$4,802.40 para Gastos de Funeral

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Reza el artículo 104 de la Ley del Seguro Social que cuando fallezca un pensionado o un asegurado que tenga reconocidas cuando menos doce cotizaciones semanales en los nueve meses anteriores al fallecimiento, el Instituto pagará a la persona preferentemente familiar del asegurado o del pensionado, que presente copia del acta de defunción y la cuenta original de los gastos de funeral, una ayuda por este concepto, consistente en dos meses del salario mínimo general que rija en el Distrito Federal a la fecha del fallecimiento que, a valores de este mes y año, asciende a la cantidad de $4,802.40.

Así es amigo lector, para tener derecho a la ayuda para gastos de funeral es necesario que al fallecimiento del trabajador o pensionado se tenga reconocidas un mínimo de doce cotizaciones semanales en el seguro de enfermedad y maternidad, en los nueve meses previos al fallecimiento.

Se exime del requisito anterior en caso de que el fallecimiento sobrevenga por un riesgo de trabajo; en caso de que el fallecido sea un pensionado, deberá estar vigente en sus derechos.

La solicitud correspondiente deberá presentarse en la oficina de Prestaciones Económicas en cualquier Unidad Médica, en días y horas hábiles para el Instituto, la que será acompañada de una identificación oficial con fotografía y firma, copia certificada del acta de defunción, factura por concepto de ataúd, cremación, embalsamamiento, equipo de velación, derechos del servicio de entierro o servicio de traslado y en general gastos por servicios funerarios o de velación, documento que contenga número de seguridad social del fallecido.

Si el fallecimiento sobrevino por un riesgo de trabajo se agregará, adicionalmente, copia simple del aviso para calificar probable riesgo ST-1 o ST-7, dictaminado por el Servicio de Salud en el Trabajo del Instituto; de todo, llévese dos copias fotostáticas, por aquello de las dudas.

La solicitud no procederá en caso de información incompleta, insuficiente o inconsistente.

Es recomendable que la persona que presenta la solicitud de gastos de funeral, todos los documentos de los gastos efectuados se encuentren a su nombre.

El tiempo de respuesta no será mayor a veintiocho días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud y presentación correcta de la documentación soporte.

Podrá efectuar el cobro dentro de los treinta días siguientes a recibir el volante, en la institución bancaria que el Instituto le indique, llevando consigo una identificación oficial.

El derecho a recibir la ayuda para gastos de funeral prescribe al año de haber ocurrido éste.

Fuente: http://www.imss.gob.mx/prestaciones/subsidiosayudas/Pages/ayuda_funeral.aspx

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224 COMENTARIOS

  1. Hola
    Mi papa trabajo por mas de 30 años para el IMSS. Fallecio en Febrero de este año estando pensionado. Mi hermana mayor se encargo de los tramites y nos hizo firmar un documento en el cual cediamos los derechos de cualquier bebeficio para que ella pudiera realizar los tramites sin necesidad de firmar TODOS cada vez que se realizara un tramite. Hace unos dias dijo que habia un ahorro y que mi papa habia designado que fuera a partes iguales entre mi madre (la viuda) y los hijos.
    Mi papa fallecio en Febrero y actualmente estamos en Agosto. Mi madre no ha recibido el pago de los gastos funerarios, no ha recibido la pension y tampoco lo que supuestamente habia en la caja de ahorros.
    Como podriamos revisar ese tramite nosotros?… Puede pedir mi madre informacion a pesar de ese poder notariado que mi hermana nos hizo firmar?… DONDE EN MEXICALI BC puedo pedir esa informacion?
    Gracias.

  2. Buen día,
    En el caso inverso no aplica ninguna ayuda? Por ejemplo Un trabajador asegurado, fallece su hijo de 2-3 años, el IMSS no da este mismo apoyo para el trabajador asegurado que perdió a su bebé?
    Gracias por su respuesta.

