Así perdió 230 semanas cotizadas

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Es el caso de una persona a la que llamaremos «Graciela» quien dejó de cotizar al IMSS, a mediados del año 2005; tenía apenas 252 semanas cotizadas.

Pero con el interés de recuperar vigencia y derecho a las semanas ya cotizadas, en 2016 hizo tratos con una persona que operaba una pequeña empresa y acordaron en dar de alta a «Graciela» en el IMSS, como si fuera su trabajadora, a cambio de que ella le pagara a esa persona, las cuotas y aportaciones de la carga social.

De esa forma, dieron inicio a una relación de trabajo, simulada, en la que «Graciela» se hacia pasar como empleada del presunto patrón.

El acuerdo se sostuvo durante cuatro años y medio y, en marzo pasado, «Graciela» renuncia a su «supuesto empleo” para darse de alta a en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, más conocido como modalidad 40, aportando topado a veinticinco UMA, cantidad máxima permitido por la ley.

Todo marchaba super bien hasta que uno de esos días le llega al patrón una visita de inspección, ordenada por el Seguro Social, en la que le piden información específicamente sobre la contratación de «Graciela»

En el oficio de inspección, el instituto le pide al presunto patrón que, en un plazo de cinco días hábiles, debería de poner a la vista del inspector, evidencias que comprobaran la relación de trabajo de «Graciela» con el presunto patrón, entre otra información le pidieron:

  • El contrato individual de trabajo
  • El registro de asistencia diaria
  • El expediente que de Graciela se tenía en Recursos Humanos
  • Evidencias del trabajo realizado por la presunta trabajadora
  • Recibos de nómina y pagos efectuados, timbrados por el SAT
  • Evidencias del pago de cuotas y aportaciones al instituto
  • Evidencias de pagos hechos al SAT por concepto de retenciones del impuesto sobre el producto de trabajo
  • Evidencias del pagos de impuestos estatales
  • Evidencias del pago a Infonavit

Desafortunadamente el presunto patrón no pudo entregarle al visitador ni uno solo de las evidencias solicitadas y días después, le llega el ramalazo tanto al presunto patrón, como a la presunta trabajadora.  

Al patrón, de momento no le han notificado la multa y capitales constitutivos, por el uso de los servicios médicos consumidos por «Graciela» quien acudió a consultas, recibió medicamentos y el consumo de otros servicios hechos en el instituto, aparentando ser trabajadora, cuando en realidad, nunca lo fue.

Por oficio le notifican a «Graciela» que se le desconocían:

  • Los cuatro años y medio de cotizaciones que acumuló, cuando “trabajó” para el presunto patrón y
  • Todas las cotizaciones que hizo a modalidad 40

¿Consecuencias que pago «Graciela»?

  • Desconocimiento de más de 230 semana cotizadas
  • Más de $48 mil pesos que usó para pagar modalidad 40 y que no podrá recuperar

¿Opciones para Graciela?

Volver a cotizar por medio de patrón, en una relación laboral legal o ingresar al programa Trabajador Independiente.

Y en el caso suyo ¿su relación de trabajo es legal o no lo es?