Issste: Continuación Voluntaria

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issste trabajadoresAl igual que quienes cotizan al IMSS, los trabajadores en activo que causen baja del régimen obligatorio del Issste, tienen derecho a la continuación voluntaria, previsto en el artículo 200 de la Ley.

La Ley del Issste, artículo 200 establece que “el trabajador que deje de prestar sus servicios en alguna Dependencia o Entidad y no tenga la calidad de pensionado, podrá solicitar la continuación voluntaria en todos o alguno de los seguros del régimen obligatorio, con excepción del seguro de riesgos del trabajo y, al efecto, cubrirá íntegramente las cuotas y aportaciones que correspondan conforme a lo dispuesto por el régimen financiero de los seguros en que desee continuar voluntariamente”.

Especifica además que “las cuotas y aportaciones se ajustarán anualmente de acuerdo con los cambios relativos que sufra el sueldo básico en la categoría que tenía el interesado en el puesto que hubiere ocupado en su último empleo”, y “para el caso del seguro de salud se requerirá que el Trabajador acredite haber laborado, cuando menos, cinco años en alguna Dependencia o Entidad incorporada al Instituto”, y que “el pago de las cuotas y aportaciones se hará por bimestre o anualidades anticipados”.

La continuación voluntaria deberá de solicitarse por escrito, dentro de los sesenta días siguientes al de la baja del empleo y ésta se dará por terminada por declaración expresa del interesado; dejar de pagar las cuotas y aportaciones en los plazos a que se refiere la Ley, o por ingresar nuevamente al régimen obligatorio de esta Ley.

La continuación voluntaria aplica tanto para trabajadores cuyas futuras pensiones se regulen por el artículo 10º Transitorio, como para trabajadores que cotizan al amparo del régimen de cuentas individuales.

Así, los trabajadores que causen baja del régimen obligatorio del Issste, podrán continuar cotizando voluntariamente en los seguros de Invalidez y Vida (IV), y de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV).

El seguro de IV, brinda protección para el caso de un estado de invalidez no atribuible a un riesgo de trabajo; el de RCV permite continuar acumulando años de servicio y ahorro para la futura pensión pues como dijo el indio, “entre más seguro más marrao”.

Para realizar el trámite se debe de acudir a la delegación del Issste que te corresponda, presentar solicitud en el departamento de Afiliación y Prestaciones Económicas, ahí te entregarán por duplicado, el formato con el cálculo del importe a pagar.

Si eres un trabajador que estás en el 10º Transitorio canjea uno de los formatos en el área de Tesorería del Instituto, por la línea de captura y realiza los pagos en el banco que te indiquen.

Si tu régimen de pensión es por cuentas individuales, realiza una aportación voluntaria en la Afore que lleve tu cuenta individual por el importe que te indiquen en el Issste, luego, presenta el comprobante bancario en el Departamento de Afiliación y Prestaciones Económicas de la delegación del Issste y ahí te entregarán la constancia de alta en la continuación voluntaria.

El trámite lo podrás hacer también en línea, ingresando a la siguiente liga http://www.gob.mx/cntse-rfts/tramite/ficha/53a44d6989c0b26a30001ce9.

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284 COMENTARIOS

  1. Lic. Cotizê 10 años a Issemyn y tengo ya 10 años al Issste.puedo sumar estas aportaciones para mi jubilaciòn por edad?tengo 59 años.gracias

  2. hace un año deje de cotizar al issste ¿ya no lo podría hacer en forma voluntaria?, de ser el caso que pasará con mis aportaciones si estoy desempleado

    • NO, YA LE VENCIO EL PLAZO PARA CONTRATAR CV
      SUS APORTACIONES AHI ESTAN ESPERANDO A QUE LAS CONTINUE ACRECENTANDO PARA CUANDO SE PENSIONE
      PUEDE RETIRAR POR DESEMPLEO PERO NO ES LO MAS SENSATO