  3. Buenas tardes, mi papá falleció el 17 de dic 17 y no le recibieron la documentación a mi mamá ya que solicitan que todos los documentos oficiales lleven fecha de impresión posterior al fallecimiento, como nos quedamos sin nada no tenemos para pagar los documentos de jalón así que conforme vamos consiguiendo dinero vamos comprando. Apenas tenemos que juntar para la factura de gastos del funeral, embalsamamiento y demás, ya que tambien tendrá que solicitar su rfc y pagar casi mil pesos para que en la funeraria realizen la factura ya que solo teniamos la hoja que emite la funeraria. Me gustaría saber si tiene caso que pague este gran gasto o si por los días transcurridos sea más seguro que ya no nos den este apoyo.

  4. Hola mi papá fallecio el 11 de enero y al tramitar la ayuda funeraria nos dicen que por ser de modalidad 44( independiente, ya investigue) que no procede y segun yo tiene los 4 meses anteriores cotizando, porque no procede??? Gracias

  5. Buenas tardes licenciado mi pregunta es la siguiente mi papá falleció el 2 de febrero de 2018, y m dejo d «beneficiaria» en realidad no sé qué signifique o para q sirva, la verdad mi papá fayecio en otro hospital no en el seguro, y no c ha avisado d su defunción,yo no lo e hecho xq mi papá tenía 87 años y mi hermana era kien cobraba su pensión,la pregunta y mi temores q eya haya cobrado indebidamente la pensión y yo nga q pagar algo q yo no obtuve ni hice,m gustaría m asesorará para q esto no suceda mi hermana no m habla y no sé si está haciendo mal uso d la pensión,podrá d viene q documentos pode yevar para cancelar la supervivencia

    • Deben de avisar al IMSS de inmediato el fallecimiento de su papá y de entrada, ya están en un gran problema con el Instituto.

      Para orientación, asesoría y consulta puede escribir a [email protected]; pudiera necesitarse información complementaria.

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  6. Buenas tardes, para poder pedir el apoyo funerario del IMSS de una persona fallecida pensionada, se requiere que la factura este a nombre de la persona que pide dicho apoyo? Y que va a presentar los papeles necesarios para el tramite. Gracias

    • Es correcto y que el documento cumpla con los requisitos fiscales aplicables.
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  7. Hola!
    mi padre fallecio en diciembre de 2017, a la fecha no solicite la ayuda para gastos funerarios, aun puedo solicitarlo?

  8. Buen día que tal, me están ofreciendo cobrar la pensión de mi esposa fallecida aún y cuando ella no trabajaba al momento de fallecer ni tenía la edad ni las semanas cotizadas, inclusive por escrito ya me negó la pensión el IMSS y cobré el saldo de su Afore con la ley del 73.

    Me comenta ese abogado que no hay cobro de honorarios, y que ellos se cobran del retroactivo.

    Es posible esto?

    • Ya en proceso de atención vía consultorio

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      Expone: JG Melchor, Editor de Mi Retiro y Pensión
      Asesoría y consulta en: [email protected]

  9. Buena noche. Que tiempo tengo para poder cobrar los gastos funerarios. Mi papa falleció el 23 de Julio de este año. Y la ayuda de $4,802.40 es fija o tiene variación??. Ya fui al imss a verificar la documentación que me solicitan

  10. Buenas tardes mi padre falleció en junio de este año el era pensionado del IMSS, y no tuve ningún problema en la solicitud y el pago de la ayuda para gastos funerarios, solo que al sacar un reporte de semanas cotizadas me di cuenta de que me descontaron a mi 26 semanas ¿es correcto esto? leí en la pagina del imss que esta ayuda no descontaba semanas

    me comentan……
    saludos

  11. Hola buenas tardes mi esposo falleció el 10 de abril del 2018 y fui a tramitar los gastos funerarios pero la chica que estaba ahí no me quiso aceptar la factura de la funeraria que ahora ya la dan por medio del SAT me dijo que esa no era válida y el de la funeraria me dió la descripción de lo que me gasté y doloe dijeron que no tenía caso tramitar eso porque me era el mismo dinero de las semanas cotizadas y lo único que iba a pasar que no me dieran pensión ya tengo la pensión todavía puedo tramitar los gastos funerarios o ya no muchas gracias por su atención.

    • Aun puede tramitarla. La mal informaron en la fune.

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      El tema de esta semana es:
      JUBILACIONES Y PENSIONES previstas en el artículo DECIMO TRANSITORIO

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