IMSS Pensión de Viudez

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viudaComo bien le hemos comentado en artículos anteriores, una pensión es la retribución económica que recibe el trabajador o sus beneficiarios, cuando se han cumplido con los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social.

Los beneficiarios generan el derecho a una pensión de viudez, al cumplirse las condiciones previstas en los seguros de Invalidez y Vida, Riesgos de Trabajo y, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

En el seguro de Invalidez y Vida, el derecho a la pensión de viudez se adquiere si a la fecha de fallecimiento del trabajador, hubiere acumulado un mínimo de ciento cincuenta semanas de cotización tanto por Ley 1973 como por Ley 1997.

A su vez, en los seguros de Riesgos de Trabajo y de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, basta con el fallecimiento del trabajador, para adquirirse el derecho.

Al ocurrir el fallecimiento del trabajador, y cubiertos los requisitos que en su caso procedan, el Instituto queda obligado al pago de las pensiones de viudez, orfandad o de ascendientes, que en su caso correspondan.

Los padres del trabajador fallecido, o del pensionado, solo adquieren el derecho a recibir el beneficio de una pensión, en caso de no existir viuda o viudo, concubina o concubinario, e hijos hasta dieciséis años, por razón de estudios, hasta los veinticinco.

La pensión de viudez se pagará de por vida, al acreditarse ante el Instituto el fallecimiento del trabajador, la existencia del matrimonio civil o concubinato, la dependencia económica, las semanas de cotización requeridas y, cuando así aplique, encontrarse dentro del periodo de conservación de derechos.

El derecho se conserva, mientras no se contraiga nuevas nupcias, se entre en concubinato, o se fallezca.

Para tramitar la pensión se requiere presentar del asegurado: credencial ADIMSS o documento que contenga NSS; estado de cuenta Afore, reciente; CURP; y copia certificada del acta de defunción.

Del viudo(a) se presentará: identificación oficial con fotografía y firma; CURP; comprobante de domicilio reciente; copia certificada del acta de matrimonio o Constancia Testimonial expedida por autoridad judicial competente (juez de lo familiar o de la JFCA), que compruebe el concubinato; más Constancia Testimonial que acredite la dependencia económica.

Para iniciar el trámite, es necesario presentar la documentación completa y correcta.

El trámite se hace en forma personal, en el área de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar que le corresponda, días hábiles, de 8:00 a 15:00 hrs., la resolución se emite en veintiún días naturales, para el régimen ´73; y treinta, para el régimen ´97; se deberá pasar comprobación de supervivencia, cada seis meses.

Si el trabajador fallecido cotizó, tanto en el régimen actual como en el anterior, el beneficiario podrá elegir que el IMSS o una Aseguradora, le pague la pensión; pero, si ésta se deriva del fallecimiento de un pensionado, la pensión se continuará pagando por el régimen ya elegido.

De obtenerse la pensión por la Ley ´73, se tendrá derecho a recibir los recursos del SAR 92, Retiro y Vivienda 97; si es por Ley ´97, solo SAR 92.

Si después de leer el artículo requiere contactarnos para dudas e inquietudes adicionales, encontrará más detalles en la siguiente liga:

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145 COMENTARIOS

  1. buenas tardes soy pensionado del imss y recibo 26000 mensuales mi esposa trabajo de 1968 a 1978 por lo tanto tiene aprox las 500 semanas cotizadas para derecho de pension en el régimen de 1973 la di de alta para recuperar sus derechos y tramitarle su pension el próximo ano ya que exigen 52 semanas cotizadas en los últimos 5 anos ella cumplirá 65 anos el próximo ano y recibiría una pension aproximada de 2700 mi duda es si por estar pensionda no tiene derecho a la pension de viudes?

  2. Mi esposo trabajó hasta 1989 y falleció en 1995. Empecé a tramitar la pensión
    por viudez hasta 2008, el IMSS reconoce 750 .
    Es posible conseguir un resultado favorable? y seguir intentando.

