Issste: Continuación Voluntaria

284
22051

issste trabajadoresAl igual que quienes cotizan al IMSS, los trabajadores en activo que causen baja del régimen obligatorio del Issste, tienen derecho a la continuación voluntaria, previsto en el artículo 200 de la Ley.

La Ley del Issste, artículo 200 establece que “el trabajador que deje de prestar sus servicios en alguna Dependencia o Entidad y no tenga la calidad de pensionado, podrá solicitar la continuación voluntaria en todos o alguno de los seguros del régimen obligatorio, con excepción del seguro de riesgos del trabajo y, al efecto, cubrirá íntegramente las cuotas y aportaciones que correspondan conforme a lo dispuesto por el régimen financiero de los seguros en que desee continuar voluntariamente”.

Especifica además que “las cuotas y aportaciones se ajustarán anualmente de acuerdo con los cambios relativos que sufra el sueldo básico en la categoría que tenía el interesado en el puesto que hubiere ocupado en su último empleo”, y “para el caso del seguro de salud se requerirá que el Trabajador acredite haber laborado, cuando menos, cinco años en alguna Dependencia o Entidad incorporada al Instituto”, y que “el pago de las cuotas y aportaciones se hará por bimestre o anualidades anticipados”.

La continuación voluntaria deberá de solicitarse por escrito, dentro de los sesenta días siguientes al de la baja del empleo y ésta se dará por terminada por declaración expresa del interesado; dejar de pagar las cuotas y aportaciones en los plazos a que se refiere la Ley, o por ingresar nuevamente al régimen obligatorio de esta Ley.

La continuación voluntaria aplica tanto para trabajadores cuyas futuras pensiones se regulen por el artículo 10º Transitorio, como para trabajadores que cotizan al amparo del régimen de cuentas individuales.

Así, los trabajadores que causen baja del régimen obligatorio del Issste, podrán continuar cotizando voluntariamente en los seguros de Invalidez y Vida (IV), y de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV).

El seguro de IV, brinda protección para el caso de un estado de invalidez no atribuible a un riesgo de trabajo; el de RCV permite continuar acumulando años de servicio y ahorro para la futura pensión pues como dijo el indio, “entre más seguro más marrao”.

Para realizar el trámite se debe de acudir a la delegación del Issste que te corresponda, presentar solicitud en el departamento de Afiliación y Prestaciones Económicas, ahí te entregarán por duplicado, el formato con el cálculo del importe a pagar.

Si eres un trabajador que estás en el 10º Transitorio canjea uno de los formatos en el área de Tesorería del Instituto, por la línea de captura y realiza los pagos en el banco que te indiquen.

Si tu régimen de pensión es por cuentas individuales, realiza una aportación voluntaria en la Afore que lleve tu cuenta individual por el importe que te indiquen en el Issste, luego, presenta el comprobante bancario en el Departamento de Afiliación y Prestaciones Económicas de la delegación del Issste y ahí te entregarán la constancia de alta en la continuación voluntaria.

El trámite lo podrás hacer también en línea, ingresando a la siguiente liga http://www.gob.mx/cntse-rfts/tramite/ficha/53a44d6989c0b26a30001ce9.

Si después de leer nuestro artículo requiere contactarnos, en la parte inferior hay un espacio para recibir sus dudas e inquietudes.  Si es asesoría o consulta lo que requiere, indíquelo así, para decirle cómo contactarnos, pero antes, lea nuestro Aviso de Confidencialidad en: https://miretiroypension.com/2014/10/aviso-de-confidencialidad/

284 COMENTARIOS

  1. No fui asesorado adecuadamente en el caso de mi pronta jubilación y retiro; de hecho tal pareciera que en ese año de la promoción de cuentas individuales, querían que el trabajador se enganchara en la nueva ley. no nos informaron que solo pagarían una pensión siempre y cuando hayas ahorrado y tengas los suficientes fondos y si no, pues a recibir una pensión que no cumple con la expectativa de vivir hoy por hoy.Tampoco, que recibiria un 35% o 40% menos que el décimo transitorio.
    Yo quisiera saber si puedo hacer retroceso al cambio de régimen pensionario, si puedo demandar y ante quien aparte, que probabilidades hay de salir con un triunfo? yo quisiera una respuesta a mi correo lo cual agradecere infinitamente

  2. Tengo 58 años tengo 950 semanas cotizadas en el imss deje de trabajar de 1988 al 2014 en el imss me dijeron que trabajara un año para que me pagaran el imss y se activara y asi podet adquirir la modalidad 40 Cuando pasara ese año asi lo hice ahorita tengo 7 meses pagando 5,450.00 mensuales quiero recibir una pension digna soy sola cuantos años tengo que pagar para lograrlo. Cree que lo pueda lograr estoy haciendo lo correcto en mexico no tenemos seguridad ..cree que esto es seguro? Estoy arriesgando .mis ahorros por favor aconsejeme de antemano GRACIAS.
    .

