Su ahorro para el retiro sigue creciendio…

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En la siguiente liga encontrará el boletin de prensa publicado este día por la Consar informando sobre la actualización deñ Rendimiento Neto promedio en el Sistema de Ahorro para el Retiro, a 44 meses.

 http://www.consar.gob.mx/sala_prensa/pdf/boletines/2012/BP_25_2012.pdf

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11 COMENTARIOS

  1. <Estimado Sr. Gutierrez, tengo 68 años (Nací en 1944), soy pensionado del IMSS desde los 60 años de edad. Hace unos días me topé con una persona afuera de la unidad 58 del IMSS quien me ofreció el servicio de recuperacion de mi AFORE por medio de su despacho, a continuación le estoy enviando copia de lo que me dice esta persona en un correo: "lo que respecta a sar 92 y sar 97, no estan incluidos en los importes que conforman su pension y que respresentan los $79,568.90 que se le devolverian, por concepto de vivienda. (Yo tengo algunos documentos de los cuales les envié copia via correo y con ellos han podido investigar y valuar mis oportunidades).
    "Cabe mencionar que este importe, mientras no se culmine el proceso de recuperacion, seguiria causando rendimientos a su favor."
    "Tambien le menciono que por este proceso, el despacho cobra el 20% sobre esta cantidad, la cual esciende a $ 15,913.78 misma que no sufriria ningun cambio aun cuando su importe aumente a causa de los rendimientos que obtenga sobre el proceso."
    b.- El proceso tiene una duracion de 10a 12 meses debido a que la Suprema Corte de Justicia de la Nacion, ha establecido un procedimiento que no esta validando el infonavit por lo que esta institucion recurre al amparo y esto genera retrazos en el proceso. Efectivamente, yo le comente que la duracion del proceso era en ese lapso de 4 meses sin embargo, el despacho los abogados me corrigieron con esos argumentos, de ahi el comentario" .
    "El importe que le solicito (1000) como "gastos de ejecucion", no es otra cosa sino lo que se destina a los gastos que realizan los abogados, en el proceso de la recuperacion de sus recursos ante el INFONAVIT."
    f.- Lo que le quiero decir con que no sera necesaria su presencia es que, en ningun momento dentro del proceso, ud tendra que presentarse a ningun citatorio para desahogar algun tipo de prueba, ya que ud al firmar el contrato con el despacho COPSAR, este asume toda la responsabilidad para que en su representacion, se hagan todos los procedimientos a que tenga lugar y necesidad de asistir para recuperar sus recursos."
    "Efectivamente el pago de sus recursos seria en una sola exhibicion ya que el INFONAVIT en el cierre de cualquier caso y una vez determinado el laudo (sentencia), se le notificaria por mi conducto que su caso se gano y que ud recogeria el pago y hasta entonces, se cubririan los honorarios del despacho."

    Sr. Gutierrez, le pido aclare mis dudas, que son las siguientes:
    ¿Es recomendable recurrir a un despacho como éste para recuperar mi afore?. ¿Será confiable? ¿El servicio que me ofrecen vale los 15,913.78 que me cobrarían?. ¿Podría yo mismo encargarme de esos tramites, a pesar del AMPARO mencionado por el despacho?.
    Agradeceré sus consejos.
    Muchos saludos.

    Jose J. Curiel S.

    • hay muchos vacios de informacion que no me refiere tales como:

      1) fecha exacta en que obtuvo su pension
      2) tipo de pension que obtuvo (cesantia o vejez)

      Envieme de nuevo los datos arriba indicados para determinar priemramente si hay no no derecho a la solicitud de devolucion la cual podra hacer de manera personal sin gastar un solo centavo

      el recurso de amparo es ya inoperante (aunque válido) por virtud del decreto emitido el 12/enero/2012

      espero sus datos

  2. Sr. Gutierrez, presenté mi solicitud de pension al dia siguiente de mi cumpleaños 60, es decir al 19 de julio de 2004, por cesantia, y me fué otorgada el dia 07 de septiembre de 2004, según la resolución que obra en mi poder, firmada por la Sra. Gracia Yolanda Guerra Marquez, subdelegado.

  3. Sr. Gutierrez, ojalá me pudiera responder a mis preguntas. Ya le envié los datos que me solicitó.

    Gracias y saludos.

    José J. Curiel

    • Sr. Gutierrez, en lineas anteriores le respondí a sus preguntas, y aún espero su respuesta.
      Por favor, me puede responder ? o bien indicarme si ya no la hará para buscar otra fuente.

