IMSS e ISSSTE: Pensión Garantizada

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Es noviembre del año 2021; don Andrés y su esposa, doña Josefina, cumplieron 65 años de edad por lo que deciden pensionarse; Andrés siempre cotizó para el IMSS, mientras que Josefina, lo hizo para el ISSSTE.

Acuden al Instituto que a cada uno le corresponde, les efectúan el cálculo de su pensión y les dan la noticia de que en su cuenta individual, no tienen recursos suficientes para contratar una pensión en la modalidad de rentas vitalicias o de retiros programados.

Desconcertados preguntaron el porqué de ello y la respuesta fue muy sencilla: durante su vida laboral, sus percepciones fueron un tanto modestas y nunca efectuaron aportaciones voluntarias, aportaciones complementarias de retiro, ahorro solidario ni ahorro de largo plazo.

Angustiados preguntaron a quien les atendía ¿qué vamos a hacer ahora, qué opción tenemos después de trabajar tantos años y de qué vamos a vivir?

El joven que los atendía, les informó que su único derecho era el de recibir una Pensión Garantizada dado Andrés cotizó 1,250 semanas y Josefina, por su parte, 25 años. De inmediato preguntaron, ¿qué es una Pensión Garantizada y cuánto es lo que tenemos derecho a recibir?

La respuesta que recibieron fue: Pensión Garantizada es aquélla que el Estado asegura a quienes reúnan los requisitos en semanas (IMSS) o años de de cotización (ISSSTE), para obtener una pensión de cesantía en edad avanzada o vejez, siempre que en la cuenta individual del trabajador no existan recursos suficientes para contratar una renta vitalicia o un retiro programado, más la adquisición del seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios.

El monto mensual de la Pensión Garantizada para trabajadores que cotizan al IMSS, es de un salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, mientras que para trabajadores que cotizan al ISSSTE, es de $3,034.20, ésta última a valor del año 2007; ambas pensiones se actualizan en el mes de febrero de cada año, conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor, para garantizar el poder adquisitivo.

Para recibir la Pensión Garantizada, será necesario que el pensionado firme un Contrato de Administración de Fondos con una AFORE o con el PENSIONISSSTE, quienes abrirá una Cuenta de Pensión Garantizada para recibir en ella los recursos de la cuenta individual que el trabajador tiene, antes de pensionarse, y pagar con cargo a ellos, la Pensión Garantizada que corresponda, hasta el agotamiento de los recursos.

Al agotarse los recursos de la Cuenta de Pensión Garantizada, el IMSS o el Gobierno Federal continuarán pagando la pensión y, al fallecimiento del pensionado, sus beneficiarios recibirán la pensión por viudez, orfandad o ascendencia que en su caso les correspondan.

Mi Retiro y Pensión pone de sus apreciables órdenes, Guías IMSS para Trámite de Pensiones por Riesgos de Trabajo, Invalidez y Vida, y Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, entre otros productos y servicios; solicite informes al [email protected].

382 COMENTARIOS

  1. Buenos días.

    En 1998 empecé a cotizar en el imss, hasta 2009, y en ese mismo año (2009) hasta la fecha cotizo en el issste, en mi estado de cuenta de la afore me aparecen ambas cotizaciones.
    Mi pregunta es:

    Al momento de pensionarme, me van a contar el saldo de ambos? o que puedo hacer para que me den lo del imss?

    Gracias por la atención.

  2. Hola, trabaje en el ejercito durante 17 años y me di de baja, y actualmente trabajo en el gobierno federa tengo 64 años me puedo jubilar unificando los dos ?

  3. Pregunta La pensión mínima garantizada del IMSS entiendo que es un salario mínimo del D.F. jul 1997
    es decir $26.45 actualizada a IPC el dia de hoy según calculadora del INEG 206.75% esto es $54.68 esto es correcto? ya que el nuevo salario mínimo hoy es de $80.04 esto es una diferencia del 31.68% respecto al mínimo vigente

  4. mi pension de invalidez es en base al salario minimo, pero no me queda del todo claro el aumento de cada año, si mi pension me la dan en base al salario minimo del 2016 ya que en ese año se me dictamino la invalidez definifita. esto quiere decir que si el salario minimo subio del 2016 al 2017 $7, el monto de mi pension aumentara $7 x 30 aproximadamente $ 210 mas asignaciones familiares? o mi pension se queda con el salario minimo del año en que me pensionaron? no me queda del todo claro el incremento cada febrero? me podrias asesorar

  5. Buenos días, espero me puedan orientar, tengo 54 años de edad mi bono de pensión asciende en estos momentos a 455 mil pesos, me dicen que no podré alcanzar el mínimo requerido para mi pensión, es correcto? que puedo hacer?

  6. Buenas tardes, me podría ayudar brindandome orientación sobre mi caso, soy docente federal, elegí cuentas individuales, para el ISSSTE, tengo 33 años de servicio, así mismo tengo 650 semanas cotizadas de acuerdo a la ley 73 del IMSS, pero me enferme y me acaban de dar mi invalidez en el ISSSTE, la pregunta es si también me pueden dar pensión en el IMSS, mi edad es de 52 años, GRACIAS DE ANTEMANO

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