Para contratar la Continuación Voluntaria, también llamada Modalidad 40, el trabajador debe de acudir a la subdelegación del IMSS que le corresponda, ventanilla 7, Seguros Especiales y presentar:
1) Comprobante de domicilio
2) CURP
3) Documento que contenga NSS
4) Identificación oficial,
5) Un USB en blanco (4 MB)
6) Llenar la solicitud que le proporcionan en el Instituto, y
7) Formato AFIL-02 vigente
8) Escrito libre solicitando la incorporación
En el área de Seguros Especiales le preguntarán con qué salario desea darse de alta en la Modalidad 40.
Para ello, determine previamente cuál será el salario mensual con que contratará M-40, luego determine el importe mensual a pagar.
Para determinar el importe mensual a pagar al contratar la Continuación Voluntaria o Modalidad 40, multiplique el monto mensual por 10.075%.
El tope máximo a contratar en la Modalidad 40 es de hasta 25 veces el valor diario de la UMA.
Una vez que se han llenado y firmado los formatos necesarios para la documentación de su petición, le darán el USB para que pase al banco que le indicará el Instituto y acuda a efectuar su primer pago.
En el banco pase primero con un funcionario para que le imprima el formato de pago, luego a ventanilla, pague y obtenga el comprobante correspondiente.
Antes de retirarse del banco revise el formato en el cual debe de aparecer los datos generarles y valide muy cuidadosamente que su NSS sea el correcto; más vale hacerlo.
Con el comprobante de pago que le entregue el banco regrese de nuevo a la subdelegación y lo muestra en la ventanilla en la que le dieron el USB; cotejarán el pago y le entregarán una serie de recordatorios de pago por lo que resta del año.
Entre el día 11 y 17 de cada mes, debe de efectuar el pago en el banco y conservar los comprobantes correspondientes pues el Instituto, podrá pedírselos a futuro.
En enero del siguiente año, debe de acudir en los primeros diez días hábiles a la subdelegación y solicitar los recordatorios de pago para el año vigente; a esta visita, acuda con los comprobantes de pago del año anterior.
La Continuación Voluntaria o Modalidad 40 es para muchos trabajadores, una excelente opción para mejorar el promedio del salario base de cotización.
Con esta medida, hecha en las últimas doscientas cincuenta semanas previas al trámite de su pensión, por Ley 1973, podrá obtener la pensión que usted anhela.
Muy importante:
1) Si por algún imprevisto se le pasa la fecha de pago, antes de acudir al banco debe de ir a la subdelegación para que le actualicen el pago pues siempre se paga a valor presente.
2) Guarde por siempre los comprobantes de pago y todo documento que para la contratación o renovación se genere.
3) En la siguiente liga le comento qué hacer si por dos meses deja de pagar.
https://miretiroypension.com/2013/03/continuacion-voluntaria-modalidad-40/
Recuerde que:
a) Todos los datos contenidos en este y cualquier otro artículo son datos informativos, por lo que siempre es mejor asesorarse antes de hacer cualquier trámite, por aquello de las dudas.
b) La Continuación Voluntaria opera tanto para asegurados del IMSS como del ISSSTE; para este último consulte el artículo titulado Continuación Voluntaria Issste.
c) Al suscribir la Continuación Voluntaria o Modalidad 40 con el IMSS cotizará para los seguros de Invalidez y Vida, y el de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y que separadamente podrá contratar el Seguro de Salud para la Familia.
d) En el caso del Issste podrá contratar también los mismos seguros, excepto el de Riesgos del Trabajo
Si después de leer este artículo requiere contactarnos, para atención a través de email, personal (en Mérida, Yuc.), y a todo el país a través de teléfono o Skype, ubique los medios de contacto en este link.
[…] Continuación Voluntaria o Modalidad 40 procedimiento para contratarla […]
Que tanto me ayudara pagar mod.40 en los ultimos 5 años antes de solicitar la pension correspondiente, o seria dinero regalado al imms
es real o es un mito?
Tanto como tan alto sea su aportación… para poderlo precisar más nuestra respuesta puede escribir a [email protected].