          • Mi papa se esta jubilando por concepto 40, le dijeron que tenia 60 días para meter solicitud de cuota voluntaria al issste, pero al llegar con la solicitud le dijeron que el solo tiene derecho a salud, porque el seguro IV no tenia derecho. se supone que el tiene issste asta los 60 días, y después tiene que meter solicitud de cuota voluntaria, le bajaron 2 mil pesos por reivindicarse, mas el bimestre, y dicen que tiene 15 días al final de cada bimestre para pagar el seguro de salud o se lo cancelan y no es recuperable. la cosa es que renuncio partir de febrero y no le han dado la hoja baja, hasta cuando le empezaran a pagar? que ya se cumplen 2 meses y que se podría hacer para agilizar el tramite?

          • No entiendo su pregunta, la redacción está muy reborujada y no me permite estructurar una respuesta precisa; con gusto le comparto mi opinion pero sugiero reenviar su pregunta mas detallada y ordenadamente descrita.

          • De los 3 seguros que dice esta pagina a mi papa le dijeron que solo tiene derecho al de salud. Era maestro estatal con issste, esta en proceso de Jubilación
            Existe un plazo de 60 días para meter un escrito, apartir de la renuncia, pidiendo que le cobran el seguro de salud (NO ES GRATIS)
            Y a el le dijeron que todos los demás seguros los perdió al renunciar. ¿Es esto cierto?
            El me esta preguntando que es el concepto 40, ya que el se retiro bajo eso.
            Existe alguna pagina o un manual del que me pueda auxiliar, ya que estoy leyendo Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y no encuentro el concepto 40.
            Le agradecería mucho si me mandara un link en donde apoyarme, a el le dijeron que iba a firmar su renuncia, y hasta que le dieran la Hoja de baja, el tendría que hacer todos los tramites, sea recuperar seguros, y meter papeles para que le paguen, mes a mes su Jubilaron.
            La cosa es que en las oficinas ya esta todo hecho, falta que un secretario la firme, pero, no le a dado la gana firmarlo y así hasido desde hace 2 meses. Ya que toda la información que tenemos son cosas que dice el vecino o el sindicato, o en la oficina un o otro lado, a mi me gustaría, tener información oficial, con sustento legal, para entender, como funciona el tramite y si hay forma que a mi papa le paguen (porque tiene 2 meses sin cobrar)

  3. Buenas tardes, hace 9 años mi padre dejo de cotizar en el ISSSTE por un problema legal con la institución en la que estaba trabajando. Ahora cumplió 58 años y esta próximo a jubilarse, la modalidad que el tenia es por décimo transitorio pero no alcanzo a trabajar los 30 años de servicio, solo lo hizo por 20 años de servicio y se iría con el 65% de pensión. En este caso, el podría pagar por medio de aportaciones voluntarias para aumentar su porcentaje?

  4. BUEN DIA LIC. GUTIERREZ:
    RETIRÉ TOTAL DE FONDOS IMSS-AFORE EN BASE A NEGATIVA DE PENSIÓN.
    ME INCONFORME POR ESCRITO OBJETANDO SEMANAS COTIZADAS QUE NO RECONOCIAN, Y DESPUÉS DE 1/2 AÑO, RESPONDEN Y ACEPTAN 416 SEMANAS.
    HOY DIA, COMPLETE 503 SEMANAS (LEY 73) MEDIANTE MODALIDAD 40, PERO AL ENTREGAR MIS DOCUMENTOS ME ACLARAN EN MI CLINICA, QUE NO DEBI RETIRAR LOS RECURSOS Y POR TAL MOTIVO SEGURAMENTE ME NEGARÁN LA PENSIÓN.
    SERÍA POSIBLE QUE YO DEVUELVA DICHOS RECURSOS AL IMSS PARA QUE SE ME OTORGUEN LA PENSIÓN, O ES SUFICIENTE LO QUE SE ACUMULÓ EN LOS AFORES DURANTE LOS PAGOS QUE REALICE DE LA MODALIDAD 40? (JUNIO/2015 a ENERO/2017 con salario mínimo)
    AGRADEZCO DE ANTEMANO SUS VALIOSOS COMENTARIOS.

