IMSS Continuación Voluntaria: procedimiento para contratarla

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Para contratar la Continuación Voluntaria, también llamada Modalidad 40, el trabajador debe de acudir a la subdelegación del IMSS que le corresponda, ventanilla 7, Seguros Especiales y presentar:

1) Comprobante de domicilio

2) CURP

3) Documento que contenga NSS

4) Identificación oficial,

5) Un USB en blanco (4 MB)

6) Llenar la solicitud que le proporcionan en el Instituto, y

7) Formato AFIL-02 vigente

8) Escrito libre solicitando la incorporación

En el área de Seguros Especiales le preguntarán con qué salario desea darse de alta en la Modalidad 40.

Para ello, determine previamente cuál será el salario mensual con que contratará M-40, luego determine el importe mensual a pagar.

Para determinar el importe mensual a pagar al contratar la Continuación Voluntaria o Modalidad 40, multiplique el monto mensual por 10.075%.

El tope máximo a contratar en la Modalidad 40 es de hasta 25 veces el valor diario de la UMA.

Una vez que se han llenado y firmado los formatos necesarios para la documentación de su petición, le darán el USB para que pase al banco que le indicará el Instituto y acuda a efectuar su primer pago.

En el banco pase primero con un funcionario para que le imprima el formato de pago, luego a ventanilla, pague y obtenga el comprobante correspondiente.

Antes de retirarse del banco revise el formato en el cual debe de aparecer los datos generarles y valide muy cuidadosamente que su NSS sea el correcto; más vale hacerlo.

Con el comprobante de pago que le entregue el banco regrese de nuevo a la subdelegación y lo muestra en la ventanilla en la que le dieron el USB; cotejarán el pago y le entregarán una serie de recordatorios de pago por lo que resta del año.

Entre el día 11 y 17 de cada mes, debe de efectuar el pago en el banco y conservar los comprobantes correspondientes pues el Instituto, podrá pedírselos a futuro.

En enero del siguiente año, debe de acudir en los primeros diez días hábiles a la subdelegación y solicitar los recordatorios de pago para el año vigente; a esta visita, acuda con los comprobantes de pago del año anterior.

La Continuación Voluntaria o Modalidad 40 es para muchos trabajadores, una excelente opción para mejorar el promedio del salario base de cotización.

Con esta medida, hecha en las últimas doscientas cincuenta semanas previas al trámite de su pensión, por Ley 1973, podrá obtener la pensión que usted anhela.

Muy importante:

1) Si por algún imprevisto se le pasa la fecha de pago, antes de acudir al banco debe de ir a la subdelegación para que le actualicen el pago pues siempre se paga a valor presente.

2) Guarde por siempre los comprobantes de pago y todo documento que para la contratación o renovación se genere.

3) En la siguiente liga le comento qué hacer si por dos meses deja de pagar.

https://miretiroypension.com/2013/03/continuacion-voluntaria-modalidad-40/

Recuerde que:

a) Todos los datos contenidos en este y cualquier otro artículo son datos informativos, por lo que siempre es mejor asesorarse antes de hacer cualquier trámite, por aquello de las dudas.

b) La Continuación Voluntaria opera tanto para asegurados del IMSS como del ISSSTE; para este último consulte el artículo titulado Continuación Voluntaria Issste.

c) Al suscribir la Continuación Voluntaria o Modalidad 40 con el IMSS cotizará para los seguros de Invalidez y Vida, y el de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y que separadamente podrá contratar el Seguro de Salud para la Familia.

d) En el caso del Issste podrá contratar también los mismos seguros, excepto el de Riesgos del Trabajo

Si después de leer este artículo requiere contactarnos, para atención a través de email, personal (en Mérida, Yuc.), y a todo el país a través de teléfono o Skype, ubique los medios de contacto en este link

110 COMENTARIOS

  1. Que tanto me ayudara pagar mod.40 en los ultimos 5 años antes de solicitar la pension correspondiente, o seria dinero regalado al imms
    es real o es un mito?

  2. Buen dia, antes que nada mi agradecimiento por su labor y disposición para tocar estos temas detalladamente. Tengo la siguiente inquietud al respecto. Que tanto podrá ser el impacto o cuales serian los cambios al plan de M40 si por al alguna razón hubiera cambios que la OCDE propone modificar a los beneficios a los trabajadores en transición? (Ley 73) . Aun no cuento con la M40 pero estoy en proceso y analisís de integrarme a mis 55 años actualmente. gracias y saludos.