  3. Buenas noches. Le agradezco su atención.
    Deseo que me aclare mis dudas: Soy trabajador activo del ISSSTE desde 1993, 23 años de servicio y 45 años de edad. Puedo solicitar mi jubilación por retiro voluntario en estas condiciones?
    Y por otra parte, tengo semanas cotizadas por parte del IMSS. Puedo entrar a un trabajo por un año para activar mi cuenta y pueder cotizar después a la modalidad 40? O en automático se unifican mis cuentas. Y de ser asi podría seguir trabajando para el ISSSTE y enviar mi cuenta de esta a la del IMSS y seguir cotizando por la modalidad 40?
    Gracias por el tiempo y gracias por aclarar las dudas de todos nosotros.

  4. Buen dia, le agradezco mucho su atencion. Soy trabajadora activa del issste desde 1988 tengo 27 años 6 meses trabajando, puedo solicitar mi pension y a que tengo derecho. Gracias.

  5. Hola, buenas noches. Agradezco su atención:
    Me dieron de alta al IMSS por primera vez en Febrero de 1975 .
    Tengo 60 años cumplidos.
    Actualmente trabajo para una empresa y tengo 350 semanas comprobables de cotización al IMSS, pero 138 son de Continuación Voluntaria Modalidad 40.
    Entiendo que la Ley dice que se requieren 500 semanas cotizadas para poderme jubilar.
    La pregunta es si todas las semanas deben de ser de actividad laboral o si se tomarán en cuenta las de la Modalidad 40 para completar.
    ¿Si pierdo mi trabajo y vuelvo a inscribirme en la modalidad 40 me arriezgo a Obtener una Negativa de Pensión?

  6. Tengo reconocidos 14 años de cotizar para el ISSTE (CONAGUA) deje de trabajar en 2008. El día de hoy estoy cubriendo una plaza de CONAGUA de base por 15 dias. Ademas de cotizar actualmente para el IMSS 1000 semanas. Estoy en el decimo transitorio
    Puedo juntar mis semanas cotizadas IMSS ISSSTE para una mayor pension?
    o me puedo pensionar por ambas instituciones?
    Por su atención
    Gracias

  7. Soy trabajador activo de ISSSTE, llevo 6 años laborando, soltero, sí tengo la intención de salirme de mi actual trabajo por hostigamiento laboral, pero antes quisiera dar de alta a mis ascendentes, madre y abuela, y posteriormente tramitar este seguro voluntario con el ISSSTE, y dar mis aportaciones voluntarias, ya estando fuera, ellas al igual quedarían cubiertas con el seguro médico por parte del ISSSTE, ó como procede en este caso, agradezco su respuesta.

  8. Hola yo cotice de marzo de 2006 – 2013, no tuve quien me asesorara, veo que después de mi baja eran 6 meses para continuar pagando mi aportación voluntaria, mi pregunta es, si liquidara las semanas restantes de 2014, 2015 a la fecha, podría contratar de nuevo mi pension? o ya no? Agradeceré infinitamente su respuesta.

  9. Tengo 26 años de servicio y 50 de edad, pienso trabajar por mi cuenta. Puedo continuar con mis aportaciones y así no afectará mi jubilación?? y en cuanto tiempo lo lograría, estoye en el 10o. transitorio. De antemano Gracias por la ayuda.

  10. asesoria.

    Tengo reconocidos 16 años ante el Issste, trabaje por contratos del 2005 al 2009, mi pregunta es, ¿ puedo pagar las aportaciones que faltaron al issste, para que me sean reconocidos esos años y poder alcanzar un poco mas de pensión ?, y si es así como lo puedo hacer.

    Según el Issste me puedo pensionar el proximo año por años de servicio, ya que tengo años separado del sistema.

  11. Buenas tardes: soy trabajador activo y deseo ya retirarme, me haría el favor de asesorarme sobre los requisitos para retirar en una sola exhibición mi ahorro de cuentas individuales; tengo 16 años trabajando y 63 años de edad; y si hay algunas condiciones para realizarlo cuales serian.

    De antemano gracias por sus atenciones y si fuera posible me gustaría que su contestación fuera en mi correo electronico.