  3. Hola tengo una amiga, que le estoy apoyando el imss le nego la pension de viudez el tenia 826 semanas cotizadas desde el año de 1992 ya no trabajo y murio en el 2016. que puede hacer. gracias.

  4. Buenas tardes,
    Mi esposo falleció hace un mes por causas naturales, contaba con 59 años de edad,a la fecha cotizaba para el IMSS y tenia mas de 30 años haciéndolo. Mi pregunta es si tengo derecho a pensión por viudez , si es asi, que porcentaje me correspondería.

    Muchas gracias por su ayuda.

  5. BUENAS TARDES ,SIEMPRE HE SIDO AMA DE CASA PERO TRABAJE DEL 2003 AL 2008 PARA EL SEGURO SOCIAL, MI PREGUNTA ES, TRABAJANDO PUEDO TENER UNA MINIMA PENSION Y CUANTOS AÑOS NECESITO LABORAR..TENGO 44 AÑOS. GRACIAS POR SU ATENCION.

  6. Hola, mi abuelo falleció hace algunas semanas y mi abuela inicio el proceso de para poder continuar ella recibiendo la pensión pero antes de eso retiraron una cantidad con la que el contaba y al iniciar el tramite le pidieron que depositara esa cantidad que fue retirada de la cuenta diciendo que ese dinero ya no le pertenecía, mi duda es porque le retiraron un dinero que ya había sido depositado ya que este era el aguinaldo que se les da cada año y si no realizaba el deposito no podría iniciar el proceso de pensión

    Gracias.

    • HAY QUE ANALIZAR SI TODO LO QUE HABIA EN LA CUENTA DE SU ABUELO LE CORRESPONDE O NO AL IMSS
      Para una opinión precisa debemos revisar datos y documentos; puede escribir a nuestro consultorio a través del email de contacto contenido en el siguiente enlace:
      MAIL DE CONTACTO

  7. mi esposo cotizo ante el seguro social desde el 1989, dejo de trabajar desde del 2013. falleció en junio del 2017 es posible tramitar pension y ayuda de gastos funerales, me podrían ayudar y sacarme de dudas, tengo tres hijos dentro de los mismos tengo un menor de edad

  8. mi esposo cotizo ante el seguro social desde el 1989, dejo de trabajar desde del 2013. falleció en junio del 2017 es posible tramitar pension y ayuda de gastos funerales, me podrían ayudar y sacarme de dudas, tengo tres hijos dentro de los mismos tengo un menor de edad

  9. buenas noches , tengo una pregunta mi cuñado se murió ya estaba pensionado y estaba casado con mi hermana pero ella reside en estados unidos por su estado de salud , puede ella hacer el tramite de viudez desde alla ya que no puede viajar a mexico

  10. Hola yo cotizo actualmente en modalidad 40. Si llego a fallecer y no me he pensionado bajo esta modalidad. Mi esposa puede solicitar pensión por viudez?

  11. Mi mama después de dos años de viuda logró inscribir su pencion(por viudez )tiene derecho retroactivo por esos dos años sin pensión 😕

  12. Buenas noches ,disculpe yo tengo pensión por viudez y en unos meses contraere nupcias … Actualmente recibo 2000 al mes de pensión .. mi duda es ,el finiquito de pensión de cuánto sería y si en el solo se toma en cuenta la mensualidad normal o también se pagarían aguinaldos?

  13. Mi compadre tiene pensión de vejez(minima). Su esposa falleció y estaba pensionada por vejez al amparo de la ley de 1973. ¿Le corresponde cobrar pensión de viudez? Al parecer el 28 de marzo se publicó un acuerdo del Consejo Técnico en materia de pensiones.

  14. hola tengo 65 años y tengo 1850 cotizaciones en el imss si me pensiono por decir ahora y me caso en un año y muero después mi esposa recibiría la pension ?

  15. SI UN TRABAJADOR SE DA DE ALTA EN NOVIEMBRE DE 2015 Y FALLECE EN JUNIO 2018 TIENE DERECHO A RECIBIR ALGUNA PENSIÓN SU ESPOSA O CONCUBINA.

