Infonavit: Derechos del Acreditado

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infonavitEn año anterior, el Infonavit dio a conocer la Carta de Derechos del Acreditado, la que describe nueve derechos que puede usted ejercer en caso de ser acreditado del Instituto y de darse algunas de las causales descritas en la Carta.

Acreditado es la persona que debe al Instituto, por razón de haber obtenido crédito de vivienda; le daré razón de cada uno de esos derechos.

El primero, ser tratado bajo principios fundamentales de respeto, es decir, a ser tratado con dignidad, respeto y decoro, con apego a los valores y principios institucionales.

El segundo, identificar a sus asesores, gestores y abogados; por ello, todo empleado del Instituto, está obligado a presentarse e identificarse plenamente, tratar solo con adultos e informarles el motivo de la visita, en días y horas hábiles.

El tercero, recibir información con un lenguaje comprensible y solo hablar respecto al crédito, evitando el uso de palabras ofensivas e intimidatorias, de manera sencilla y clara, dando soluciones y alternativas.

El cuarto, obtener gratuidad en el servicio, es decir, para el acreditado no debe tener costo ningún trámite realizado con el Instituto; tampoco deberá dar dádivas ni mordidas y, si se las piden, es derecho y obligación de enterar al Instituto.

El quinto, recibir información sobre el esquema de cobranza social, en caso de incumplimiento en pagos del crédito, por lo que deberá ser plenamente informado de las opciones y beneficios, acorde a sus necesidades y posibilidades.

Sexta, conocer las condiciones de su crédito, a través de información oportuna, precisa y actualizada, expresada en el estados de cuenta correspondiente.

Séptima, inconformarse, en caso de desacuerdo o controversia, se tiene derecho a quejarse e inconformarse acudiendo directamente al Instituto, donde será escuchado, atendido y le presentarán las opciones y alternativas que procedan, clara y transparentemente.

Octava, formalizar una solución, de todo acuerdo a que se llegue, por escrito, y se respetará; recuerde que papelito habla.

Novena, acceder a delegaciones, lugares de atención y pago, es decir, los acreditados podrán acudir en cualquier momento a las oficinas del Instituto para solicitar información, orientación y atención sobre la manera de llevar un trámite.

Para el efecto, el Instituto pone a disposición de los acreditados, su dirección electrónica www.infonavit.org.mx, el número telefónico para la ciudad de México 9171 5050 y para el interior de la República el número gratuito 01 800 008 3900.

De violentarse sus derechos como acreditado, podrá contactar y asesorarse en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, llamando al teléfono 01 800 715 2000, o bien escribiendo al email [email protected]

Fuente: http://portal.infonavit.org.mx/wps/wcm/connect/abd6400c-47d8-4ed8-8721-c8d64da419c9/Carta_de_Derechos_del_Acreditado.pdf?MOD=AJPERES

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8 COMENTARIOS

  1. Buenas tardes. El 9 de mayo cumplo 56 años, me debo jubilar en 2020. El 31 de noviembre causé baja por recorte de personal en bepensa. después de 27 años trabajando, tenia un sueldo de $436.00. Laboré en otra empresa 8 años. En recursos humanos me dijeron que tengo 3 meses de Seguro Social y me recomendaron pagarlo. Lo chequé y me dijeron que debo pagar una cantidad mensual para seguir cotizando, hay otro pago anual que incluye atención médica pero no alcanza especialidades. Pregunto: ¿Si pago el seguro para seguir cotizando, y pago la cuota anual, entro a laborar a otra empresa, pero con sueldo menor, que procedería? ¿Pierdo todo lo que voy a pagar y me jubilaría con sueldo nuevo? ¿o se necesitaría mi pago para seguir cotizando con mi sueldo de $436.00?
    Agradezco su respuesta.

    • Lo primero que le recomiendo es asesoría personal pues su pregunta es muy confusa. Si le es posible pagar la continuación voluntaria o modalidad 40 hágalo… leer lo siguiente

      ver

      Si al estar pagando la continaucion voluntaria encuentra de nuevo empleo, ya no se sigue pagando y quedará asegurado por medio de su patron

      Mi Retiro y Pensión le comenta que a partir de este año, nuestros servicios crecen para ofrecerle a usted una atención más integral en materia de pensiones IMSS e ISSSTE, contable y fiscal, y en materia jurídica; aplica cargo por consulta; de así requerirlo favor dirigir su su solicitud a [email protected], describiendo amplia y detalladamente su caso; será un gusto atenderle.

      Que tenga un excelente año 2016.

  2. Buenas noches tengo 31años de servicio, edad 52 años y 10 meses, tengo regimen decimo transitorio, no me he podido jubilar por tener un prestamo con inbursa, trabajo en 2 dependencias seiem y sep. La duda que tengo es el prestamo que tengo con inbursa, me puedo jubilar sin ningun problema y ademas no me va a afectar las modificaciones que se preteden hacer, agradezco su atencion y me pongo a sus ordenes en este correo

  3. Mi esposo tiene pensión temporal por dos años y esta pagando crédito infinitivo desde el 2011 mi pregunta es que va a pasar con el crédito y como le hacemos gracias por su atención lic.

  4. Buenos dias
    Quisiera saber cuanto se tarda infonavit en entregar el acta de autoliberacion por defuncion . Ya tenemos dos años con el tramite y aun no nos resuelven nada

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