Estimado lector:
Comparto con usted el texto íntegro de la Ley del Seguro Social 1943, incluyendo las las reformas de 1973 y 1994; fue abrogada en 1995.
El 1 de julio de 1997 entró en vigor la nueva Ley del Seguro Social, la que reformó profundamente el sistema de pensiones; puede consultarla ingresando aquí.
El nuevo sistema de pensiones, opciones y requisitos, puede ser consultado también aquí.
Por último, en la siguiente liga encontrará una relación actualizada de todos los artículos publicados por Mi Retiro y Pensión; puede compartir este archivo con sus compañeros Agentes Promotores:
0 MRP Artículos y ligas – 2014
Si después de leer el artículo requiere contactarnos para dudas e inquietudes adicionales, encontrará más detalles en la siguiente liga:
https://miretiroypension.com/2012/10/para-atender-mejor-sus-consultas/
Es importante que antes de contactarnos lea también nuestro Aviso de Confidencialidad ubicado en la siguiente liga:
https://miretiroypension.com/2014/10/aviso-de-confidencialidad/
Buena tarde, mi registro ante el imss es del Año 1996, tengo alta en la afore «garante» desde el 01 de julio de 1997. Que ley me corresponde?
Hola Gera… te corresponde el régimen de pensión vigente al momento de hacer tu primera aportación al IMSS; todo indica Ley 1973 pero sugiero, por tranquilidad, validarlo…
Para asesoría escribe a mi consultorio virtual ubicado en [email protected].
buenas tardes, donde puedo checar en que ley me encuentro mi registro ante el imss fue el 01 de marzo 1997.
gracias
Ya atendida.
Para asesoria favor escribir a [email protected].
Hola; buena noche. Abusando de su gentileza me gustaría que me indicara si alcanzo el 100% de pensión con 1160 semanas cotizadas y 66 años de edad. Gracias
No, no alcanza dicho porcentaje; para una estimacion de pension escriba a [email protected].
Si me jubilo con mas de 2,000 semanas cotizadas, aumenta la pensión?
Evidentemente que sí; a mayor numero de semanas cotizadas, mayor pension
Hola buen dia, en que articulo de la ley del 73, puedo checar con que porcentaje me podria jubilar, de acuerdo a mis semanas cotizadas?, saludos cordiales.
167 y subsecuentes
soy pensionado desde el 2014, pero se me presenta la oportunidad para seguir trabajando y seguir cotizando. NO ME AFECTA PARA MI PENSION ACTUAL ?
Tengo entendido que no puedo trabajar con ninguno de los patrones con los que trabaje anteriormente y por los cuales me pensione. Gracias
Si es pension de cesantía o vejez, no le afecta en nada
Mi Retiro y Pensión le comenta que a partir de este año, nuestros servicios crecen para ofrecerle a usted una atención más integral en materia de pensiones IMSS e ISSSTE, contable y fiscal, y en materia jurídica; aplica cargo por consulta; de así requerirlo favor dirigir su su solicitud a [email protected], describiendo amplia y detalladamente su caso; será un gusto atenderle.
Que tenga un excelente año 2016.
Si trabajo por mi cuenta y acabo de pensionarme no me afecta
En nada
leer: https://miretiroypension.com/2016/04/milenio-reporte-especial-en-materia-de-pensiones-lo-mejor-nunca-estara-por-venir/
Tengo 1350 semanas cotizadas y tengo 46 años tengo q esperarme a los 60 para la jubilacion
es correcto; para asesoría a detalle escriba a [email protected].
Me acabo de pensionar por la modalidad 40 obio sigo trabajando no tengo patron ,me afecta en mi pension,que me la vayan asuspender
En teoría no…
leer: https://miretiroypension.com/2016/04/milenio-reporte-especial-en-materia-de-pensiones-lo-mejor-nunca-estara-por-venir/
buenos dias quisiera saber si me puedo pensionar estoy en la ley 1973, no estoy activo y tengo 60 años, tengo 960 semanas cotizadas.
que tengo que hacer.
gracias.
Puede pensionase solo si se encuentra dentro del periodo de conservacion de derechos; leer lo siguiente
leer
entonces tengo que reingresar al imss y cotizar 52 semanas mas? muchas gracias por su informacion
Mmmm necesito la pregunta y mis repuestas anteriores
Segun lo que lei hoy son buenas noticias, no lo entendi tan bien pero no habra modificacion en cuanto a los que quieran pagar por su cuenta
en mod, 40 y pensionarse pagando el tope de 25 salarios minimos.
Estoy equivocado? Sr Lic. Gutierrez, esto merece un articulo/comentario de su parte. Gtacias.
Por el momento todo tranquilo
Buena tarde, con 2,132 semanas cotizadas con que porcentaje sale la pension al 100%, 90% o 95%?
Depende de muchos factores más; necesito analizar datos y documentos adicionales, para poder dar una orientación correcta; puede escribir a [email protected].
Primeramente para felicitarlo por esta gran labor de apoyo para los trabajadores. Soy jubilado tengo 57 años tengo cotizando un año con la modalidad 40 del IMSS. Mi pregunta me conviene seguí cotizando hasta los 60 años ya que la SCJN quiere recortar las pensiones a 10 salarios mínimo como tope soy de la ley del 73. Saludos .