    • Necesito mas datos y analizar registros.
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      Avísele a conocidos y familiares; comparte también en tus muros y redes sociales y que todo México se entere.
      Expone: JG Melchor, Editor de Mi Retiro y Pensión
      Nota: Prepare tus preguntas únicamente sobre el tema a tratar; les daremos daremos respuestas.

  16. Hola buen día espero me pueda ayudar mi papa falleció el mes pasado y el día primero de agosto le tocaba su pensión mi mama no la retiro y ya hizo el tramite de pensión por viudez mi pregunta es si puede retirar lo que tiene depositado o tiene que esperar a que pase el tramite ???? Hay algún problema si ella saca ese dinero o hay que esperar a q le depositen en su cuenta ???

  17. Mr Bodn, ¿Cómo estás?…
    Consulta técnica; sí untrabajador se pensiona por M40, le descuentan lo del infonavit?…

    Otra más de favor; sí un trabajador lleva más de 10 años pensionado por RT, tiene 73 años de Edad y no utilizo su credito de vivienda; ¿Puede recuperaf lo del INFONAVIL?…

    • hola mi querido Albert, saludos cordiales; respuetas:

      1a.- pregunta confusa pues no hay pensiones por M-40
      Infonavit siempre se paga, excepto en caso de invalidez definitiva o incapacidad superior al 50%

      2a.- Periodo para solicitar devolucion de Infonavit = 10 años a partir de que se constituye el derecho; precluido este, los recursos pasan a ser patrimonio del Instituto

      Fuerte abrazo y el honorario por estas consultas es que te suscribas al canal de Mi Retiro y Pensión en youtube, jejeje… en serio, apoyame suscribiéndote, necesito reunir mil personas para que me dejen operar el canal

      Cuidate

  18. Mi concubino fallecio en un riesgo de trabajo hace y meses, no tenia las semanas cotizadas, tengo derecho a pension por viudez y mas o menos a cuanto ascenderia?

  19. Buenos días. Mi sobrino falleció en 2019 marzo. Su concubina ha andado moviéndose para cobrar la pensión. Es interesada y sólo quiere el.di ero por que ya anda con otra persona.

    Pero resulta que mi sobrino tenía otra concubina y ella necesita más el dinero. Se puede presentar también y que documentos necesita .

    En el caso a sabiendas que no se puede dar a las 2 concubinas.

    Que documentación necesita la segunda concubina para llevar para que la primera no reciba absolutamente nada. Muchas gracias

    • De haber 2 concubinas, a ninguna le darán pension
      Pension se tramita con acta de defunción y otros requisitos

      Nota importante: Vea y participe en los Videochat que en vivo transmite el Lic. JG Melchor, cada miércoles, al punto de las 21:00 hrs., por el canal de Mi Retiro y Pensión en YouTube; suscríbase gratis para que reciba aviso de todo material que publiquemos.

  20. BUENAS TARDES , TENGO UNA PENSION POR VIUDEZ , YA CUMPLI LOS REQUISITOS PARA PENSIONARME POR CESANTIA SOY LEY 73 .
    PREGUNTA: SI ME PENSIONO POR CESANTIA , ME QUITAN LA DE VIUDEZ ? SERIA TAN AMABLE DE FUNDAMENTAR LA RESPUESTA POR FAVOR , HE BUSCADO POR INTERNET Y SOLO ME CONFUNDO MAS .
    SALUDOS

  21. uenas tardes si mi concubino murio en febrero ya tramite la pension llevo todos los documentos el era pensionado nos dijeron que ya todo estaba bien que solo habia que esperar el deposito dijeron 20 dias solo que no se si son habiles o corrientes aprox canto tardan en depositar y depositaran los meses que no se la dieron o no?

  22. Buenas tardes disculpa tengo una dudas estoy penciona por viudez y orfandad por el regimen 97 tambien tengo derecho a aguinaldo ?… tambien qeria saber si a quien tengo de declarar la supervivencia ala seguradora que me esta pagando la pension o al imss?

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