Buenas tardes, tengo 54 años, afiliado al imss desde 1980, tengo 1600 Cotizaciones aproximadamente, sigo cotizando pues sigo elaborando, qué me recomienda…
Seguir laborando y cotizando siempre será lo mejor; quizás sea conveniente revisar cuanto recibirá de pensión y si en sus manos está mejorarla pues cuanto mejor, ¿verdad?… Para asesoría particularizada; obtenga datos en la siguiente liga:
leer
Fui dada de baja el 03/03/2014 con 646 semanas reconocidas en que me beneficia o a que tengo derecho si solicito continuación voluntaria?
LE BENEFICIA EN MUCHO PUES TENDRA UNA MEJOR PENSION
Para asesoría precisa necesito datos complementarios; puede escribir a [email protected]
Buen dia, antes que nada mi agradecimiento por su labor y disposición para tocar estos temas detalladamente. Tengo la siguiente inquietud al respecto. Que tanto podrá ser el impacto o cuales serian los cambios al plan de M40 si por al alguna razón hubiera cambios que la OCDE propone modificar a los beneficios a los trabajadores en transición? (Ley 73) . Aun no cuento con la M40 pero estoy en proceso y analisís de integrarme a mis 55 años actualmente. gracias y saludos.
Gracias por sus palabras; no es posible dimensionar una respuesta que sea congruente y responsable en virtud de que no se conoce hasta hoy, las disposiciones de ley esto porque no hay ley; no es posible, además ni conveniente, vertir un dato de algo que en Ley aun no está regulado o quizas, ni se regule; lo único que si se puede anticipara en que EN MATERIA DE PENSIONES, LO MEJOR NUNCA ESTARA POR VENIR
TENGO 55 AÑOS Y MAS DE 32 AÑOS DE COTIZAR EN EL IMSS MIS SEMANAS COTIZADAS REBASALAS 1250 SOLICITADAS, LOS ULTIMOS 5 AÑOS MI COTIZACION FUE LA MAS ALTA, ACTUALMENTE ESTOY SIN TRABAJO
LA PREGUNTA ES TENDRIA QUE SEGURI APORTANDO BAJO LA MODALIDAD M40 O PUEDO SOLO ESPERAR ALCANZAR LA EDAD DE 60 AÑOS PARA PENSIONARME
GRACIAS POR SU RESPUESTA
sugiero continuar cotizando en M-40 para que no baje su pension; para asesoria complementaria puede escribir a [email protected], pues se requiere de valorar información adicional.
tengo 59 años sigo laborando pero ya no cotizo tengo mas de 10 años de no cotizar cre, que sea posible que entre a modalida 40 se que tengo 420 semanas para poder pensionarme necesito 80 mas cre, que se pueda ser, gracias
No aplica Mod-40; necesita cotizar por medio de patron
BUENAS TARDES, TENGO 55 AÑOS, PERO HACE 3 AÑOS QUE DEJE DE TRABAJAR, SI QUIERO REGISTRARME EN LA MODALIDAD 40 TENGO QUE PAGAR AL IMSS LO DE LOS TRES AÑOS PASADOS?
Si usted así lo desea si, si no no, aunque si le conviene hacerlo…
mil gracias por el apoyo que brindan. mi padre dejo de cotizar algunos años al no tener trabajo, por ejemplo en una empresa duraba 11 años cotizando y al dejar la empresa dejaba de cotizar 5 años, esto se repitió en varias ocasiones, en los últimos 8 años consecutivos ha estado cotizando y tiene los 65 años cumplidos, tiene mas de 1200 semanas, el no cotizar constantemente le perjudica para pensionarse?
No propiamente aunque lo ideal es que siempre hubiere cotizado pues le hubiere ido mejor; quizás una estimación de pension le despeje el panorama; leer lo siguiente:
leer
Hola tengo 46 años y 943 semanas cotizadas con un salario diario base de $1030 pesos. Perdí mi empleo hace 2 meses, ahora me contratan con el salario minimo $78 pesos. ¿puedo acceder a la modalidad 40 y aportar al IMSS por mi cuenta? ¿de cuanto sería mi aportación mensual para mantener mi salario diario de $1030? Gracias desde ya.