  12. Buena tarde Lic. yo empece a cotizar al issste en 1986 y deje de cotizar en 1988, posteriormente regrese a laborar en 1994, hasta la fecha, tengo 53 años. Mi pregunta es: puedo pagar las aportaciones del tiempo que deje de cotizar ( 1989-1993). Estoy en el régimen 10°transitorio

  13. Gracias de antemano, tengo casi 53 años (29/NOV/63) me falta un año para alcanzar la tabla del décimo transitorio, 31 años de servicio ininterrumpidos (1/Mar/85), régimen décimo transitorio, tengo problemas de salud (llevo dos quincenas que cobró la mitad), si causo baja (renuncio):
    Pierdo la pensión?
    Debo pagar continuación voluntaria si renuncio (puede ser únicamente la de cesantía)?.
    Dado que me están pagando la mitad, repercutiría en mi pensión considerando que la pensión es el promedio de los 12 últimos meses.

    Es posible hacerle una consulta personalizada, gracias nuevamente.

  14. TENGO UNA DUDA YO TRABAJE EN EL INEGI DE CELAYA GTO. Y EN CORREOS ME RETIRE PERO NO RETIRE LOS SEGUROS, HOY EN DIA DESEO SABER SI PUEDO SEGUIR APORTANDO VOLUNTARIAMENTE DURANTE CINCO AÑOS PARA LOGRAR UNA PENSION

  15. Buenos dias Lic.
    Llevo 25 años cotizando al ISSSTE en el regimen X transitorio y quisiera saber si renunciando a mi trabajo puedo hacer aportaciones en los próximos tres años que correspondan a los diez salarios mínimos.
    De antemano Gracias.

  16. Hola, cuánto tiempo toma hacer el trámite de continuación voluntaria, una vez ya puesta la renuncia.

  17. ¿Es posible hacer las aportaciones que por omisión no hace el ISSSTE de la Compensación, Tiempo extra y otros ingresos sumados al sueldo base, para que cuando me jubile se reconozcan estos ingresos y formen parte de la jubilación?

  18. Estaba trabajando en el INEGI, solo fueron 3 meses, puedo seguir pagando por mi cuenta para continuar vigente en el ISSSTE???

  19. Inicié el 01/Jun/1987 y estoy en el régimen décimo transitorio y quisiera saber si ¿Es posible hacer las aportaciones que por omisión no hace el ISSSTE de la Compensación, Tiempo extra y otros ingresos sumados al sueldo base, para que cuando me jubile se reconozcan estos ingresos y formen parte de la jubilación?, ya que el ISSSTE argumenta que estas prestaciones no forman parte del sueldo base.

  20. quisiera información yo trabaje del 2001 al 2009 en gobierno federal, estoy trabajando como FreeLance y ya no estoy cotizando al issste ahora bien tengo afore Banamex tengo 52 años los cumplo en enero, quisiera saber que tengo que hacer con respecto si tengo derecho a pensión? tengo que sacar mi dinero de afore no se que hacer por piedad ayúdeme no se que hacer nadie me asesoro jamás para lo de aportaciones voluntarias, solo por este medio le puedo encontrar? ayúdeme por favor

  21. Buenas Tardes Licenciado.
    Mi duda es: si causo baja despues de cotizar 6 años al ISSSTE y tramito la continuacion voluntaria, mis padres que ya estan dados de alta como mis dependientes, continuan teniendo los servicios medicos?

  22. Buenas tardes! Agradecería me indicaran, cuándo es el últimos día del mes de diciembre del 2016 (por la cuestión de las vacaciones decembrinasa), para realizar el pago de continuación voluntaria en la oficinas que me corresponde. Gracias.

  23. Buenas noches, laboro para la sep, pero me encuentro con una licencia sin goce de sueldo a partir del 16 de septiembre al 31 de octubre, quiero contratar la continuidad voluntaria de seguro del issste, asistí a la delegación pero me dijeron q aun no mandaban mi baja, y q los 60 días corrían apartir de mi ultimo pago que fue en octubre, ahora me dicen q ya me pase de los 60 días, puedo hacer algo? Aun me pase por 3 dias

  24. Buenas noches, laboro para la sep, pero me encuentro con una licencia sin goce de sueldo a partir del 16 de septiembre al 31 de diciembre, quiero contratar la continuidad voluntaria de seguro del issste, asistí a la delegación pero me dijeron q aun no mandaban mi baja, y q los 60 días corrían apartir de mi ultimo pago que fue el 16 octubre, ahora me dicen q ya me pase de los 60 días, puedo hacer algo? me pase por 3 dias

  25. Lic. Cotizê 10 años Issemyn y tengo 10 años cotizando al Issste. Quiero pedir la jubilaciõn por edad 59 años. Puedo sumar estas aportaciones.Muchas gracias

Los comentarios están cerrados.