¿Beneficiario(a) de un pensionado desaparecido? Cobre usted su pensión.

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, publica este día, en el Diario Oficial de la Federación, DECRETO por el que se adiciona un artículo 137 Bis a la Ley del Seguro Social.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO:

SE ADICIONA UN ARTÍCULO 137 BIS A LA LEY DEL SEGURO SOCIAL para quedar como a continuación se expresa:

Artículo 137 Bis. Si un pensionado desaparece de su domicilio por más de un mes sin que se tengan noticias de su paradero, sus beneficiarios con derecho a la pensión, disfrutarán de la misma en los términos de la sección del ramo de vida del seguro de invalidez y vida con carácter provisional, y previa la solicitud respectiva, bastando para ello que se compruebe el parentesco y la desaparición del pensionado, exhibiendo la denuncia presentada ante el Ministerio Público correspondiente.

Si posteriormente y en cualquier tiempo, el pensionado se presentase, tendrá derecho a disfrutar él mismo su pensión y a recibir las diferencias entre el importe original de la misma y aquél que hubiese sido entregado a sus beneficiarios, sin que en ningún caso pueda entenderse una obligación del Instituto respecto de aquellos importes que hubieran sido pagados a los beneficiarios.

Cuando se compruebe el fallecimiento del pensionado, la transmisión será definitiva.

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Para orientación y asesoría complementaria puede escribirnos a [email protected] y no olvide suscribirse y participar en los videochats en vivo que transmite el Lic. JG Melchor, los miércoles de cada semana, a las 21:00 hrs., a través del canal de Mi Retiro y Pensión que encontrará en YouTube.

1 COMENTARIO

  1. Mi mama es.pensionada por edad yo soy su beneficiario en caso de que ella fallezca se cancela la.pension o pasa al.beneficiario .
    Gracias saludos

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