Para contratar la Continuación Voluntaria, también llamada Modalidad 40, el trabajador debe de acudir a la subdelegación del IMSS que le corresponda, ventanilla 7, Seguros Especiales y presentar:
1) Comprobante de domicilio
2) CURP
3) Documento que contenga NSS
4) Identificación oficial,
5) Un USB en blanco (4 MB)
6) Llenar la solicitud que le proporcionan en el Instituto, y
7) Formato AFIL-02 vigente
8) Escrito libre solicitando la incorporación
En el área de Seguros Especiales le preguntarán con qué salario desea darse de alta en la Modalidad 40.
Para ello, determine previamente cuál será el salario mensual con que contratará M-40, luego determine el importe mensual a pagar.
Para determinar el importe mensual a pagar al contratar la Continuación Voluntaria o Modalidad 40, multiplique el monto mensual por 10.075%.
El tope máximo a contratar en la Modalidad 40 es de hasta 25 veces el valor diario de la UMA.
Una vez que se han llenado y firmado los formatos necesarios para la documentación de su petición, le darán el USB para que pase al banco que le indicará el Instituto y acuda a efectuar su primer pago.
En el banco pase primero con un funcionario para que le imprima el formato de pago, luego a ventanilla, pague y obtenga el comprobante correspondiente.
Antes de retirarse del banco revise el formato en el cual debe de aparecer los datos generarles y valide muy cuidadosamente que su NSS sea el correcto; más vale hacerlo.
Con el comprobante de pago que le entregue el banco regrese de nuevo a la subdelegación y lo muestra en la ventanilla en la que le dieron el USB; cotejarán el pago y le entregarán una serie de recordatorios de pago por lo que resta del año.
Entre el día 11 y 17 de cada mes, debe de efectuar el pago en el banco y conservar los comprobantes correspondientes pues el Instituto, podrá pedírselos a futuro.
En enero del siguiente año, debe de acudir en los primeros diez días hábiles a la subdelegación y solicitar los recordatorios de pago para el año vigente; a esta visita, acuda con los comprobantes de pago del año anterior.
La Continuación Voluntaria o Modalidad 40 es para muchos trabajadores, una excelente opción para mejorar el promedio del salario base de cotización.
Con esta medida, hecha en las últimas doscientas cincuenta semanas previas al trámite de su pensión, por Ley 1973, podrá obtener la pensión que usted anhela.
Muy importante:
1) Si por algún imprevisto se le pasa la fecha de pago, antes de acudir al banco debe de ir a la subdelegación para que le actualicen el pago pues siempre se paga a valor presente.
2) Guarde por siempre los comprobantes de pago y todo documento que para la contratación o renovación se genere.
3) En la siguiente liga le comento qué hacer si por dos meses deja de pagar.
https://miretiroypension.com/2013/03/continuacion-voluntaria-modalidad-40/
Recuerde que:
a) Todos los datos contenidos en este y cualquier otro artículo son datos informativos, por lo que siempre es mejor asesorarse antes de hacer cualquier trámite, por aquello de las dudas.
b) La Continuación Voluntaria opera tanto para asegurados del IMSS como del ISSSTE; para este último consulte el artículo titulado Continuación Voluntaria Issste.
c) Al suscribir la Continuación Voluntaria o Modalidad 40 con el IMSS cotizará para los seguros de Invalidez y Vida, y el de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y que separadamente podrá contratar el Seguro de Salud para la Familia.
d) En el caso del Issste podrá contratar también los mismos seguros, excepto el de Riesgos del Trabajo
Si después de leer este artículo requiere contactarnos, para atención a través de email, personal (en Mérida, Yuc.), y a todo el país a través de teléfono o Skype, ubique los medios de contacto en este link.
Hola, agradesco su amable atención.
Dejé de cotizar al IMSS el 19-Oct.-2015 y Deseo apegarme a la Modalidad 40. ¡¿Puedo recuperar todo ese tiempo pagando en retroactivo todas esas semanas no cotizadas por estar en cesantía laboral??
Es correcto, puede hacerlo; en caso de requerir asesoría, puede escribir a [email protected]
tengo 52 años puedo cotizar en la modalidad 40 con un salario bajo hasta los 55 y a partir de los 55 subir a la cuota máxima, esto con la idea de juntar semanas por los siguientes 3 años y luego cotizar para la jubilación?
