¿En este caso, tengo derecho a pensión?

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Días atrás comentaba a ustedes el caso de lectores que nos expresaban su desagrado y desacuerdo con el sistema de pensiones, actual y anterior.

En esta ocasión me referiré al caso concreto de un amable lector de Milenio Novedades, quien nos contacta y expone su caso, caso que bien puede ser el de muchos otros trabajadores; esperamos que este artículo pueda serle de utilidad.

Nuestro lector es todo un caballero y de quien celebro haber tenido la oportunidad de conocerlo y platicar personalmente con él, de expresión muy fluida y amena, de carácter y decisiones firmes, con una claridad de mente increíble; mi admiración y respeto desde esta columna.

Su edad es de 68 años y desde 1996 no ha vuelto a cotizar al régimen obligatorio del IMSS en el que ha acumulado a la fecha, 741 semanas de cotización.

Recuerdo que su pregunta directa fue, una vez platicado sus antecedentes:

¿Cómo puedo obtener una pensión?

Analizando su caso, nuestro estimado lector para poder obtener una pensión por Ley ´73, debe necesariamente reincorporarse al régimen obligatorio del IMSS y cotizar al menos cincuenta y dos nuevas semanas consecutivas; con ello, recupera las semanas ya cotizadas y con ello, adquiere en automático, el derecho a disfrutar de una pensión (prestación económica), de la asistencia médica y en especie y, en su caso, de las asignaciones familiares y/o ayuda asistencial que pudieran corresponderle.

En adición, nuestro estimado lector debe darse de alta en una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), a efecto de que ésta le apertura y opere una cuenta individual en la que se registrarán las cuotas y aportaciones obrero patronales que en su favor se constituyan durante el nuevo periodo de cotización.

Conjuntamente con la apertura de la cuenta individual, nuestro amigo en referencia debe entregar a la Afore, toda evidencia que tenga de lo aportado por su patrón al Sistema de Ahorro para el Retiro (2% para el Seguro de Retiro y 5% para Vivienda) en el periodo laborado que nos refiere (1992-1996), tales como estados de cuenta bancario, resumen de movimientos o cualquier otra evidencia, a efecto de que la Administradora pueda localizarlos e integrarlos a su cuenta individual.

Para finalizar, es importante acotar que las aportaciones efectuadas al SAR-92 y que a la fecha no han sido identificadas por los trabajadores, son administradas por una ICEFA (banco), y solo podrán ser entregados por una Afore al pensionado, o en su defecto a sus beneficiarios, en una sola exhibición, al momento obtener un resolutivo o negativa de pensión.

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74 COMENTARIOS

  1. Tengo 57 anos. Aporte 11 anos 4 meses al Issste. Que puedo hacer para obtener una pension?

  2. tengo 13 años cotizando al issste y elegi el art. 10 transitorio a los cuentos años podre jubilarme y tendre derecho a servicio medico

  3. ingrese al servicio 1 de septiembre 1982 y mi fecha de nacimiento es el 25 de marzo de 1962 que fecha podría jubilarme gracias por su respuesta

  4. trabaje once años para la secretaria de agricultra y recursos hidraulicos y diez y ocho años para el issste en total tengo veintinueve años de servicios y tengo una edad cincuenta y cuatro años y estoy en el reginen diez transitorio los años de servicio los cumpli el 26 de noviembre del 2010 actualmente desenpleado dine si tengo derecho a una pension gracias

  5. cotise al issste 26 años y deje de laborar en diciembre de 2008, estoy bajo el regimen del 10 transitorio, nací el 4 de febrero de 1957, actualmente tengo 56 años, en que año puedo solicitar una la pensión? no he cotizado a partir del 2008 eso me afectará?

    • Con gusto analizo su petición de información; para ello, favor reenviar su pregunta a [email protected]; en asunto indique asesoría

      IMPORTANTE: No deje de leer el artículo que publico domingo a domingo; le será de gran utilidad

  6. Buenas tardes, estoy en el 10º transitorio,cotizo para el issste, tengo 18 años de servicio y 42 años de edad. La verdad ya me quiero retirar del servicio. Mi pregunta ¿ Me puedo retirar?

    • Se puede retirar pero de momento no tiene derecho a ninguna prestación pensionaria; si requiere de información adicional puede enviar su pregunta a [email protected].

  7. Tengo 50 años, deje de laborar para el servicio de administración tributaria a partir de junio de 2003, efectuando aportaciones durante 13 años aproximadamente, la pregunta es tengo derecho a solicitar una pension?

    • A partir de junio de 2003 deje de realizar cotizaciones, ya que en esa fecha me retire voluntariamente, nunca solicite renbolso de las cotizaciones aportadas al isssste, ni dell fondo para el retiro (sa), la pregunta es si dichas aportaciones son suficientes para solicitar una pension, actualmente cuento con 51 años de edad, o por favor le pido me informe que mas datos necesita para estar en posibilidad de externar su opinión al respecto, gracias.

  8. Soy maestra tengo 47 años de edad y 27 de servicio soy federal elegi el decimo transitorio cuanto me falta de servicio y que edad debo tener y si me jubilación será al 100%???

  9. Buen día.

    Mi consulta es la siguiente: mi suegra cotizó en el ISSSTE y en el IMSS no simultaneamente, actualmente tiene 59 años y no labora desde hace 10 años aproximadamente, solicitó ante el IMSS una constancia de semanas cotizadas y le reconocen 520. El inconveniente es que por su edad difícilmente la contratan en cualquier lugar para que pueda reactivar sus derechos pensionarios (tengo entendido que si labora un año los reactiva), sin embargo un conocido tiene la posibilidad de contratarla y darla de alta en el IMSS y ella le haría trabajo administrativo desde su casa, mi duda es ¿puede solicitar su pensión ante el IMSS cuando cumpla 60 años unificando las semanas cotizadas de ambos Institutos? y ¿si mi conocido la contrata para hacer el trabajo desde sus casa tendría algún problema con el IMSS?