    • Gracias por sus palabras; no es posible dimensionar una respuesta que sea congruente y responsable en virtud de que no se conoce hasta hoy, las disposiciones de ley esto porque no hay ley; no es posible, además ni conveniente, vertir un dato de algo que en Ley aun no está regulado o quizas, ni se regule; lo único que si se puede anticipara en que EN MATERIA DE PENSIONES, LO MEJOR NUNCA ESTARA POR VENIR

  3. TENGO 55 AÑOS Y MAS DE 32 AÑOS DE COTIZAR EN EL IMSS MIS SEMANAS COTIZADAS REBASALAS 1250 SOLICITADAS, LOS ULTIMOS 5 AÑOS MI COTIZACION FUE LA MAS ALTA, ACTUALMENTE ESTOY SIN TRABAJO
    LA PREGUNTA ES TENDRIA QUE SEGURI APORTANDO BAJO LA MODALIDAD M40 O PUEDO SOLO ESPERAR ALCANZAR LA EDAD DE 60 AÑOS PARA PENSIONARME
    GRACIAS POR SU RESPUESTA

  4. tengo 59 años sigo laborando pero ya no cotizo tengo mas de 10 años de no cotizar cre, que sea posible que entre a modalida 40 se que tengo 420 semanas para poder pensionarme necesito 80 mas cre, que se pueda ser, gracias

  5. BUENAS TARDES, TENGO 55 AÑOS, PERO HACE 3 AÑOS QUE DEJE DE TRABAJAR, SI QUIERO REGISTRARME EN LA MODALIDAD 40 TENGO QUE PAGAR AL IMSS LO DE LOS TRES AÑOS PASADOS?

  6. mil gracias por el apoyo que brindan. mi padre dejo de cotizar algunos años al no tener trabajo, por ejemplo en una empresa duraba 11 años cotizando y al dejar la empresa dejaba de cotizar 5 años, esto se repitió en varias ocasiones, en los últimos 8 años consecutivos ha estado cotizando y tiene los 65 años cumplidos, tiene mas de 1200 semanas, el no cotizar constantemente le perjudica para pensionarse?

  7. Hola tengo 46 años y 943 semanas cotizadas con un salario diario base de $1030 pesos. Perdí mi empleo hace 2 meses, ahora me contratan con el salario minimo $78 pesos. ¿puedo acceder a la modalidad 40 y aportar al IMSS por mi cuenta? ¿de cuanto sería mi aportación mensual para mantener mi salario diario de $1030? Gracias desde ya.

  8. buenas noches tengo una duda sobre los seguros que se mencionan estos se pagan aparte, se pagan por meses o todo junto, o van junto con las aportaciones.
    les agradesco de antemano su atenciòn mil gracias.

  9. Leí su articulo y agradezco el detalle con que fue realizado pues fue tal cual describe la realización del tramite, ahora tengo una duda y quisiera me ayude con su comentario al respecto: estoy cotizando desde hace ya un año en la modalidad M-40 pero me han hecho comentarios recientemente que han modificado por ley el limite máximo de pensión que otorgara el IMSS al momento que yo realice el tramite, tengo 59 años y estoy pagando el máximo de 25 veces el salario mínimo, me conviene seguir aportando esa cantidad pues según dicen redujeron el tope de pensión que otorgara el imss?

  10. Tengo 50 años , estuve asegurada hace 8 años y solo cotice 3 meses, ahora tengo un negocio y estoy en hacienda en el régimen de incorporación fiscal y me voy a dar de alta en el imss aprovechando las facilidades que están dando, esto me servirá para una pensión más adelante? O que puedo hacer ?
    Espero su respuesta, gracias

  11. Buenas tardes Lic.si no ago convenio en la modalidad 33 ecuando me pensióne tengo derecho al servicio de salud estoy actualmente en la modalidad 40 le agradezco su apoyo y orientación muchas gracias

  12. Buenas tardes Lic .mi pregunta es estoy en la modalidad 40 pero no en modalidad 33 dentro de 10 meses pienso pensionarme en ese momento tengo derecho a la atención de salud en la clínica del IMSS gracias por su apoyo y orientación saludos

  13. tengo 594 semanas cotizadas estoy dado de alta desde 1984 de forma interrumpida, me reactivarme por 13 meses y nuevamente me acaban de dar de baja hace 4 días tengo 56 años, y me voy a inscribir a la modalidad 40 con el tope del salario máximo. me es conveniente para efectos de mi pensión si pago durante otros 5 años y como cuanto recibiría de pensiòn.

