De los Agentes Promotores de Afore

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profesionistasLos Agentes Promotores son personas físicas, que deben estar inscritas en el Registro de Agentes Promotores (este registro lo opera la empresa operadora de la base de datos nacional del SAR, llamada Procesar).

Contando con el registro correspondiente, los Agentes Promotores podrá actuar (trabajar) en nombre y por cuenta de las Afore en actividades de comercialización, promoción, orientación y atención de solicitudes para el Registro, Traspaso o, en su caso, la Recertificación de Cuentas Individuales, según lo establecen las recientes Disposiciones generales publicadas por Consar en el Diario Oficial de la Federación, con fecha 6 de enero de 2015.

Para ser Agente Promotor, establecen las Disposiciones de orden general, se requieren estudios concluidos mínimos de preparatoria, tener y comprobar la capacidad técnica para el desempeño de sus actividades, previo acreditamiento de los exámenes de Validación, Revalidación y Control; haber recibido en los últimos doce meses, al menos cuarenta horas de capacitación; acreditar las evaluaciones que les practiquen la Afore; no estar inhabilitado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), la Comisión Nacional de Seguros y de Fianza (CNSF); y que su registro no se encuentre suspendido o cancelado por la CONSAR, autoridad esta última, reguladora del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR).

Las recientes Disposiciones de orden general, como bien dicen por ahí, le han puesto dura la cosa tanto a las Afore como a los aspirantes a Agentes Promotores pues, a partir del inicio de este año, el proceso de selección, contratación, capacitación y desempeño de la actividad, se ha reglamentado como nunca antes se había visto, en los diecisiete años y medio que tiene de operar el SAR.

Con ello, la autoridad reguladora del Sistema pretende que las actividades propias de los Agentes Promotores, las desarrollen personas mucho más y mejor preparadas, que sean más éticos, morales y comprometidos con la actividad y con los trabajadores, que vean en su diario quehacer y encuentren en el mismo un modo honesto y holgado para vivir con decoro y dignidad pues, aunque no lo parezca, la actividad de los Agentes Promotores,  puede ser muy lucrativa, especialmente si se trata de  personas aplicadas y preocupadas por conocer, aprender y asesorar veraz, oportuna y suficientemente a trabajadores ávidos de recibir una verdadera asesoría en materia de pensiones, del manejo de su cuenta individual, de sus opciones de ahorro voluntario.

Por lo anterior, además de sus datos personales, historial de capacitación, certificación y trayectoria laboral, la Consar llevará, entre otros múltiples registros, datos de quién es el jefe inmediato del Agente Promotor, Afore o Afores a las que ha prestado sus servicios, entidades de la república donde ha actuado como tal, tipo de contratación y/o relación laboral con la Afore*, cantidad de Registros, Traspasos o Recertificaciones en las que ha intervenido.

Al ser inscritos los Agentes Promotores en el Registro de Agentes Promotores (RAP), recibirán un número de registro (comúnmente conocido como CIO), el cual tendrá una vigencia de tres años, y con él, las Afore deberán de entregarles una credencial de identificación la que deberán de mostrarle a usted al momento de abordarle y de proporcionarle cualquier tipo de información, orientación y/o asesoría; vencido el periodo de registro (tres años), deberá renovarse por otros tres años más, previo cumplimiento de los requisitos normativos dictados por la Consar, es decir, presentado el examen conocido como Revalidación.

Cabe aclarar que la Consar se reserva el derecho de certificar en cualquier momento, que los Agentes Promotores cuentan con la capacidad técnica para el desempeño de sus actividades.

Es muy recomendable que antes de hacer cualquier trato con un Agente Promotor que le visite y le ofrezca sus servicios, verifique esté certificado por la Consar y que su registro está vigente.

Para validar el punto comentado en el párrafo anterior, al recibir la credencial de identificación del Agente Promotor que le visita, obtenga de ella el nombre completo y el número de registro, e ingrese a la página web de la Consar, luego al apartado que se muestra en la parte inferior de la pantalla identificado con el nombre de Sistema de Información de Agentes Promotores (SIAP), digite los datos y saldrá de toda duda: es un Agente Promotor con registro vigente, o es un pirata y, ante cualquier anomalía, reporte el hecho a la Afore y evite tratar con él.

De hacer algún trato con un Agente Promotor, pida además que le entregue copia de todo documento que se utilice con motivo del trámite a realizar, y consérvelo en lugar seguro a manera de expediente.

De ser de su interés conocer toda la regulación aplicable a los Agentes Promotores, puede hacerlo en el archivo siguiente:

2015 01 CONSAR DISPOSICIONES aplicables a los Agentes Promotores

Consulte en la siguiente tabla, el proceso de entrada en vigor de las nuevas disposiciones aplicables a los Agentes Promotores:

TABLA Disposiciones transitorias con relación a los agentes promotores

Si después de leer el artículo requiere contactarnos para dudas e inquietudes adicionales, encontrará más detalles en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2012/10/para-atender-mejor-sus-consultas/

Es importante que antes de contactarnos lea también nuestro Aviso de Confidencialidad ubicado en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2014/10/aviso-de-confidencialidad/

 

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* Los Agentes Promotores pueden prestar sus servicios a las Afore como empleados de éstas, recibiendo un salario base mensual, prestaciones de Ley (IMSS, Infonavit, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, reparto de utilidades, fondo de ahorro y comisiones integrables a su salario base de cotización), o bien, no recibir ninguna prestación de Ley y solo generar ingresos vía comisiones.

 

4 COMENTARIOS

  1. Me parece exelente todos las actualizaciones que ha realizado la consar con respecto a la capacitacion hacia los agentes promotores puesto que nos permite brindarle mayor asesoramiento a las personas que estan cerca del retiro o trabajadores que estan cotizando ya sea en el IMSS O ISSSTE o personas que se incorporaron voluntariamente.

    • Cabe resaltar que bajo ninguna circunstancia le deben de cobrar por el asesoramiento ya que esta es totalmente gratuita, como tampoco ofrecerles dinero o cualquier otro pago en especie gracias por su atencion y que tengan buena tarde.

      • Es correcta su apreciación pero especificando que siempre que se trate de un Agente Promotor de Afore… ellos tienen prohibido cobrar pues por ello les pagan las Afore o reciben comisiones… leer

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