No es posible estar dado de alta al IMSS y aportarn en M-40, o una u otra pero no las dos
buenas noches tengo una duda sobre los seguros que se mencionan estos se pagan aparte, se pagan por meses o todo junto, o van junto con las aportaciones.
les agradesco de antemano su atenciòn mil gracias.
No nos queda clara su pregutna; reenviarla y ser mas detallada la pregunta
Leí su articulo y agradezco el detalle con que fue realizado pues fue tal cual describe la realización del tramite, ahora tengo una duda y quisiera me ayude con su comentario al respecto: estoy cotizando desde hace ya un año en la modalidad M-40 pero me han hecho comentarios recientemente que han modificado por ley el limite máximo de pensión que otorgara el IMSS al momento que yo realice el tramite, tengo 59 años y estoy pagando el máximo de 25 veces el salario mínimo, me conviene seguir aportando esa cantidad pues según dicen redujeron el tope de pensión que otorgara el imss?
De momento no hay cambio alguno
estoy en el regimen m40 en los ultimos 5 años en la actualidad, llevo 18 meses pagandolo, mi pregunta es puedo comprar semanas en este regimen, le agradesco su informacion.
Las semanas no estan a la venta ni se compran, solo se cotiza y se genera el derecho a acumular semanas; para mayores detalles puede contactarme a través de la siguiente liga, siga las indicaciones en la palabra leer
leer
Tengo 50 años , estuve asegurada hace 8 años y solo cotice 3 meses, ahora tengo un negocio y estoy en hacienda en el régimen de incorporación fiscal y me voy a dar de alta en el imss aprovechando las facilidades que están dando, esto me servirá para una pensión más adelante? O que puedo hacer ?
Espero su respuesta, gracias
Es correcto, le servirá y obtendrá la pension que le corresponda una vez cubierto los requisitos de ley
Buenas tardes Lic.si no ago convenio en la modalidad 33 ecuando me pensióne tengo derecho al servicio de salud estoy actualmente en la modalidad 40 le agradezco su apoyo y orientación muchas gracias
Buenas tardes Lic .mi pregunta es estoy en la modalidad 40 pero no en modalidad 33 dentro de 10 meses pienso pensionarme en ese momento tengo derecho a la atención de salud en la clínica del IMSS gracias por su apoyo y orientación saludos
A PARTIR DE QUE SE PENIONE TENDRA DERECHO A ATENCION MEDICA
tengo 594 semanas cotizadas estoy dado de alta desde 1984 de forma interrumpida, me reactivarme por 13 meses y nuevamente me acaban de dar de baja hace 4 días tengo 56 años, y me voy a inscribir a la modalidad 40 con el tope del salario máximo. me es conveniente para efectos de mi pensión si pago durante otros 5 años y como cuanto recibiría de pensiòn.
Para hacer el cálculo de la pensión a recibir necesito datos adicionales; para contactarme ingrese en la siguiente liga en la palabra leer
leer
Que tal, actualmente se han hecho modificaciones en la M40? El tope de salarios sigue siendo de 25? gracias
Ninguna modificación
Lic muchas gracias por su orientación y apoyo que me dio y que da a toda la gente que lo a consultado lo felicito saludos
Buenos días.
muchas gracias anticipadas por la labor de información a la gentes sobre estos temas que se vuelven relevantes conforme uno cumple años.
la pregunta es, como saber cuanto aumenta mi pension si entro a la modalidad 40, ya que acudi a la subdelegación a pedir informes y estan las tablas de cuanto puedo pagar pero no dice cuanto puedo obtener de pensión, y el calculo solo lo hacen si ya te vas a inscribir al sistema.
al menos eso me dijeron.
saludos
Para su pregunta es necesario hacer una proyeccion de pension; para mayores datos, puede escribir al consultorio de [email protected]; al contactarnos, me expresa cuanto dinero puede pagar al mes al contratar la M-40
Tengo 44 años y quiero retirarme a los 55 años tengo desde los 17 años de edad cotisando al seguro social y ya rebasó las semanas que pide el IMSS ya me combiene mi retiro tengo 4 salarios minimos gracias y buenas tardes.