NO, el salario que convenga, con ese continuara mientras dure en M-40, solo causando baja de un futuro pension podra regresar a M-40 con un salario mayor; para una opinion mas precisa puede escribir a [email protected]; causará un pequeño honorario la consulta
solicito informacion de la modalidad 40 desaparece para el año 2017 es verdad si tiene costo la consulta favor de hacérmelo saber
GRACIAS.
No conocemos reforma de Ley en ese sentido, y si tiene costo: 10.075% del salario convenido al contratarla; para asesoría puede escribir a [email protected]
Hola muy buen aporte! Solo que tengo una duda.
Me faltan 2 años para tramitar mi pensión. Contrate la continuación voluntaria (MOD40) llevo un año pagando (al limite de 25 veces el salario mínimo), solo que el salario mínimo al que se me calculó el pago fue con $70.10 (año 2015). Me recomendaron darme de baja dejar pasar un mes y volver a inscribirme con el proposito de que el salario mínimo al que se calcule mi nueva cuota sea al del año en curso ($80.04 año 2017) y como resultado tenga una mejor valuación para mi pensión, es decir sea una mejor pensión.
¿Será aconsejable hacer dicho movimiento o cual es su consejo?
De antemano gracias!
NO ES CONSEJABLE HACER LO REFERIDO NO CAUSE BAJA
Hola actualmente estoy pagando la modalidad 40, es recomendable actualizar el pago al nuevo salario mínimo?
Empecé con el salario minimo de $ 70.10 el 2015
???????
Siempre lo mejor será pagar con el salario mas alto posible, más si se encuentra en los últimos 5 años
Pero mi pregunta es que si es recomendable darme de baja 2 meses y volverme a inscribir en la modalidad 40 al salario actual vigente
Mi Numero de seguridad social es NSS: 18876503048
Y empece a cotizar en mi primer trabajo de acuerdo al Reporte de Semanas Cotizadas del Asegurado emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social:
Nombre, denominación o razón social: LIBRERIA IMAGEN DE TOLUCA, S.A. DE C.V.
Tipo movimiento fecha mov salario base de cotizacion
Reingreso 17/03/1989 $ 13.93
Modificacion de Salario 16/05/1989 $ 20.90
Modificacion de Salario 10/01/1990 $ 24.38
Modificacion de Salario 01/02/1990 $ 27.87
Baja 15/09/1990 $ 27.87
¿Mi pregunta que Ley del IMSS me aplica EN MI CASO?
LEY 1973 AUNQUE PUEDE ELEGIR 1997 SI LE CONVINIERA
Siempre he trabajado inscrita en el imss, me quiero retirar pagando la modalidad 40, por la ley del 73. Sin embargo, en el 2016 con 52 años empecé y sigo trabajando inscrita en el ISSSTE, puedo a los 55 años estar inscrita en el ISSSTE y pagar la Modalidad 40? o tengo que dejar de trabajar?
Los periodos que cotice al Issste no le servirán para pension aunque si le permiten acumular ahorro para su retiro; puede causar baja a los 55 años del IMSS, pagar M-40 y pensionarse al a edad que usted guste despues de los 60 años cumplidos
acabo de cumplir 59 añoslos cumpli en febrero 16 de 1917 sig olaborando pero quiero inscribirme en la modalidad 40 todavia es tiempo de retiereme y aportar por mi cuenta para una pension mas alta, hasta los 60 años tengo 1950 semanas cotizadas, gracias por su atencion, saludos
PUEDE HACERLO SIN NINGUN PROBLEMA
DE REQUERIR DETALLES COMPLEMENTARIOS PUEDE ESCRIBIR A [email protected]
Me inscribí en línea y ya pague el primer pago, los recordatorios y fichas mensuales donde las podre consultar?
saludos.
Área de seguros especiales, subdelegacion del IMSS que le corresponda
Tengo 28 años, cotice al IMSS durante 5 años hasta hace 2 años que quede sin trabajo.
Ya pasaron mas de 12 meses desde la baja, aun mE puedo inscribir a la Modalidad 40?
es correcto, aun puede, leer siguiente artículo
requisitos continuacion voluntaria
Tengo 59 años , cotice al IMSS por 10 años consecutivos , pero deje de hacerlo en 1997.
