Issste: Continuación Voluntaria

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issste trabajadoresAl igual que quienes cotizan al IMSS, los trabajadores en activo que causen baja del régimen obligatorio del Issste, tienen derecho a la continuación voluntaria, previsto en el artículo 200 de la Ley.

La Ley del Issste, artículo 200 establece que “el trabajador que deje de prestar sus servicios en alguna Dependencia o Entidad y no tenga la calidad de pensionado, podrá solicitar la continuación voluntaria en todos o alguno de los seguros del régimen obligatorio, con excepción del seguro de riesgos del trabajo y, al efecto, cubrirá íntegramente las cuotas y aportaciones que correspondan conforme a lo dispuesto por el régimen financiero de los seguros en que desee continuar voluntariamente”.

Especifica además que “las cuotas y aportaciones se ajustarán anualmente de acuerdo con los cambios relativos que sufra el sueldo básico en la categoría que tenía el interesado en el puesto que hubiere ocupado en su último empleo”, y “para el caso del seguro de salud se requerirá que el Trabajador acredite haber laborado, cuando menos, cinco años en alguna Dependencia o Entidad incorporada al Instituto”, y que “el pago de las cuotas y aportaciones se hará por bimestre o anualidades anticipados”.

La continuación voluntaria deberá de solicitarse por escrito, dentro de los sesenta días siguientes al de la baja del empleo y ésta se dará por terminada por declaración expresa del interesado; dejar de pagar las cuotas y aportaciones en los plazos a que se refiere la Ley, o por ingresar nuevamente al régimen obligatorio de esta Ley.

La continuación voluntaria aplica tanto para trabajadores cuyas futuras pensiones se regulen por el artículo 10º Transitorio, como para trabajadores que cotizan al amparo del régimen de cuentas individuales.

Así, los trabajadores que causen baja del régimen obligatorio del Issste, podrán continuar cotizando voluntariamente en los seguros de Invalidez y Vida (IV), y de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV).

El seguro de IV, brinda protección para el caso de un estado de invalidez no atribuible a un riesgo de trabajo; el de RCV permite continuar acumulando años de servicio y ahorro para la futura pensión pues como dijo el indio, “entre más seguro más marrao”.

Para realizar el trámite se debe de acudir a la delegación del Issste que te corresponda, presentar solicitud en el departamento de Afiliación y Prestaciones Económicas, ahí te entregarán por duplicado, el formato con el cálculo del importe a pagar.

Si eres un trabajador que estás en el 10º Transitorio canjea uno de los formatos en el área de Tesorería del Instituto, por la línea de captura y realiza los pagos en el banco que te indiquen.

Si tu régimen de pensión es por cuentas individuales, realiza una aportación voluntaria en la Afore que lleve tu cuenta individual por el importe que te indiquen en el Issste, luego, presenta el comprobante bancario en el Departamento de Afiliación y Prestaciones Económicas de la delegación del Issste y ahí te entregarán la constancia de alta en la continuación voluntaria.

El trámite lo podrás hacer también en línea, ingresando a la siguiente liga http://www.gob.mx/cntse-rfts/tramite/ficha/53a44d6989c0b26a30001ce9.

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284 COMENTARIOS

  1. Hola. Me despidieron injustificadamente y presenté una demanda. Pero me gustaría seguir pagando para cumplir los años y poder jubilarme, pues ya me faltan pocos. No obstante, en la oficinas del issste me dicen que necesito mi documento de baja, mismo que no tengo, pues en la institución no me dan nada, por la situación en la que estoy, incluso creo que ante el issste aparezco como activa. Se puede hacer algo?

  2. llevo 32 años cotizando al ISSSTE desde septiembre de 1986, me indicaron que aún no puedo recibir pensión por estar en el DECIMO TRANSITORIO, soy de 1967 y actualmente voy a cumplir 52 años de edad en Mayo de 2019,
    No existe ninguna manera legal para que no tenga que esperar hasta el 2025 y cumplir 58 años de edad para poder pensionarme??

    • Para orientación, asesoría en vía de consulta favor de enviarnos, amplia y detalladamente descrito tu caso al email: [email protected]

      Don Jaime lo revisa y te informará si algo adicional hace falta, así como el honorario que aplica y los medios de depósito; di que nos viste en este canal para que te hagamos un descuento en el honorario por tu consulta.

      Favor de leer el artículo publicado en https://miretiroypension.com

      Recuerda que cada martes, a las 21:00 hrs., tiempo del centro, videochat con don Jaime en persona.

      Atte, Lucy, asistente

  3. Hola!!! podre darme de alta en continuaciòn voluntaria em ISSSTE? Estube trabajando para USEBEQ con el DECIMO TRANSITORIO desde el 2001 a enero de 2015 que es cuando renuncie por cuestiones personales. pero me gustaria meter continuaciòn voluntaria, no sabia de que se podìa hacer hasta ahora, por eso es que estoy buscando informaciòn.Ppero no se si es aun posible

  4. Hola!!! podre darme de alta en continuaciòn voluntaria em ISSSTE? Estube trabajando para La SEP (usebeq) con el DECIMO TRANSITORIO desde el 2001 a enero de 2015 que es cuando renuncie por cuestiones personales. pero me gustaria meter continuaciòn voluntaria, no sabia de que se podìa hacer hasta ahora, por eso es que estoy buscando informaciòn.Ppero no se si es aun posible.

    o que otra opciòn podria haber para mi cotize por 13 años al issste y aun me siguen llegando mi estado de cuenta del SAR.
    ¿Habra alguna opciòn para mi?