    De antemano le agradezco su orientación.

  10. tengo 29 años de servicio y deje de trabajar en noviembre del 2010, con una edad de cincuenta y cinco años quiero saber si tengo derecho a una pension estoy en regimen 10 transitorio graciaspor su respuesta.

    • Favor ubicar en las tablas publicadas en la Ley, pag. 75, frac. II, incisos a, b o c.

      ver

  11. Mi comentario es el siguiente: cuando yo cumpla los treinta años de servicio, yo voy a tener 48 años me podria pensionar yo me fui con el 10 transitorio

    • Debe cumplir con dos requisitos: edad en el año de retiro y años de servicio.

      Ver Ley, pag. 75, frac. II, incisos a), b) o c).

      ver

  12. Tengo 57 años y 29 años 9 meses de servicio estoy por el 10 transitorio me puedo retirar con el 100 por ciento o que requisito debo cubrir gracias a la atención prestada

    • Podrá retirarse con el 100% conforme a lo que establece el 10mo Transitorio en su frac. IV, pag. 76

      ver

  13. tengo 62 años. cotice en el ISSSTE casi 10 años desde el 1978 hasta 1988, luego me cambie de trabajo y cotice en el imss ( en el cual estoy apunto de pensionarme), adicional, puedo lograr una pension del ISSSTE??? o ya perdí mis derechos si deje de cotizar hace mas de 20 años con el issste??? gracias.

  14. Hola, inicie a trabajar en agosto del 2008, tengo 52 años y seis de servicio, ¿me puedo retirar a los 15 de servicio y 61 años de edad, o todo se va modificando? ¿ que me conviene? gracias por su asesoria

  15. Soy María Elena Maldonado Casalez, el 1o de octubre cumplo 27 años de servicio, cotizo al issste y elegí de décimo transitorio y tengo 45 años de edad, me quiero jubilar cuando cumple los 28 años de servicio, con qué porcentaje de mi sueldo me jubilaría??????

  16. Sr. Gutierrez, tengo 58 años y 27 años 6 meses un dia de laborar en el ISSSTE, desde 1998 ocupo plaza de confianza, reserve la de base, pero ahora que me quiero jubilar entrando febrero 2015, me dicen que no tengo derecho a los tres meses de prejubilación, estoy en el 10° transitorio, que puede decirme al respecto?

    • LA PREJUBILACION APLICA SI EN SU CONTRATO DE TRABAJO ASI SE ESTABLECE AUNQUE HE VISTO QUE ESTE DERECHO APLICA SOLO A LOS SINDICALIZADOS

  17. Este es mi caso mi tio trabajo por mas de 30 anos era servidor publico y hacer a penas 1 mes q fallecio no tenia esposa ni hijos sus padres ya fallesieron asi q su hernana viuda llevo tramite de cobro de pencion por beneficiaria que el mismo puso y al morir ella me puso ami soy su sobrina y le digeron que no se podia que segun no corresponde comobeneficiaria q se puede hacer donde hay q ir para sacar dudas

    • ES CORRECTO LO QUE LE DIJERON PARA MAS DETALLES REQUIERO DE MAS DATOS PUEDE ESCRIBIR A MI CONSULTORIO EN [email protected] Y ENVIARME SU PREGUNTA; LE DAREMOS RESPUESTA

  18. Hola Sr. Gutierrez, tengo una duda, mi mamá acaba de cumplir 60 años, empezó a cotizar al IMSS en el 2005, y nos comentaba una persona que sera imposible que se pensione ya que no cumple con el numero de cotizaciones que establece la nueva ley, que tan cierto es esto, o que podemos hacer.

  19. tengo una tía que es jubilada por el issste y se acaba de morir su esposo
    era maestro jubilado por el issste también, mi pregunta es la siguiente:
    tiene derecho a la pensión

  20. Hola cotizo para el Issste por el decimo transitorio. En enero voy a cumplir 27 años se de servicio y cumplo este diciembre 50 años de edad y en que año puedo jubilarme. gracias

  21. Buen dia

    mi suegro trabajo 800 semanas en el imss y dejo de cotizar desde 1994 después en 1999 trabajo en el issste 6 años hasta el 2004, me comentan que el puede juntar sus aportaciones o años de trabajo, en el imss solo le darían pensión si se activa un año cotizando pero en el issste? que fue su ultimo trabajo puee hacerlo por años trabajados? actualmente tiene 65 años.

    espero sus comentarios saludos

  22. Trabaje en 1987 para el estado en telesecunsarias despues cotize a issste durante 26 años estoy en el 10 transitrio tengo 55 años y un total laborado en las 2 instituciones de 29 años … Podre jubilarme? Gracias

  23. Soy profa., de primaria tengo 39años y 8meses de antigüedad estoy en el nivel E ,elegí el 10° transitorio, quería jubilarme en enero de 2017. Con las reformas actuales el tope salarial que hoy es de 22000 bajará para esa fecha? o mejora si me voy en oct. del 2016 con 3 meses de prejubilatorio. Muchas gracias.

  24. el 1° de enero cumplo 33 años de servicio, con 52 años de edad, que tiempo debo trabajar para obtener mi jubilación?

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