Puedo inscribirme a la M40 en este momento?
NO POR EL MOMENTO
PRIMERO TIENE QUE RECUPERAR DERECHOS COTIZANDO PARA UN PATRON MINIMO 52 SEMANAS (SUGIERO 56 SEMANAS)
MAS DATOS EN LOS ARTICULOS SIGUIENTES:
recuperacion de derechos
De requerir asesoría personalizada puede escribir a [email protected].
HOLA,
ME GUSTARÍA SABER PORQUÉ DICEN QUE SI SE TIENEN MENOS DE 60 AÑOS Y MÁS DE 1250 SEMANAS COTIZADAS NO ES BUENA OPICIÓN OPTAR POR LA MODALIDAD 40
¿Quién le ha dicho eso? 🙁
Puede optar en la M-40 en cualquier momento siempre y cuando cumpla con los requisitos de ley
Muchas gracias por sus atenciones.
Considerando lo que establece la ley del imss respecto a la edad para pensionarse (60-65 años), sería legal que la autoridad modifique lo que está establecido en la propia ley, fijando nuevas edades por ejemplo 67-72 años? Sería factible que lo hiciera? Lo pregunto por que si esto ocurre estando aportando bajo la modalidad 40 pudieran no ser efectivas las aportaciones efectuadas si uno tiene por ejemplo 55 años cuando empieza en esta modalidad. Lo que pasa es que se dice que esto pudiera ocurrir, usted lo cree factible?
Si sale del Congreso de la Unión vía ley, sería legal.
50% de factibilidad
De venir nuevas leyes no modifican lo establecido en la Ley 73 que será por la que usted se pensionará
Ver el siguiente enlace
Gracias por su respuesta. En su respuesta me puso al final el comentario «Ver el siguiente enlace», pero no aparece la liga (enlace). Ojalá me pudiera dar esa referencia. Gracias. Saludos.
enlace 1
enlace 2
Buenas tardes, tengo 58 años y tengo cotizado los ultimos 25 años en el IMSS pero con salario un poco mas del minimo. Actualmente sigo trabajando y sigo cotizando en el IMSS.
La duda que tengo es: me tengo de dar de baja en el Imss para aplicar la modalidad 40 ?
la modalidad 40 cubre servicios medicos?
A mi edad todavia puedo aplicar?
Muchas Gracias
MOD-40 REQUIERE NO ESTAR COTIZANDO
NO CUBRE NI ENFERMEDADES NI ACCIDENTES
Buenos días si pago M40 en forma retroactiva (baja 2013) y pago 4 años el salario mínimo tope máximo sería el de 80.04? O sea actual en 2017, lleno requisitos y para una asesoría más personalizada cuales son las bases, esperando su respuesta le doy las gracias.
YA NO SE PAGA EN SALARIOS MINIMOS AHORA SE PAGA EN UMAS $75.49 CADA UNA
Si desea nuestra asesoría puede escribir a nuestro consultorio a través el siguiente email de contacto (leer las instrucciones previamente):
email de contacto
Buen día.
Una consulta: En Noviembre de este año cumplo 60 años, tengo aportaciones desde 1984, pero dejé de cotizar al IMSS en el año 2000, que fué mi ultima aportación. Si ahora me inscribiera por mi cuenta, el promedio de salario lo calculan de los ultimos 5 años, por ejemplo si fuera: 2013 $0.00, 2014 $0.00, 2015 $0.00, 2016 $0.00, 2017 $10,000. El promedio es $2,000? O me toman solo el ultimo año cotizado, en el caso del ejemplo, $10,000?
Gracias de antemano.
TOMAN LOS SALAROS CON QUE COTIZO EN LAS ULTIMAS 250 SEMANAS QUE APORTO AL IMSS
Lecturas sugeridas:
MULTA
Quiero una asesoría personal a donde acudo o como los contacto
En Mérida, Yuc., contactarme primeramente a [email protected]
Me envia detalladamente su caso, lo reviso y si se requiere algo adicional se lo informo para que, el dia de la consulta sea muy agil y rápida por tener todos los datos y documentos necesarios
[…] Cubrir los requisitos indicados en la siguiente liga https://miretiroypension.com/2016/02/continuacion-voluntaria-modalidad-40-procedimiento-para-contrata… […]
Buenas noches, mi padre ayer cumplió 59 años, desde hace 3 años ya no cotiza en el IMSS.
