Hay que meter demanda…

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En materia del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), sucede que, en ocasiones, las cosas no son como nosotros pensamos, queremos o creemos que deben de ser.

Por ejemplo, cuando revisamos las semanas cotizadas que tenemos en el IMSS, al no coincidir con las que creemos que son y al acudir a investigar, la respuesta que nos dan, es descortés o no es la que quisiéramos escuchar, y nos causa una gran rabia que lo primero que pensamos es en “meter demanda”.

Cuando demandamos encolerizados, no razonamos ni en opciones ni en consecuencias pues estamos convencidos de tener la razón o porque somos o estamos siendo mal asesorados.

Si por alguna razón, en la Afore se traba un trámite, de nueva cuenta y por los mismos motivos ya mencionados, lo primero que pensamos es en “demandar”.

Lo mismo sucede con el Infonavit cuando no nos aparece el registro de aportaciones o creemos que “nos ponen trabas” en trámites o gestiones; de nueva cuenta, ponemos el coraje y la frustración por delante, y la reacción casi natural es en “demandar”.

Demandar en sí, no es malo y es además un derecho; sin embargo, demandar al IMSS, a la Afore o al Infonavit, a dos de ellos, o a los tres, es una decisión que traer consecuencias, a veces, graves.

Cuando usted demanda a alguno de los mencionados, por un asunto relacionado con el SAR o pensión, él o los demandados, deben de enterar a la Empresa Operadora de la Base de Datos del SAR, más conocida como Procesar, S. A. de C. V., para que ésta marque su cuenta individual, por un “proceso judicial”.

Las cuentas individuales que estén marcadas por un proceso judicial, o por un proceso operativo, o por cualquier otro motivo, no podrán retirarles esa marca, no al menos mientras el proceso judicial u operativo, no concluya.

Los proceso operativos pueden son cortos, aunque algunas veces se extienden en el tiempo, especialmente cuando se trata de separación de cuentas individuales.

En lo que refiere a procesos judiciales, normalmente estos llevan años en obtener una sentencia y al término del proceso, la parte demandada, aún tiene la prerrogativa del amparo con lo cual, el proceso puede alargarse varios años más de los que se pueda pensar; al término del proceso, muy probablemente la resolución que se emita, sea contraria a sus intereses.

Es por ello que si va a demandar al IMSS, a la Afore o al Infonavit, le invitamos a que mejor lo piense más de dos veces, que pondere perfectamente bien su caso antes de emprender cualquier acción, especialmente si es de índole judicial, y se asegure de que tiene “los pelos de la burra en la mano”.

Si no es así, a tomar las cosas con mayor calma y a tratar de entender por qué las cosas, no son como usted las quiere, o como se las presentan.

Pensarlo más de dos veces le evitará corajes innecesarios, pérdida de tiempo, dinero o verse inmerso en procesos, del que no tiene certeza de ganar; por ello dicen que los pleitos “ni ganados son buenos”.

Tome en cuenta un principio básico: los participantes del SAR, no pueden tomar decisiones apartadas del marco legal que los regula pues de hacerlo, sería un acto ilegal y entonces sí, que se cuiden ellos.

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57 COMENTARIOS

  1. Hola , mi Sar 92 IMSS lo puedo retirar antes de recibir mi pensión ? O es necesario tener ya mi pensión y ser mayor de 65 años ? Gracias por la respuesta de ante mano.

  2. Hola , mi Sar 92 IMSS lo puedo retirar antes de recibir mi pensión ? O es necesario tener ya mi pensión y ser mayor de 65 años ? Gracias por la respuesta de ante mano.
    Responder , olvíde añadir que actualmente tengo 45 años .

  3. Buenas noches

    Licenciado llevo 12 años con afore Banamex estoy despedido desde octubre del año pasado pedí mi ayuda y me dice mi afore que está en proceso operativo por un préstamo de Infonavit me dijeron que este llamando haber si mi cuenta aparece como 00 activo no se que es eso me puede orientar nunca he pedido la ayuda pero me traen vuelta y vuelta gracias

    • sUCUENTA ESTA MARCADA (AMARRADA) POR EL TRAMITE DEL CREDITO DE VIVIENDA
      SI NO LO HIZO USTED ES QUE TIENE UN HOMONIMO Y ESE VA A APROVECHAR TODO SU DINERO
      Excelente día
      Favor de enviar su consulta amplia y detalladamente descrita al email de [email protected] para con gusto le atienda el Lic. Jaime por ese medio
      Saluditos
      Lucy/Sal García asistentes

      Nuevo servicio:
      Orientación, asesoría y gestión de pensión en distintas ciudades del país (a distancia o con atención personal), sin que tenga que salir de casa y evite toda posibilidad de contagio Covid-19; atentos de su petición de información.

  4. Soy ley 97, me dice Banorte que tengo marca por proceso judicial. Acudí a las juntas de conciliación y arbitraje, ahí me dijeron que no tenía ninguna demanda en proceso. ¿Qué puedo hacer ahora?. Banorte dice que no puede hacer nada si no le entrego una resolución o un desistimiento de una demanda que no existe. ?

  5. Cómo puedo quitar una marca judicial en mi Afore ya que según me iban a devolver lo del sar pero ya no lo quiero y necesito cancelar esa demanda

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