  5. Hola buenas tardes, mi duda es la siguiente yo estube laborando un corto tiempo en lo del censo INEGI 2010 lo que fue mes y medio a lo cual me dieron de alta al ISSTE mi pregunta es la siguiente puedo yo seguir cotizando esto con el fin y requisito de tramites de pension.. que me recomienda, ya que fui dado de alta quisiera aprovechar si se puede y seguir aportando voluntariamente, actualmente tengo 61 años. gracias por su fina atencion espero su respuesta.

  6. PERDON EN MI COMENTRIO SE FUE ERRONEA LA FECHA FUE EN EL CENSO 2020, DE15 DE FEBRERO AL 31 DE MARZO DEL PRESENTE AÑO, ENTONCES MI DUDA ES SI PUEDO SEGUIR CON ESA COTIZACION YA QUE ESTOY EN TIEMPO Y FORMA PUES A TRANSCURRIDO 12 DIAS DESDE LA TERMINACION DE CONTRATO. AUNQUE NO SEA CON CONSULTAS MEDICAS, SOLO MERO TRAMITE PARA ACUMULAR COTIZACIONES.. SE PODRA? GRACIAS

  7. Debido a la actual contingencia de COVID-19 no como va a proceder el pago de la continuacion voluntaria de este mes. Puedo descargar los formatos e ir a lagar al banco me parece, pero las oficinas de la delegación del ISSSTE estan cerradas y por lo tanto no podria entregar mis comprobantes de este mes o los consiguientes, en síntesis ¿Me podrían orientar el como procededer? ¿Hago el procedimiento normal sin riesgo a que me den de baja o hay alguna opción para hacerlo totalmente en linea?
    Gracias por su atención…

  8. Si solicito licencia por artículo 43 puedo solicitar la continuación voluntaria…

  9. Buenas noches, tengo la siguiente pregunta: tengo 40 años y llevo 16 años cotizando al ISSSTE en el décimo transitorio, soy de confianza, si renuncio, pero pago los 20 años más de cotizaciones del régimen obligatorio…cuando cumpla 60 años tendría derecho a una pensión x jubilación?

  10. Hola cotice en ISSSTE po 13 años deje de trabajar en 2010, desconocía que tenía 60 días para incorporarme nuevamente de forma voluntariamente, es posible que lo pueda retomar o ya no se puede GRACIAS

  11. Buenas noches! demandé a la institución donde labore por despido injustificado en el 2000, la demanda la perdí en el 2012, tengo cotizados 15 años, quise pagar la continuación voluntaria, pero en el sistema del issste seguí dado de alta hasta que lo actualizaron en enero 2020 y aparece que estoy dado de baja en 2012. Nuevamente asistí para tramitar el pago de la continuación voluntaria, lo hice en tiempo y forma, pero me indicaron que ya se había pasado el tiempo, pues ahora aparece dado de baja desde el 2012. Comenté que no me lo aceptaron antes, por que aparecía activo en el sistema.
    Me indicaron que metiera un escrito para regularizar esos pagos, pero me pidieron de requisito la hoja de servicio de la institución en la que laboré, así como los últimos recibos de pago. La institución en la que laboré no me proporcionó ningún documento, por que perdieron mi archivo y ya no pude darle continuidad al trámite.
    Habrá algún recurso con el que se me pueda aceptar seguir pagando voluntariamente y reconocer los años cotizados? ya que no fue mi culpa la tardía actualización del sistema ni que hayan extraviado mi expediente.
    Mucho agradeceré su respuesta y si necesito su asesoría, le pido que por favor me indique cual es el costo de los honorarios de la misma.

    • pude solicitar su expediente a su oficina o a las oficinas generales en donde deberían tener su expediente a través del INAI (Instituto Nacional de Acceso a la Información). En el INAI le asesoran para que le den respuesta. Es obligación de la institución en la cual laboró entregarle los documentos que requiere de su expediente. (sólo están pretextando que los perdieron para complicar su trámite, pero tiene derechos, y en el INAI lo asesoran y respaldan) Que Dios lo acompañe y pueda liberar su trámite.

  12. Si me doy de baja y quiero pagar mis cuotas voluntarias para que al tiempo que me corresponda pueda obtener mi jubilación completa (es decir, sueldo base más compensación) en las oficinas donde tramite mi pago de cuotas voluntarias, ¿me determinarán la cuota que me corresponda para contar con mi jubilación completa? o bien, ¿sólo pago lo que me indiquen y al finalizar el tiempo es necesario demandar para que se me jubile con el salario más la compensación? Pertenezco al 10°Transitorio laborando desde 1999. De antemano, gracias por su respuesta.

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