  5. quiero saber como hacer aportaciones voluntarias para poder una pension adecuada cuando me retire.
    estoy contratado bajo el nuevo régimen.

    y como podemos beneficiarnos con la alternativa a modalidad 40 del imss en el propósito de tener una pension adecuada a necesidades de un viejo.

  6. Buenas tardes, tengo 28 años cotizando al ISSSTE, pero hace un año y medio me quedé sin trabajo, y ya no continué en el seguro voluntario, estaba leyendo que son 6 meses los que se tienen para poder continuar en el régimen voluntario, quisiera saber que tengo que hacer para poder jubilarme, es decir si puedo ahorita inscribirme al régimen voluntario, o si tengo que volver a trabajar en una institución que cotice al ISSSTE o bien si puedo trabajar en alguna empresa privada que cotice al IMSS y completar con eso los años de servicio para acceder a una pension. muchas gracias

  7. Puedo pagar aportaciones atrazadas al Issste? si sufri un cambio de nomina, de la 4 a la 1, para obtener una pension por parte de este Instituto?

  8. cotize durante 25 años de servicio hubo retiros yo no sabia que podia seguir cotizando ya voy a cumplir 4 meses de la baja puedo seguir cotizando

  9. si tuve dos permisos sin goce de sueldo en distintos periodos uno por un año y otro por dos años, puedo pagar en éste momento al issste las cotizaciones de esos años?

  10. Buenas tardes, le comento que estoy por renunciar en mi trabajo por así convenir a mis intereses llevo 22 años de servicio y deseo continuar aportando para mi jubilación, la pregunta es si esto es posible.

    Saludos.

  11. Buenas tardes, le comento que estoy por renunciar en mi trabajo por así convenir a mis intereses llevo 22 años de servicio y deseo continuar aportando para mi jubilación, la pregunta es si esto es posible, cotizo en el ISSSTE

  12. Agradezco mucho su respuesta y aprovecho para preguntarle si es necesario algún documento de baja por parte de la dependencia donde trabajo para hacer el tramite para la continuación voluntaria en el ISSSTE o simplemente al comprobar que ya no estoy dado de alta se puede hacer el trámite? saludos.

      • Para orientación, asesoría en vía de consulta favor de enviarnos, amplia y detalladamente descrito tu caso al email: [email protected]

        Don Jaime lo revisa y te informará si algo adicional hace falta, así como el honorario que aplica y los medios de depósito; di que nos viste en este canal para que te hagamos un descuento en el honorario por tu consulta.

        Favor de leer el artículo publicado en https://miretiroypension.com

        Recuerda que cada martes, a las 21:00 hrs., tiempo del centro, videochat con don Jaime en persona.

        Expone un tema y luego responderá todas las preguntas.

        Atte, Lucy, asistente

  13. Hola soy Javier trabaje en la UNAM y cotice la ISSSTE durante 11 años me dio Esclerosis Multiple Recurrente y Epilepcia no e podico encontrar trabajo formal por mis condicion, esto desde el 2012 pero no me an quitado el servicio en el ISSSTE, y quiero seguir cotizando ¿que tengo que hace ó ya no puedo?

  14. Disculpe una pregunta mas, si demando en lugar de renunciar, aun así tengo derecho a la continuación voluntaria después de mis 22 años de servicio y de cotizar al ISSSTE por el décimo transitorio, saludos.

