La atención médica a domicilio es un servicio que el IMSS proporciona a los derechohabientes que están imposibilitados, física o psíquicamente, para asistir a consulta externa cuando se necesite de atención médica y el asegurado no puedas asistir a su Unidad de Medicina Familiar (UMF); de ser este el caso, es posible solicitar que un Médico Familiar acuda a tu domicilio.
El trámite lo puede realizar un familiar, responsable o del derechohabiente que por su imposibilidad física o psíquicamente no puede acudir a la consulta de medicina familiar.
La petición de atención médica a domicilio se puede solicitar de manera:
1) Presencial:
Acudiendo a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que te corresponda, en días hábiles, de lunes a viernes, de 08:00 a 14:00 horas en unidades con turno matutino; y de 14:00 a 20:00 horas, en unidades con turno matutino y vespertino.
2) Vía telefónica:
Llamando al número telefónico de la UMF que te corresponde en días hábiles, de lunes a viernes, de 08:00 a 14:00 horas en unidades con turno matutino; y de 14:00 a 20:00 horas en unidades con turno matutino y vespertino.
De momento, el trámite no se puede realizar a través de medios electrónicos.
La consulta médica a domicilio es totalmente gratuita y aplica solo para derechohabientes IMSS, con vigencia de derechos.
Para solicitar la consulta médica a domicilio se necesita, en caso usar la opción telefónica:
- Nombre del paciente que recibirá la atención médica domiciliaria.
- Número de Seguridad Social.
- Consultorio y turno.
- Domicilio completo del paciente.
- Número telefónico.
- Nombre de quien solicita la atención médica domiciliaria.
Si la solicitud se hace de manera presencial, en la unidad médica de adscripción es necesario llevar:
- Cartilla Nacional de Salud (Carnet de Citas Médicas)
- Domicilio completo del paciente.
- Número telefónico.
- Identificación oficial vigente.
- Nombre de quien solicita la atención médica domiciliaria.
Es preciso presentar los documentos en original para verificar datos y requisitar la solicitud del servicio.
Al solicitar el servicio:
- Debes proporcionar el número de afiliación, nombre, domicilio del paciente con todas las referencias posibles y teléfono.
- El paciente debe estar vigente o dentro del periodo de conservación de derechos, al momento de solicitar la atención médica domiciliaria.
- La atención médica domiciliaria se realiza en aquellos casos en los que el paciente se encuentre imposibilitado para acudir a su UMF de adscripción para recibir atención médica.
- En caso de encontrarte fuera de la zona a la que pertenece el derechohabiente, será necesario solicitar la visita a la UMF más cercana.
- Recuerda que, como paciente o familiar, debes permitir el acceso del personal médico a tu domicilio para recibir los servicios de atención médica.
- El servicio de atención médica domiciliaria se te proporcionará por los médicos asignados a la UMF correspondiente.
El fundamento legal para otorgar y recibir el servicio es el siguiente:
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917, vigente.
- Ley General de Salud, nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984, vigente.
- Ley del Seguro Social, nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995, vigente.
- Reglamento Interior del Instituto mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial el 18 de septiembre de 2006, vigente.
- Procedimiento para otorgar atención médica en Unidades de Medicina Familiar 2640-003-002, vigente.
Para orientación y asesoría en vía de consulta puedes escribir a [email protected].
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