      Gracias, saludos y mis mejores deseos para 2013

      José de Jesús Curiel Sánchez

  4. Lic. Gutierrez., trabaje en FNM desde ene/1990 – nov/1998., actualmente radico en USA, y quisiera saber si puedo reclamar alguna cantidad de mi Afore, y del Infonavit., tengo 41 anos y estoy casado, 3 hijos…, tengo casi 15 anos sin trabajar en Mexico…. agradecere su fina atencion……

    • MUY DIFICILMENTE TENDRA CANTIDAD A SU FAVOR EN LA AFORE DADO QUE EL PRIMER PUNTO QUE DEBEMOS SABER ES SI USTED ABRIO CUENTA INDIVIDUAL EN ALGUNA AFORE; SI NO LO HIZO, LO QUE HUBIERE DE SAR 92, QUE DEBE SER UNOS CUANTOS PESOS, LOS PODRA PEDIR AL CUMPIR 65 AÑOS DE EDAD

      PERO SI ABRIO CUENTA INDIVIDUAL Y RECUPERO LOS RECURSOS DEL SAR 92 Y SU PATRON LE APORTO PARA VIVIENDA 97, TAMBIEN DEBEN SER UNOS CUANTOS PESOS MAS LOS QUE PODRA RETIRAR AL OBTENER DEL IMSS UNA RESOLUCION O NEGATIVA DE PENSION

  5. Sr. Gutierrez, le reenvío todos mis correos anteriores, espero su amable respuesta.
    Le agradeceré me indique si ya no me puede responder. Gracias.

    José J. Curiel Sánchez.

    José de Jesús Curiel Sánchez en 7 diciembre, 2012 en 3:04 dijo:
    <Estimado Sr. Gutierrez, tengo 68 años (Nací en 1944), soy pensionado del IMSS desde los 60 años de edad. Hace unos días me topé con una persona afuera de la unidad 58 del IMSS quien me ofreció el servicio de recuperacion de mi AFORE por medio de su despacho, a continuación le estoy enviando copia de lo que me dice esta persona en un correo: "lo que respecta a sar 92 y sar 97, no estan incluidos en los importes que conforman su pension y que respresentan los $79,568.90 que se le devolverian, por concepto de vivienda. (Yo tengo algunos documentos de los cuales les envié copia via correo y con ellos han podido investigar y valuar mis oportunidades).
    "Cabe mencionar que este importe, mientras no se culmine el proceso de recuperacion, seguiria causando rendimientos a su favor."
    "Tambien le menciono que por este proceso, el despacho cobra el 20% sobre esta cantidad, la cual esciende a $ 15,913.78 misma que no sufriria ningun cambio aun cuando su importe aumente a causa de los rendimientos que obtenga sobre el proceso."
    b.- El proceso tiene una duracion de 10a 12 meses debido a que la Suprema Corte de Justicia de la Nacion, ha establecido un procedimiento que no esta validando el infonavit por lo que esta institucion recurre al amparo y esto genera retrazos en el proceso. Efectivamente, yo le comente que la duracion del proceso era en ese lapso de 4 meses sin embargo, el despacho los abogados me corrigieron con esos argumentos, de ahi el comentario" .
    "El importe que le solicito (1000) como "gastos de ejecucion", no es otra cosa sino lo que se destina a los gastos que realizan los abogados, en el proceso de la recuperacion de sus recursos ante el INFONAVIT."
    f.- Lo que le quiero decir con que no sera necesaria su presencia es que, en ningun momento dentro del proceso, ud tendra que presentarse a ningun citatorio para desahogar algun tipo de prueba, ya que ud al firmar el contrato con el despacho COPSAR, este asume toda la responsabilidad para que en su representacion, se hagan todos los procedimientos a que tenga lugar y necesidad de asistir para recuperar sus recursos."
    "Efectivamente el pago de sus recursos seria en una sola exhibicion ya que el INFONAVIT en el cierre de cualquier caso y una vez determinado el laudo (sentencia), se le notificaria por mi conducto que su caso se gano y que ud recogeria el pago y hasta entonces, se cubririan los honorarios del despacho."
    Sr. Gutierrez, le pido aclare mis dudas, que son las siguientes:
    ¿Es recomendable recurrir a un despacho como éste para recuperar mi afore?. ¿Será confiable? ¿El servicio que me ofrecen vale los 15,913.78 que me cobrarían?. ¿Podría yo mismo encargarme de esos tramites, a pesar del AMPARO mencionado por el despacho?.
    Agradeceré sus consejos.
    Muchos saludos.
    Jose J. Curiel S.
    Responder ↓
    Jaime Gutérrez Melchoren 7 diciembre, 2012 en 13:51 dijo:
    hay muchos vacios de informacion que no me refiere tales como:
    1) fecha exacta en que obtuvo su pension
    2) tipo de pension que obtuvo (cesantia o vejez)
    Envieme de nuevo los datos arriba indicados para determinar priemramente si hay no no derecho a la solicitud de devolucion la cual podra hacer de manera personal sin gastar un solo centavo
    el recurso de amparo es ya inoperante (aunque válido) por virtud del decreto emitido el 12/enero/2012
    espero sus datos
    José de Jesús Curiel Sánchez en 8 diciembre, 2012 en 0:53 dijo:
    Sr. Gutierrez, presenté mi solicitud de pension al dia siguiente de mi cumpleaños 60, es decir al 19 de julio de 2004, por cesantia, y me fué otorgada el dia 07 de septiembre de 2004, según la resolución que obra en mi poder, firmada por la Sra. Gracia Yolanda Guerra Marquez, subdelegado.
    José de Jesús Curiel Sánchezen 1 enero, 2013 en 0:10 dijo:
    Sr. Gutierrez, en lineas anteriores le respondí a sus preguntas, y aún espero su respuesta.
    Por favor, me puede responder ? o bien indicarme si ya no la hará para buscar otra fuente.
    Gracias, saludos y mis mejores deseos para 2013
    José de Jesús Curiel Sánchez

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