Mi duda es cuánto tiempo tiene que hacer su aportación voluntaria para M40 si ya se quiere pensionar dentro de un año?
CUANTO MAS TIEMPO LO HAGA Y CON EL MAYOR SALARIO DE COTIZACION SIEMPRE SERA MEJOR
PARA UNA ASESORIA PERSONALIZADA NECESITO MAS DETALLES; PUEDE ESCRIBIR A [email protected]
Quizás pueda interesarle el siguiente enlace:
¿ENGAÑO DEL SAR?
TENGO 717 SEMANAS COTIZADAS , TENGO 57 DE EDAD, ACTUALMENTE DESEMPLEADO
PUEDO APORTAR PARA COTIZAR SEMANAS QUE DEJE DE COTIZAR EN PERIODOS PASADOS? ESTUVE DESEMPLEADO EN ALGUNOS PERIODOS Y ESTUVE EN GOBIERNO 5 ANIOS EN QUE NO COTICE AL IMSS , PUEDO APORTAR LO DE ESTE PERIODO PARA ALCANZAR MEJOR PENSION?
AGRADECERIA SUS COMENTARIOS
Todo depende de cuanto tiempo tenga sin cotizar pero, los periodos no cotizados previos a su ultima incorporación al IMSS no son recuperables ya; para asesoría a detalle necesitamos datos adicionales; puede contactarnos a [email protected]
Buenas tardes. Empece cotizando (pagando) en febrero de 2013 en Modalidad 40, el ultimo pago que hice fue en febrero de este año(2018), quiero iniciar el tramite de pensión después del 21 de marzo, cuando ya tenga 62 año seis mes y días(nací el 21/09/1955) para que se tome edad de 63..es correcto esto? y cuando es recomendable y de que manera debo de darme de baja de la modalidad 40.
Agradezco de antemano su respuesta
Luis Felipe Quinteros
Es correcto
Para asesoría en la baja de m40 hay que seguir formalidades administrativas
Para asesoría para el tramite puede escribir a [email protected]
Enlace
Soy de Veracruz, radicó en Tijuana,BC es recomendable hacer mi trámite de la modalidad 40 aquí o en Veracruz.
Donde le sea más cómodo
Disfruta de todo el material en video de Mi Retiro y Pensión en Youtube, suscríbete ingresando en el siguiente enlace:
VIDEOS
como hacer el escritolibre para la modalidad 40 ??
Hola Blanca, tenemos disponible el escrito libre y el formato oficial así como orientación para integrar el expediente de alta o reingreso a Mod-40; puedes escribirnos a [email protected].
Para obtener un descuento en el honorario por asesoría e integración del expediente de Mod-40, favor de suscribirte al canal de Mi Retiro y Pensión en YouTube (es gratuito), en la siguiente liga:
https://www.youtube.com/channel/UCc-SdrGknAqVgtXlD308zIg
Hecha la suscripción, YouTube nos envía aviso y en automático se libera tu respuesta, no obstante ello, favor de enviarnos aviso de confirmación.
Lucy
Disculpe, tengo dos dudas, realice 3 años de pago en modo modalidad 40 y ahora deseo pensionarme pero me han tardado mucho el papeleo, me podria apoyas con las siguientes dudas:
1.- Ya fui a la subdelegación para efectuar mi baja de la modalidad 40 desde el 01 de Febrero de 2019 y al día de hoy aún no me dan mi confirmación espero la prox. semana ya esté, ¿es normal tarde tanto? ¿mi baja la tomarían desde el 01 de febrero o hasta que me den su confirmación?
2.- Una vez me entreguen mi baja y real ‘¿Cuanto tiempo más estimado pasara para que me paguen mi pensión? entiendo deberé ir después a mi UMF para realizar el tramite de pension.
Gracias,
1.- No es normal
2.- 4 a 6 semanas
Para asesoría en via de consulta escribirnos a [email protected]
Los comentarios están cerrados.