Derechos para con el INFONAVIT

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A continuación voy a relacionar a ustedes, los derechos que tienen como empleados de cualquier patrón, persona física o moral, con relación al Infonavit.

En primer lugar, es obligación del patrón, darte de alta en el Infonavit, dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquel en que hayas empezado a prestarle tus servicios.

Debe además, de informar al Instituto, correctamente, tu nombre(s) y apellidos, numero de seguridad social y salario base de cotización, pero será de tu entera obligación, verificar que tus datos estén correctamente asentados en los registros del Instituto, para luego no echarle la culpa por errores u omisiones; de ser posible, entera al darte de alta con un patrón, tu homoclave; con ello te ahorrarás a futuro, muchos problemas, trámites y gestiones.

También es responsabilidad de tu patrón, enterar al Instituto de toda modificación en tu salario base de cotización y aportar el 5% del salario base de cotización; con esa aportación se irá integrando un fondo a tu favor para que en el futuro puedas aspirar a un o dos créditos para compra vivienda, según sean tus intereses.

Mientras el fondo se va constituyendo a través de los años, será el Instituto quien lo administre, dándote por ello rendimientos, generalmente superiores a la inflación.

De no utilizar los recursos al término de tu vida laboral, o de haberlos utilizado pero seguiste laborando y acumulando aportaciones, al pensionarte por la Ley del Seguro Social 1973 (derogada), esos recursos te serán devueltos al tramitar tu pensión; la gestión la harás en la Afore que lleva tu cuenta individual; pero si te pensionas por la Ley 1997, el saldo da la subcuenta de Vivienda 97, se integrará en su totalidad a tu pensión.

De obtener crédito de vivienda, tu patrón debe efectuar los descuentos correspondientes y enterarlos al Instituto, en tiempo, modo y forma, pues de no hacerlo te causará un serio problema en tu historial crediticio, amén de los intereses moratorios a que te hagas acreedor.

Además, de trabajar para un patrón dedicado, permanente o eventual a actividades de construcción, estará obligado a entregarte cada que te pague (semanal o quincenalmente), una constancia escrita en la que señale el número de días que laboraste y el salario percibido.

Esa constancia deberás guardarla cuidadosamente por si en el futuro requieres de hacer algún trámite, gestión o comprobación; acuérdate que “papelito habla”.

Por último, recuerda que para conocer el saldo de las aportaciones efectuadas en tu favor a la subcuenta de Vivienda 97, éste te será informado en el estado de cuenta que te envía la Afore que lleve tu cuenta individual.

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53 COMENTARIOS

  1. me pensionaron por enf. Gral cn invalidez total. Puedo reclamar el total de mi afore? Gracias

  2. Si yo quiero pensionarme anticipadamente puedo retirar todo mi saldo del infonavit tengo 50 años y 911 semanas de cotización y un saldo como 350,000.00 en la subcuenta de retiro

  3. Por favor le agradeceria me respondiera una pregunta: renuncie porque mi estado de salud se vio comprometido, y como yo quede en la reforma del 97, alos 61 años no hay posibilidad de pension , asi que solicite lo haorrado en infonavit y no me lo dieron ,que a los 65 solamente

  4. mi esposo cumplio 72 años y aun paga la vivienda mes a mes pues lleva muchos años como comerciante ,pero se ha visto enfermo y ya no puede trabajar ,no tiene pension ni imss que puede hacer pues le es dificil pagar las mensualidades de infonavit . tiene 23 años pagando estamos al corriente pero hace 13 años firmo una reestructuracion
    y estoy preocupada pues no queremos perder la casa. gracias por su atencion.

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