  14. Que tal, actualmente se han hecho modificaciones en la M40? El tope de salarios sigue siendo de 25? gracias

  15. Lic muchas gracias por su orientación y apoyo que me dio y que da a toda la gente que lo a consultado lo felicito saludos

  16. Buenos días.
    muchas gracias anticipadas por la labor de información a la gentes sobre estos temas que se vuelven relevantes conforme uno cumple años.
    la pregunta es, como saber cuanto aumenta mi pension si entro a la modalidad 40, ya que acudi a la subdelegación a pedir informes y estan las tablas de cuanto puedo pagar pero no dice cuanto puedo obtener de pensión, y el calculo solo lo hacen si ya te vas a inscribir al sistema.
    al menos eso me dijeron.
    saludos

  17. Tengo 44 años y quiero retirarme a los 55 años tengo desde los 17 años de edad cotisando al seguro social y ya rebasó las semanas que pide el IMSS ya me combiene mi retiro tengo 4 salarios minimos gracias y buenas tardes.

  18. Hola q tal tengo una duda yo tengo 38 años, y en mi ultimo empleo ganaba el salario minimo y deseo incorporarme a la modalidad 40 cuanto tendría que pagar al mes? para seguir acumulando cotizaciones para cuando tenga 60 años ? en la publicacion dice el 10% del salario mensual ( no me queda muy claro) ya que entiendo que al momento de registrarse con un monto ya no se puede modificar posteriormente. Gracias por el apoyo y tiempo.

  19. Hola buenas noches una pregunta tengo 56 años en septiembre 2015 deje de trabajar y me voy a inscribir en modalidad 40 del régimen 1973
    Mi pregunta es que me conviene pagar a partir del día do hoy con tope o retroactivo a la fecha que deje de trabajar y si es esta Porque?
    De antemano muchas gracias por su información

  20. Tengo 42 años, empece a trabajar en 1995 pero si me quedara sin empleo que beneficios puedo obtener si me inscribo a continuación 40? independientemente que ya no labore porque tal vez por la edad sea mas difícil encontrar empleo.

  21. Hola Lic. Gutérrez. Una pregunta. Estando inscrito en la modalidad 40 también aplica seis meses un día después de cumplir 60 años, se considera el siguiente año ( o porcentaje ) en el cálculo de la pension? o solo cuando tenemos una relación patronal. Saludos y gracias.

  22. Hola, bonito día, gracias x despejar dudas 🙂 mi duda es la siguiente: para cotizar en esta modalidad 40 tengo inscribirme antes de 5 años con 52 semanas cotizadas,,,, deje de cotizar hace 3 años (trabajé 7 años seguidos), si vuelvo a cotizar en una empresa pero si trabajo sólo 6 meses y renunció puedo inscribirme en la modalidad 40 aunque no tenga las 52 semanas de mi último patrón? Tendría 52 semanas juntando las de mis dos últimos trabajos con diferencia de 3 años sin cotizar, pero no rebasa los 5 años,, ,,, gracias

  23. Hola, llevo pagando ocho meses en modalidad 40, he preguntado en mi subdelegación del IMSS si puedo incrementar el número de salarios base de cotización a 25 y me han dicho que si, pero bajo cierto procedimento: dejar de pagar dos meses seguidos, solicitar el incremento y pagar los dos meses que dejé de hacerlo ahora con los 25 salarios y seguir pagando ya hasta completar las 252 semanas. tengo 54 años, mi pregunta…es esto posible?, no se prestará esto a algún malentendido?.

  24. Hola . Yo me inscribí a la modalidad 40 el 30 de octubre 2016 ,pero no lo pague así que tengo que calcularlo extemporaneo en el programa SUA pero cuál registro patronal pongo sino tengo patrón. Otra pregunta es que deseo pagar los 4 años anteriores de retroactivo, que tramite debo realizar . Gracias por su atención.

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