A continuación le refiero el costo que tendrá para los patrones que les lleguen a fincar créditos fiscales derivados de capitales constitutivos, por no cumplir con la obligación legal de dar de alta en el régimen obligatorio a quienes les presten un servicio personal y subordinado, esto para el año 2016.
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ACUERDO ACDO. AS3.HCT.270116/8.P.DF dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el día 27 de enero de dos mil dieciséis, relativo a la aprobación de los costos unitarios por Nivel de Atención Médica para el ejercicio fiscal 2016.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría General.
El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el día 27 de enero del presente año, dictó el Acuerdo ACDO.AS3.HCT.270116/8.P.DF, en los siguientes términos:
“Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VIII, XIV, XVII, XXXVI y XXXVII; 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, 270, 272 y 277 E, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción III, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 112 y 119, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, por conducto del Titular de la Dirección de Finanzas, mediante oficio 06 del 15 de enero de 2016, así como el dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 26 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica actualizados al año 2016, contenidos en el Anexo 1 de este Acuerdo, cuya actualización se realizó con base en el promedio ponderado de los costos observados durante los años 2013 y 2014, actualizados en ambos casos a pesos de diciembre de 2015, tal como se aprecia en el Anexo 2 de este documento. Segundo.- Instruir a la Dirección Jurídica, para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de publicar el Acuerdo que nos ocupa y sus Anexos en el Diario Oficial de la Federación. Tercero.- El presente Acuerdo, así como los Costos Unitarios a que se refiere el punto Primero del mismo, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario descrito en el punto que antecede”.
Atentamente
México, D.F., a 27 de enero de 2016.- En suplencia por ausencia del Secretario General del Instituto Mexicano del Seguro Social, atento a las facultades conferidas en el Acuerdo del Director General del propio Instituto, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2015.- El Director de Vinculación Institucional y Evaluación de Delegaciones, René Curiel Obscura.- Rúbrica.
Anexo 1
Tabla que contiene los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica actualizados al 2016 para la determinación de créditos fiscales derivados de capitales constitutivos, inscripciones improcedentes y atención a no derechohabientes.
TIPO DE SERVICIO COSTO UNITARIO ACTUALIZADO AL 2016 en pesos
ATENCIÓN EN UNIDADES DE PRIMER NIVEL
Consulta de Medicina Familiar 631
Consulta Dental (Estomatología) 594
Atención de Urgencias 454
Curaciones 631
Estudio de Laboratorio Clínico 92
Estudio de Radiodiagnóstico 208
Estudio de Ultrasonografía 208
Traslado en Ambulancia 517
Sesión de Hemodiálisis 4,514
Sesión de Quimioterapia 4,751
Intervención de Tococirugía 6,978
Día paciente en Hospitalización 6,958
Intervención Quirúrgica 3,094
Consulta/Sesión de Medicina Física y Rehabilitación 533
Terapia Psicológica 536
Estudio/Procedimiento de Endoscopia 1,056
Sesión de Diálisis 147
ATENCIÓN EN UNIDADES DE SEGUNDO NIVEL
Consulta de Medicina Familiar 631
Consulta Dental (Estomatología) 594
Consulta de Especialidades 957
Atención de Urgencias 990
Día Paciente en Hospitalización 6,958
Día Paciente en Incubadora 6,958
Día Paciente en Terapia Intensiva 34,232
Curaciones 631
Estudio de Laboratorio Clínico 97
Citología Exfoliativa 164
Estudio de Medicina Nuclear 719
Estudio de Electrodiagnóstico 309
Estudio de Radiodiagnóstico 284
Estudio de Ultrasonografía 284
Estudio de Tomografía Axial 2,846
Estudio de Resonancia Magnética 4,341
Estudio/Procedimiento de Endoscopia 1,056
Consulta/Sesión de Medicina Física y Rehabilitación 1,112
Sesión de Radioterapia 1,091
Estudio de Anatomía Patológica 164
Intervención Quirúrgica 18,209
Intervención de Tococirugía 6,978
Traslado en Ambulancia 1,604
Sesión de Quimioterapia 4,751
Sesión de Hemodiálisis 4,514
Estudio/Procedimiento de Hemodinámica 27,151
Terapia Psicológica 536
Estudio/Sesión de Gabinete de Tratamiento * 316
Sesión de Terapia/Reeducación Ocupacional 116
