El salario mínimo y su pensión

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Ya de todos es conocido que, a partir del primero de enero del próximo año, se incrementa el salario mínimo de $73.04 a $80.04, es decir, el salario mínimo subió $7 pesitos.

Si bien es cierto que el aumento es de apenas $7 pesos por día, realmente, nunca antes, se había dado un incremento tan significativo, refiriéndome al porcentaje de incremento, pero aún y con todo lo que digan los líderes empresariales, autoridades laborales, y funcionarios públicos, el salario mínimo continúa siendo insuficiente para satisfacer las necesidades básicas de una familia.

Múltiples razones demuestran la insuficiencia del incremento referido, pues tan solo con el incremento de un peso en la tarifa de transporte público, se pierde un 14.8%, de dicho incremento.

Si es usted de las personas que acostumbra visitar los supermercados cada semana, sabrá perfectamente a qué me refiero.

Pero, con relación al salario mínimo y su pensión, son estos dos factores que están íntimamente ligados y son, como ambas caras de una moneda.

La Ley del Seguro Social establece que, el salario base de cotización (SBC), es la referencia para determinar las aportaciones para su pensión, entre otras cuotas y aportaciones para la seguridad social.

Tomando como referencia el salario base de cotización, debe aportar para su pensión:

a) El patrón: 2% del SBC registrado en el IMSS para el Seguro de Retiro, más 3.150% del mismo salario, para el Seguro de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

En adición, el patrón aporta un 5% adicional, para el Fondo Nacional de la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT), que, para quienes se pensionen por la Ley 1997, el saldo existente en la Subcuenta de Vivienda, será destinado íntegramente a incrementar los recursos para la compra de la renta vitalicia o para el retiro programado, según elija como opción de pensión.

b) El trabajador aporta, del mismo SBC, para el Seguro de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, el 1.125%, y

c) El Estado aporta el 0.225%

La suma de todas los porcentajes anteriores da por resultado un 6.5% de aportación para Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez,  y 5% para INFONAVIT.

Si tomáramos como referencia, un SBC registrado en el IMSS de $6,000 pesos, el patrón aportaría, cada mes, para el Seguro de Retiro, la cantidad de $120 pesos; para el de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, $189 pesos; y para INFONAVIT, $300 pesos; en total, se le aportaría a su cuenta individual, manejada por la AFORE e INFONAVIT, la cantidad de $609 pesos.

A su vez, a usted como trabajador, le correspondería aportar la cantidad de $67 pesos con 50 centavos; y el Estado le aportaría $13 pesos con 50 centavos.

Sumando las aportaciones patronales, las de usted como trabajador, más las del Estado, acumularía un ahorro mensual de $690 pesos.

Lo destacable del caso es que usted, de los $690 pesos, solo aporta el 9.78%.

Si analiza detalladamente y hace cuentas, con un SBC de $6000 pesos mensuales, registrado en el IMSS, usted, como trabajador, aporta menos de un día de salario mínimo, es decir, aporta solamente el 84.33% de un salario mínimo, lo que equivale a $67.50.

La pregunta obligada, ¿con una aportación mensual de $690 pesos, para su ahorro para el retiro, va usted a vivir bien el resto de sus días, llegada la edad de su pensión?

La respuesta ineludible también es que no.

Con el nivel de aportación referido, un trabajador jamás obtendrá un ahorro suficiente para obtener una pensión que iguale el ingreso que usted reciba al concluir su vida laboral.

¿Opción?

Primero, planificar vida y carrera.

Segundo, ahorrar y capitalizar todo lo más que se pueda; mínimo el 18% del ingreso mensual.

Es mejor amarrarse el cinturón ahora, que vivir la vejez en la miseria.

Por último, si su pensión es por Ley 73, todo incremento al salario mínimo, tiene un impacto, a la baja, en la determinación de su futura pensión.

Recuerde que, también el SBC, es referencia para determinar las pensiones provenientes de un riesgo de trabajo, así como las pensiones de invalidez.

Lo anterior nos dice que, por lo menos las próximas seis generaciones, recibirán por pensión, apenas un salario mínimo, debido a que:

1) No tenemos la cultura ni el hábito por el ahorro, aún y cuando «algo» podamos ahorrar.

2) No tenemos la visión para pensar a futuro, y menos, en el largo plazo.

3) Nunca pensamos que vamos a llegar a viejos.

