Afuera máscaras en el SAR

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Me voy a referir en este artículo, a tres detalles importantes dentro del Sistema de Ahorro para el Retiro; ellos son: los rendimientos, las comisiones y a la pensión por rentas vitalicias.

a) Rendimientos

Se dice la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (LSAR) que, “cuenta individual es aquélla de la que sea titular un trabajador en la que se depositan las cuotas obrero, patronales, estatales, y sus rendimientos, aportaciones a los fondos de vivienda y demás recursos que puedan ser aportados…”

Pero, las referidas cuentas individuales carecen, de un renglón que indique y registre separadamente, los famosos “rendimientos”.

El único lugar donde ello se ve, es en el estados de cuenta que las AFORE envían al domicilio o dirección electrónica de los trabajadores, cada cuatrimestre; le repito, es el único lugar donde se ven.

“Rendimiento”, es un término que se utiliza para indicar, la variación hacia arriba (rendimiento positivo o plusvalía), o hacia abajo (rendimiento negativo o minusvalía), del valor de las acciones que tiene un trabajador, comparado (ese valor), con el valor del día hábil o periodo anterior.

La referencia de valor de un día, comparado contra el valor del día hábil inmediato o periodo anterior es posible debido a que las SIEFORE, deben de valuar y reportar diariamente a la CONSAR, el valor de sus carteras de acciones.

Por ejemplo: hoy viernes, el valor de la acción cerró el día a $3.50 por cada una; pero el valor de esa misma acción al día anterior (jueves), cerró a $3.30; ello significa que la acción tuvo incremento (plusvalía), de $0.20; aunque puede también suceder lo contrario, es decir, que se hubiere presentado minusvalía.

Las SIEFORE son empresas constituidas y administradas por las AFORE, dedicadas única y exclusivamente a invertir el ahorro para el retiro que los trabajadores generan durante su vida laboral, para su pensión.

b) Comisiones

Hablando ahora de las comisiones que cobran las AFORE, establece la Ley que éstas podrán ser “por saldo y por cuota fija”.

La comisión por saldo (se expresa en porcentaje), nos la cobran las AFORE, cada día primero de mes, multiplicando el saldo ahorrado (sin incluir vivienda), por el porcentaje que tengan autorizado.

Para saber las AFORE cuanto tiene ahorrado al día primero de cada mes, multiplican el valor de la acción del día anterior, por el numero de acciones propiedad del trabajador; con ello, obtienen el saldo al día, el cual multiplican por la fracción de comisión que están autorizadas a cobrarnos y así sacan lo que nos cobrarán y, para recibir las AFORE ese importe, venden la cantidad de acciones que sean necesario para ello.

La comisión por cuota fija, aplica solo un trabajador le pide a la Afore, una copia de algún documento de su expediente o cuando hace ahorro voluntario, por un medio distinto a su patrón, otros más.

Así, la llamada comisión “por cuota fija”, no es tan fija como se expresa porque, su valor está expresado en UDIs, valor que cambia todos los días; luego entonces, ¿la cuota fija, es fija?

Por ejemplo, el valor de la UDI al 1/01/2016 fue de 5.382040; al día 2/01/2016, fue de 5.382906; ¿verdad que subió?

UDI al 1/03/2017, 5.688380; ¿verdad que volvió a subir?

Luego entonces, ¿dónde quedó la comisión por cuota fija?

c) Rentas Vitalicias

Es de cuestionarse también, el porqué, no se entera a los trabajadores, lisa, clara y llanamente, de cuánto dinero requiere ahorrar para que al retirarse, puedan aspirar a una digna pensión, contratada en la modalidad de Rentas Vitalicias.

Lo anterior viene al caso porque, aún y cuando la CONSAR tiene en su portal una “calculadora de pensión”, curiosamente se muestra la metodología para calcular una pensión de Retiros Programados, no en la modalidad de Rentas Vitalicias.

El cálculo de pensión que refiere la calculadora, está basado en el cumplimiento de “ciertos supuestos”, entre ellos: permanencia cotizando, nivel de salario del trabajador, rendimientos esperados de las inversiones, la no existencia de beneficiarios legales, en una comisión fija por los años que falten para pensionarse, que el ahorro voluntario realizado por el trabajador sea integrado a la pensión, y que la edad de retiro sea a los 65 años.

Por lo anterior y al hacer la proyección de una pensión, la calculadora muestra una pensión muy generosa, que no deja de ser una ilusión óptica.

El dato de la pensión a recibir por un Retiro Programado en nada ayuda a la planeación a largo plazo pues, cumplida la esperanza de vida, agotados o siendo insuficiente los recursos, se acabó la pensión y, de ahí en adelante, que Dios lo bendiga; ¿es entonces justo, que nos induzcan a prepararnos para recibir una pensión, que al paso de los años se agotará por completo?

Luego entonces, ¿a qué le tiramos con una pensión por Retiros Programados?

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