Lo felicitamos por tan productiva vida laboral; sin embargo, no podrá retirarse a la edad deseada…
Y enla modalidad 40 es conbeniente o hasta que edad.
Hola q tal tengo una duda yo tengo 38 años, y en mi ultimo empleo ganaba el salario minimo y deseo incorporarme a la modalidad 40 cuanto tendría que pagar al mes? para seguir acumulando cotizaciones para cuando tenga 60 años ? en la publicacion dice el 10% del salario mensual ( no me queda muy claro) ya que entiendo que al momento de registrarse con un monto ya no se puede modificar posteriormente. Gracias por el apoyo y tiempo.
Por la cantidad que acuerde con el IMSS usted pagará el 10.075% y si se puede cambiar a futuro
Para asesoría especifica escriba a [email protected]; se le atenderá en via de consulta
para mas datos ingrese en la siguiente palabra leer
Hola buenas noches una pregunta tengo 56 años en septiembre 2015 deje de trabajar y me voy a inscribir en modalidad 40 del régimen 1973
Mi pregunta es que me conviene pagar a partir del día do hoy con tope o retroactivo a la fecha que deje de trabajar y si es esta Porque?
De antemano muchas gracias por su información
Cualquiera de las dos formas serían buenas pero lo mejor es una valoracion numerica para que pueda observar ventajas y beneficios
Para asesoría a detalle son necesarios datos adicionales; puede escribir a [email protected]
Tengo 42 años, empece a trabajar en 1995 pero si me quedara sin empleo que beneficios puedo obtener si me inscribo a continuación 40? independientemente que ya no labore porque tal vez por la edad sea mas difícil encontrar empleo.
Beneficio: continua acumulando semanas de cotización y continua protegido por el seguro de invalidez y vida.
Para una opinión mas precisa puede escribir a [email protected] pues necesitamos revisar datos y registros
Hola Lic. Gutérrez. Una pregunta. Estando inscrito en la modalidad 40 también aplica seis meses un día después de cumplir 60 años, se considera el siguiente año ( o porcentaje ) en el cálculo de la pension? o solo cuando tenemos una relación patronal. Saludos y gracias.
Es correcto, aplica igual, pero no sea tan literal, que sean 6 meses mas 15 días por lo menos
Hola, bonito día, gracias x despejar dudas 🙂 mi duda es la siguiente: para cotizar en esta modalidad 40 tengo inscribirme antes de 5 años con 52 semanas cotizadas,,,, deje de cotizar hace 3 años (trabajé 7 años seguidos), si vuelvo a cotizar en una empresa pero si trabajo sólo 6 meses y renunció puedo inscribirme en la modalidad 40 aunque no tenga las 52 semanas de mi último patrón? Tendría 52 semanas juntando las de mis dos últimos trabajos con diferencia de 3 años sin cotizar, pero no rebasa los 5 años,, ,,, gracias
Siempre deberá de cumplirse la regla: 52 semanas cotizadas en los ultimos 5, previos a la baja
Contácteme a través de [email protected], son necesarios datos adicionales en caso de requerir asesoría complementaria.
Hola, llevo pagando ocho meses en modalidad 40, he preguntado en mi subdelegación del IMSS si puedo incrementar el número de salarios base de cotización a 25 y me han dicho que si, pero bajo cierto procedimento: dejar de pagar dos meses seguidos, solicitar el incremento y pagar los dos meses que dejé de hacerlo ahora con los 25 salarios y seguir pagando ya hasta completar las 252 semanas. tengo 54 años, mi pregunta…es esto posible?, no se prestará esto a algún malentendido?.
Hola . Yo me inscribí a la modalidad 40 el 30 de octubre 2016 ,pero no lo pague así que tengo que calcularlo extemporaneo en el programa SUA pero cuál registro patronal pongo sino tengo patrón. Otra pregunta es que deseo pagar los 4 años anteriores de retroactivo, que tramite debo realizar . Gracias por su atención.
ACUDA AL SEGUROS ESPECIALES SUBDELEGACION PARAQUE LE RECALCULEN EL PAGO
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