  15. Cotice 15 años al ISSSTE y tres año en el IMSS, los ultimos años fueron para el ISSSTE, renuncie al trabajo y presente datos para el decimo transitorio, pague un año mas los servicios tres conceptos, debido a la situación insegura de un ingreso estable deje de pagar dichos tres conceptos…

    mi pregunta consiste en lo siguiente:

    Debido a que ya califique para apegarme al decimo transtorio y seguir pagando por mi cuenta los tres conceptos, pero me atrase en los pagos (un año y medio), existe alguna manera que pueda el ISSSTE o FOVISSSTE, recepcionar esos pagos, porque te dan un formulario de pago para hacerlo en una inst. bancaria, sin embargo me dijeron que ya no se podia debido al retraso..

  16. BUENA TARDE, COTIZO EN EL ISSSTE Y LLEVO 30 AÑOS TRABAJANDO DESDE SEPTIEMBRE DE 1986, ESTOY EN EL DECIMO TRANSITORIO Y AL PARECER NO ME PUEDO PENSIONAR HASTA CUMPLIR 58 AÑOS DE EDAD YA QUE SOY DE MAYO DE 1967, TENGO 4 PREGUNTAS, 1.- EN 2016 Y 2017 SEGUN LA TABLA PIDEN 54 AÑOS DE EDAD, PUEDO PENSIONARME CUANDO CUMPLA 54 O DEBO ESPERAR A CUMPLIR CON LA TABLA EN 2025?? PREGUNTA 2.- EXISTE ALGUNA MANERA DE AUMENTAR MI POSIBLE PENSION MEDIANTE APORTACIONES VOLUNTARIAS O SOLO PUEDE ESTAR BASADO EN MI ULTIMO SUELDO AL MOMENTO DE RETIRARME DEL TRABAJO Y LO QUE DA DE CUOTAS MI EMPLEADOR? PREGUNTA 3.- SI ME RETIRO O DESPIDEN O LO QUE SEA, PUEDO SEGUIR CON APORTACIONES VOLUNTARIAS QUE IGUAL ME DEN UNA MAYOR CANTIDAD DE PENSION CUANDO TENGA DERECHO A ELLA?? PREGUNTA 4.- SI AHORITA ME RETIRO DEL TRABAJO Y TENGO DERECHO A UNA PENSION DE 11 MIL PESOS EN EL 2025 QUE YA CUMPLA CON LA TABLA DE EDAD SOLO PODRE COBRAR 11 MIL PESOS DE PENSION O COMO SE AJUSTA LA CANTIDAD QUE RECIBIRIA???

  17. Buena tarde. tengo 27 años 6 meses de servicio y cotización al ISSSTE, por cumplir 58 años de edad, y en régimen de pensión por cuentas individuales. Consulte con PENSIONISTE y me indican que si es posible ya retirarme, con pensión mínima; por lo que estoy por iniciar los tramites para obtener dicha pensión. pero tengo algunas dudas: 1.- puedo solicitar licencia prepensionaria?, 2.- si no tengo ya, hijos menores de edad y soy viuda, en caso de yo fallecer que pasa con los recursos de mi cuenta? , 3.- puedo dejar esos recursos a mis hijos?
    de antemano gracias por la atención

    • Si está por cuentas individuales no puede pensionarse antes de cumplir 60 años de edad; que no la malinformen; no a la licencia prepensionaria; al no haber beneficiarios la pension será mayor.
      Para una orientacion mas precisa necesito mayores datos; puede escribirme a través del siguiente enlace
      email de contacto

  18. Si me apego ala continuación voluntaria por el décimo transitorio del ISSSTE, sigo generando antigüedad, saludos.

  19. Hola buenas tardes! He cotizado al sistema por más de 13 años, actualmente me encuentro en una licencia sindical sin goce de sueldo, dio inicio en enero de 2017, puedo aun realizar el pago para reactiva mi seguro de salud o se reactivará hasta que regrese a trabajar?

  20. buen dia, renuncie a la sep el 15 de agosto del 2015, pero no han notificado mi baja al issste, claro que ya no hay aportaciones, puedo seguir aportando, labore 19 años 09 meses y 15 dias y tengo actualmente 46 años de edad, para buscar pension en lo posterior mi cel de contacto 235-103-97-31

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