
SOLO EL INSTITUTO PUEDE DETERMINAR LA PROCEDENCIA DE UNA PENSION DE INVALIDEZ; PLATIQUE CON SU MEDICO FAMILIAR Y QUE LO DERIVEN A SALUD EN EL TRABAJO
Mi hija es trabajadora eventual del IMSS, ella tiene 5 años seis meses de vivir en concubinato, su concubino también trabajador pero ya de planta del IMSS falleció en un accidente vehícular a los 20 minutos de haber salido de trabajar del IMSS, mi duda es, mi hija puede pedir pensión por viudez siendo trabajadora y mas aun del IMSS?, lo que se es que mi yerno tenia mas de siete años trabajando para el IMSS, no tenían hijos, los padres de mi yerno son pensionados. puede pedir esta prestación mi hija? Agradeceré su respuesta.
Es probable que si, sin embargo es necesario revisar el RJP del IMSS; se lo adjunto
ver
Para asesoría y consulta escriba al email indicado en el siguiente artículo:
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