Servicio de Banco de Sangre 287
Consulta a Donadores 363
Sesión de Diálisis 147
Servicio de Litotripsia 1,889
ATENCIÓN EN UNIDADES DE TERCER NIVEL
Consulta de Especialidades 1,732
Atención de Urgencias 2,665
Día Paciente en Hospitalización 6,958
Día Paciente en Incubadora 6,958
Día Paciente en Terapia Intensiva 34,232
Estudio de Laboratorio Clínico 164
Citología Exfoliativa 251
Estudio de Medicina Nuclear 719
Estudio de Electrodiagnóstico 751
Estudio de Radiodiagnóstico 612
Ultrasonografía 612
Estudios de Tomografía Axial 2,846
Estudios de Resonancia Magnética 4,341
Procedimiento de Cardiología Intervencionista _ Hemodinámica 27,151
Estudio/Procedimiento de Endoscopia 1,056
Consulta/Sesión de Medicina Física y Rehabilitación 2,358
Sesión de Radioterapia 1,091
Sesión de Quimioterapia 4,751
Estudio de Anatomía Patológica 251
Intervención Quirúrgica 33,173
Intervención de Tococirugía 13,218
Traslado en Ambulancia 2,906
Sesión de Hemodiálisis 4,514
Terapia Psicológica 536
Estudio/Sesión de Gabinete de Tratamiento * 316
Sesión de Terapia/Reeducación Ocupacional 116
Servicio de Banco de Sangre 593
Consulta a Donadores 363
Sesión de Diálisis 147
Servicio de Litotripsia 1,889
* Nota: Gabinete de Tratamiento incluye terapias de lenguaje, respiratoria, recreativa, fisiología pulmonar, entre otros tratamientos en gabinete.
México, D.F., a 27 de enero de 2016.- El Titular de la Dirección de Finanzas, Carlos Alberto Treviño Medina.- Rúbrica.
Anexo 2
Base de Cálculo para la estimación de los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica actualizados al 2016
Los costos previamente relacionados, han sido actualizados aplicando la metodología de Costo Basado en Actividades (ABC) con información de los años 2013 y 2014, en relación con el último párrafo del artículo 112 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización vigente, y se les ha aplicado el factor de actualización del último mes disponible, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 17 A del Código Fiscal de la Federación vigente.
Este factor se determinó dividiendo el Índice Nacional de Precios al Consumidor de 118.532 puntos, correspondiente al mes de diciembre 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de enero de 2016, entre el Índice Nacional de Precios al Consumidor correspondiente al mes de diciembre de cada uno de los años a actualizar, como se indica a continuación:
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Para determinar el costo aplicable a 2016, se determinó el costo promedio ponderado con la información 2013 y 2014. Se multiplicó el costo total de los servicios de cada año, 2013 y 2014, por el factor de actualización. Una vez actualizado este costo a pesos de diciembre 2015, se sumó el costo total de los dos años.
Por otra parte, se sumó la cantidad de servicios prestados de esos mismos años.
La sumatoria del costo total se dividió entre la sumatoria de la cantidad de servicios prestados, obteniéndose el costo promedio ponderado actualizado al mes de diciembre de 2015 de cada uno de los servicios.
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México, D.F., a 27 de enero de 2016.- El Titular de la Dirección de Finanzas, Carlos Alberto Treviño Medina.- Rúbrica.
(R.- 426709)
Fuente: http://dof.gob.mx/index.php?year=2016&month=02&day=25
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hola buenos dias en noviembre 2016 cumplo 28 años de servicios estoy en el regimen decimo transitorio a los cuantos años me puedo jubilar .
tengo 45 años de edad.
me podra enviar información a mi correo por favor se lo agredecere.sara concepcion velazquez olvera
No antes de los 60 años de edad
hola buenos dias tengo 45 años de edad tengo 28 años de servicio estoy en el régimen décimo transitorio a los cuantos años me puedo retirar le agradeceria me contestara a mi correo. gracias sara veazaquez
No antes de que cumpa 60 años de edad
Hola buenos días soy Irma Granados Salinas tengo 65 años y tengo 24 años cinco meses de servicio , estoy en el régimen décimo transitorio estoy enferma de mi columna y tengo gonartrosis degenerativa tengo arritmia cardiaca, ya no puedo caminar como puedo hacer para pensionarme me traen de un lado a otro con mis placas de columna y rodillas y con el electro y análisis de un lado a otro.
le agradeceria me contestara a mi correo gracias.
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