Mande de nuevo la preguntua y especifique de donde es jubilado…
Buenas tardes ,me gustaria saber con cuantas semanas cotizadas minimas se puede pensionar, soy de la ley del 73 del imss y llevo casi 4 años cotizando con la modalidad 40 del imss.
500, y estar vigente en derechos o dentro del periodo de conservación de derechos; para asesoría complementaria necesito datos adicinales; puede dirigirse a [email protected].
Pudieran ayudarme a calcular el monto que me tocaría de pensión si la pido en agosto 2016? en esa fecha cumplo 63 años, Tengo 1600 semanas cotizadas, estoy en la modalidad 40 desde hace 4 años con el sueldo máximo, la ayuda asistencial sería por mis padres,
Agradezco su atencíon y apoyo
Cuando inicie el trámite de pensión y ya exceda la edad en 6 meses un día, ¿el IMSS me considerara la edad al siguiente año para incrementarla un 5% ? Ejem: 64 años cumplidos con 6 meses un día, para el porcentaje correspondiente de pensión ¿ se considerarían los 65 años?
Gracias por su atención.
Es correcto, pero sugiero dejar pasar por lo menos 7 a 15 días
cotice 512 semanas bajo el régimen de 1973 pague 1240 pesos mensuales los dos últimos años
hoy recibi mi documento de cuanto cobraría al mes el cual es de $ 8300.00 mensuales lo cual me parece injusto , pero me argumentan que hay una clausula numero 167 modificada en años recientes en donde se establece una tabla en la que se multiplica el salario promedio anual por 13% el resultado es anual y lo multiplican por 11% el resultado es anual lo dividen entre 12 y es la percepción mensual mi duda es la clausula 167
Para una valoracion de la correcta determinacion de su pension puede escribir a [email protected] pues se requieren datos adicionales
buenas tardes estoy dentro de la ley 1973 y tengo el doble de semanas cotizadas de las que necesito (1030) eso hace que aumente mi pension?
Es correcto aunque aun son pocas para una pension mas digna
ok gracias
Buenas tardes lic. Actualmente estoy dado de alta en la empresa de un amigo, en enero de 2017 termino el año que pide el imss para recuperar mis derechos,ya que deje de trabajar muchos años,actualmente tengo 64 años. Estoy con la ley del 73
Quisiera saber que sigue después para obtener una pension digna.
Saludos
Disfrutar de la vida
Sin embargo hay cuidados que debe de tener
Puede escribir a [email protected] necesito mas detalles
Hola Buenas noches me registre la primera vez ante el IMSS el 12 de marzo de 1967 tengo mas de 500 cotizaciones, hace muchos años que ya no estoy registrado en el IMSS, tengo derecho a recibir alguna pension en base a la ley del IMSS de 1973 actualmente tengo 67 años
En espera de sus comentarios
Gracias
Federico Lopez
Para desear a usted y los suyos un muy feliz año nuevo, salud, bienestar, bienaventuranza, trabajo y prosperidad.
Puede tener el derecho a una pensión siempre que se corrobore el reconocimiento del IMSS de las semanas cotizadas y recupere el derecho a las semanas ya cotizadas; le sugiero leer el siguiente artículos.
leer
Para contactarnos directamente puede escribir a [email protected].
Tengo 62 años y estoy en proceso de pensionarme, pero estoy estira y afloja con el IMSS respecto a los afores. Son necesarios para mi pensión? Estoy dado de alta desde 1974. Agradeceré me pueda responder
PARA PODERSE PENSIONAR TIENE QUE TENER UNA CUENTA INDIVIDUAL EN UNA AFORE
tengo 52 años y estoy pensionado por una enfermedad general, ignoro cual es la ley en la que me encuadro para este efecto, cotizo desde el 81, si me pudiera comentar cual es la ley y los artículos que detyerminan mi situación, de antemano muchas gracias por su atención.
Ley 1973 para invalidez definitiva; para asesoría puede escribir a [email protected]
empece a trabajar en el 1987 pero nose em que ley estoy si en la vieja o al nueva estoy confundida pero sigo trabajando en que me afecta
Si cotiza al IMSS está en la vieja Ley… siga acumulando semanas eso le ayudara mucho en su pension
[…] del uno de julio de 1997, al pensionarse, él debe de hacerlo por los beneficios previstos en la Ley del Seguro Social 1973 (ya derogada), por virtud de lo previsto en los artículos Transitorios TERCERO, CUARTO, QUINTO Y […]
Buenas tardes estoy dado de alta en el imss de noviembre de 1990 y cause baja en febrero de 1991, cotize 14 años al issste cuentas individuales y tres años al imss del 2009 al 2011 y desde agosto de 2017 a la fecha cotizo al imss, mi duda es puedo pensionarme por la ley del de 1973.
Puede pero sin acumular lo de Issste; sin embargo sugiero asesoría a detalle.
Para mayores datos necesitamos información adicional; para consulta a detalle puedes contactarnos a [email protected], necesitamos datos adicionales.
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Tema: ¿Qué es el remanente de operación?
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Fecha: Sábado 7 de julio, de 9:00 tiempo de la CDMX
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Expone: JG Melchor, Editor de Mi Retiro y Pensión
Nota: Prepare tus preguntas únicamente sobre el tema a tratar; les daremos daremos respuestas.
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