4) Pensamos que siempre seremos jóvenes, fuertes y que con un poquito de suerte, la diosa fortuna nos sonreirá.

5) Si hoy nos va bien, pensamos que siempre será así.

6) Si hoy no somos lo solvente que deseáramos, tendemos a creer que siempre seguiremos así.

7) Nunca pensamos que puede haber un futuro mejor.

8) Si llegamos a pensar que el futuro puede ser mejor, es mejor no hacer nada, pues cuesta mucho trabajo.

9) Siempre pensamos que «alguien» llegará y nos hará cambiar nuestra mala suerte o mejorar la buena que ya tenemos.

10) No somos propensos a invertir unos cuantos pesos, para tener un panorama claro de cómo puede ser nuestra vida a futuro, pero si, ante la adversidad corremos con el «astrólogo y el divino hermano», para que nos limpie de nuestra mala suerte.

Sepa que cuesta menos, invertir en una asesoría profesional que nos ayude a diseñar una estrategia de bienestar para el futuro, que acudir con un «astrólogo».

Pero bueno, para qué seguir con más detalles.

En sus manos está la alternativa de solución y, hoy por hoy, todo indica que la mejor opción está en el ahorro.

Hoy por hoy, aun y con lo cuestionado que sea, cualquier opción de ahorro, por pequeño que sea, crecerá un poco más, invertido a mediano y largo plazo, en aportaciones voluntarias, no deducibles, en la cuenta individual que le administra su Afore.

Si después de leer nuestro artículo requiere contactarnos, en la parte inferior hay un espacio para recibir sus dudas e inquietudes; si es asesoría o consulta lo que requiere, indíquelo así, para decirle cómo contactarnos, pero antes, lea nuestro Aviso de Confidencialidad en: https://miretiroypension.com/2014/10/aviso-de-confidencialidad/

Recuerde que podemos ofrecerle servicios de asesoría en materia de pensiones IMSS e ISSSTE, asesoría jurídica en todas las ramas del derecho, asesoría en seguros de todo tipo, personales y empresariales.

Puede también localizarnos al email: [email protected]

 

 

15 COMENTARIOS

  1. Alguien me podría explicar porque el deposito de mi pensión de enero 2 de 2017 es menor al deposito de diciembre de 2016. A un familiar mío también su deposito refleja una diferencia desfavorable todavía mayor.

  2. soy jubilado desde el 2002, entable una demanda al issste y el laudo fue favorable, es asi q incrementaron mi ingreso mensual, solo que, habiendo dos zonas, la A y la B, hicieron el calculo aparentemente de la zona B, cuando yo residia en la zona A, en hermosillo, actualmente resido en zapopan,el punto es que aproximadamente desde julio del 2014, recibo mi cheque correspondiente a la zona B y el asunto de mi consulta es saber si me pueden actualizar mi ingreso q me corresponde en la zona A porque ademas ya no existe la zona B, es asi que desde el 2014, y ahora recibo ese salario, actualmente de 20 500 cuando deberia recibir 21900, igualmente 2016, 2015 y parte del 2014, por otra parte, demando tambien la actualizacion de los conceptos 02 y 03, q permanecen en 100 y 120 pesos desde el 2008, actualmente deberian de estar alrededor de los 500 pesos cada uno de ellos, asimismo, ignoro si hice aportaciones al foviste, espero ser lo suficientemente claro en mi exposicion del problema que deseo resolver, porque tambien ignoro si aplicaran los 80 pesos diarios para el incremento del 2017, agradesco su atencion

  3. Si en mi empresa no lleve en su momento la hoja del sat como saber si se estan haciendo las aportaciones .correctas .

  4. buenas tardes tengo 59 años y trabaje cotizando al seguro social me parece que desde 1972 a 1985 quisiera saber si tengo algún ahorro o con quien lo puedo ver para que me explique gracias

  5. «Por último, si su pensión es por Ley 73, todo incremento al salario mínimo, tiene un impacto, a la baja, en la determinación de su futura pensión.»

    de eso que comentó ¿A qué se debe o por qué razón se tiene un impacto a la baja?

  6. Trabajé para el Servicio de Administración Tributaria dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, desde el 01 de septiembre de 1977 y causé baja, el 15 de abril de 2012, una antigüedad de 34 años, 7 meses, 15 días, con un sueldo mensual de $50,988.04. Qué cantidad mensual me asignaría el ISSSTE por concepto de pensión.

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